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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 178

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.332072 en la forma reglamentaria, por MAYORÍA y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2007 TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento regula el proceso de Participación, Discusión, Fiscalización y Formalización de Acuerdos del Presupuesto Participativo 2007 el mismo que es promovido en forma Concertada por la Municipalidad Distrital de La Victoria y el Consejo de Coordinación Local, con el propósito de optimizar adecuadamente el uso de los recursos y medios que permitan concretar progresivamente los objetivos del Plan de Desarrollo Distrital Concertado La Victoria al 2010, fortaleciendo el proceso de Concertación Distrital. Artículo 2º.- El Presupuesto Participativo tiene como ámbito operativo el distrito de La Victoria, conformado por 43 zonas vecinales a mérito de lo dispuesto por la 2UGHQDQ]D1ž0'/9PRGL¿FDGRSRUOD2UGHQDQ]DNº 078-06-MDLV y Decreto Nº 051-06-MDLV. Artículo 3º.- El presente Reglamento está basado en el siguiente Marco legal: - Constitución Política del Perú.- Ley Nº 27783, Ley de Bases de la descentralización. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. - D.S. Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2007, R.D. Nº 011-2006- EF/76.01. - Ordenanza Nº 016-04-MDLV, Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales.  2UGHQDQ]D 1ž 0'/9 0RGL¿FDFLyQ GH ORV Arts. 1º y 2º de la Ordenanza Nº 016-04-MDLV, Elección de Juntas Vecinales en 43 zonas. - Decreto Nº 051-06-MDLV, aprueba la Jurisdicción de las 43 zonas. - Resolución Nº 98-025-ALC-MDLV, aprueba el Consejo de Coordinación Local de La Victoria. TÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN CAPÍTULO I DE LAS INSTANCIAS PARTICIPATIVAS Artículo 4º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital de La Victoria, es el órgano encargado de promover la difusión, sensibilización y participación ciudadana en los procesos participativos, teniendo como función principal la de coordinar, concertar las acciones y formalización de acuerdos del Presupuesto Participativo 2007. El Consejo de Coordinación Local para los Ejercicios Fiscales ha sido establecido por Resolución Nº 958-05-ALC-MDLV. Artículo 5º.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2007, está conformado por miembros elegidos entre los representantes de la sociedad civil inscritos para participar en el proceso del Presupuesto Participativo, esta compuesto por 4 miembros elegidos en el Primer Taller de Trabajo. El Comité de Vigilancia y Control tendrá una vigencia de 2 años cuya función es de vigilar el cumplimiento de las distintas etapas del proceso según los principios que regulan el presupuesto participativo, informando trimestralmente sobre los resultados de la vigilancia al Consejo de Coordinación Local Distrital. Artículo 6º.- El Equipo Técnico, está integrado por el Gerente de Asesoría Jurídica, Gerente de Rentas, Gerente de Comercialización, Gerente de Bienestar Social, Gerente de Seguridad Ciudadana, Gerente de Servicios Municipales, Gerente de Desarrollo Urbano, preside el Gerente de 3ODQL¿FDFLyQ\3UHVXSXHVWRGHOD0XQLFLSDOLGDG'LVWULWDOGHLa Victoria. El Equipo Técnico tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos, consolidación de resultados y la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas resultantes del Presupuesto Participativo 2007, sin derecho a voto. CAPÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE CARÁCTER MUNICIPAL Artículo 7º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital es la instancia que coordina y promueve el Proceso del Presupuesto Participativo 2007, garantizando la participación ciudadana y el cumplimiento de los compromisos asumidos. Artículo 8º.- El Concejo Distrital, es la instancia máxima de Aprobación del Proceso del Presupuesto Participativo 2007, siendo el Alcalde quien dispone la SXEOLFDFLyQGHORVDFXHUGRV¿QDOHVDVtFRPRODUHPLVLyQa la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas de los acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo 2007. TÍTULO III DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 9º.- Las fases del proceso del Presupuesto Participativo considerando el carácter Distrital, son las siguientes: a) Primera Fase: Preparaciónb) ConvocatoriaF  ,GHQWL¿FDFLyQGHDJHQWHVSDUWLFLSDQWHVd) Capacitación de agentes participantese) Talleres de trabajof) Formalización de acuerdosg) Evaluación técnicah) Rendición de cuentas Los contenidos de cada fase se encuentran en el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2007, que forma parte de la Ordenanza que aprueba el proceso. CAPÍTULO I DE LA PREPARACIÓN, CONVOCATORIA, IDENTIFICACIÓN REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES Y CAPACITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES Artículo 10º.- La Fase de Preparación, en esta fase la municipalidad en coordinación con su equipo técnico y Consejo de Coordinación Local, se encargan con la debida oportunidad y anticipación del desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización sobre la importancia de la participación ciudadana, del marco normativo, entre otras que consideren pertinentes. La participación de las autoridades elegidas es fundamental SDUDXQH¿FLHQWHGHVDUUROORGHOSURFHVR El desarrollo de esta fase, está a cargo del Equipo Técnico y el Consejo de Coordinación Local Distrital, quienes están encargados del desarrollo de las actividades descritas en el artículo precedente, seleccionando para ello la información necesaria para su distribución a los agentes participantes. Cuyo detalle es el siguiente: a)Plan de Desarrollo Distrital Concertado La V ictoria al 2010, b) Plan de Desarrollo Institucional, c) Detalle de las acciones traducidas en actividades o proyectos, priorizados en el proceso participativo del año anterior,