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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 176

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.332070 fecha 3 de febrero del 2006, emitidas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelven aprobar la Habilitación Urbana Nueva del Programa Residencial Los Girasoles de Chuquitanta, para Uso de Vivienda Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 30,000.00 m² de conformidad con el Plano signado Nº 070-2005-DPHU-DDU-MDSMP, ubicado en el Ex Fundo Chuquitanta distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al señor ISAMU AMAYA SAITO y su cónyuge DORA MATSUBARA MATSUMOTO; y a la Municipalidad Distrital GH6DQ0DUWtQGH3RUUHVSDUDVXFRQRFLPLHQWR\¿QHV Artículo 3.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución DO6(53$5/,0$DOD2¿FLQD5HJLVWUDOGH/LPD\DODDivisión Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo 8UEDQRGHHVWD&RUSRUDFLyQSDUDVXFRQRFLPLHQWR\¿QHVpertinentes. Artículo 4.- PUBLICAR, la presente Resolución en el 'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRDFDUJRGHODLQWHUHVDGDGHQWURGHORVGtDVVLJXLHQWHVGHODIHFKDGHQRWL¿FDFLyQGHODmisma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. ROSA CÁCERES VALENCIA Subgerente (e)Subgerencia de Planeamiento y HabilitacionesUrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 3724-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan vigencia de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias a que se refieren las Ordenanzas Nºs. 120 y 123-MDA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 043 Ate, 31 de octubre de 2006 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 120-MDA, que establece el %HQH¿FLRGH5HJXODUL]DFLyQGH'HXGDV7ULEXWDULDV\1R Tributarias, el Informe Nº 286-GR/MDA de la Gerencia de Rentas, el Proveído Nº 3541-06-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 2794-06-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 120-MDA de fecha GHMXOLRGH\SXEOLFDGDHQHO'LDULR2¿FLDOEl Peruano el 28 de julio de 2006, se estableció el %HQH¿FLRGH5HJXODUL]DFLyQGH'HXGDV7ULEXWDULDV\No Tributarias, respecto a las deudas contraídas con la Municipalidad Distrital de Ate por concepto de Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento; así como por Multas Administrativas. Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Quinta Disposición Complementaria faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias así como prorrogue por medio de Decreto de Alcaldía, la vigencia GHOEHQH¿FLRRWRUJDGR Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 120-MDA, prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 115-MDA, teniendo en consideración la Segunda Disposición Complementaria de esta última, que faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias así como prorrogue por medio de Decreto de Alcaldía, la vigencia del beneficio otorgado. Que, mediante Ordenanza Nº 123-MDA de fecha 28 de DJRVWRGH\SXEOLFDGDHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRHOGHVHWLHPEUHGHVHSURUURJyORVEHQH¿FLRVestablecidos en la Ordenanza Nº 120-MDA hasta el 15 de setiembre de 2006. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 036-06-MDA, de fecha 29 de setiembre de 2006 y publicada en el Diario 2¿FLDO(O3HUXDQRHOGHRFWXEUHGHVHSURUURJyORVEHQH¿FLRVHVWDEOHFLGRVHQOD2UGHQDQ]D1ž0'$hasta el 31 de octubre de 2006. Que, es necesario continuar otorgando facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias pendientes de pago, respecto al Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento; así como por Multas Administrativas, cuyas deudas se hayan generado hasta el 31 de diciembre del año 2005. Que, resulta pertinente ampliar los plazos de vencimiento de la Ordenanza Nº 120-MDA, en vista de la situación socioeconómica por la que atraviesan las personas naturales y jurídicas, sujetos pasivos de los tributos que administra la Municipalidad Distrital de Ate, siendo necesario se expida la presente norma. Que, mediante Informe Nº 2794-06-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 120-MDA. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 120-MDA, ampliada por la Ordenanza Nº 123-MDA, y los Decretos de Alcaldía Nº 032 y Nº 036-06-MDA, hasta el 15 de noviembre de 2006, respecto a los %HQH¿FLRVGH5HJXODUL]DFLyQGH'HXGDV7ULEXWDULDV\1RTributarias establecidos en la referida norma. Artículo 2º.- 35(&,6$5 TXH ORV EHQH¿FLRV establecidos en la Ordenanza Nº 115-MDA, respecto a la obligatoriedad de presentación de Declaración Jurada de Actualización de Datos, quedan prorrogados hasta el 15 de noviembre de 2006. Artículo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Agencias Municipales de Salamanca, Huaycán y Santa Clara y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FREDY NAVARRO LEYVA Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 3792-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Amplían plazos para el pago de cuotas vencidas de los arbitrios municipales establecidos en las Ordenanzas Nºs. 115 y 116-MDCH DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-06-MDCH Chaclacayo, 18 de octubre de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO