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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (06/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 6 de octubre de 2006 329759REPUBLICADELPERU Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera “B” mediante Informe Nº 230-2006-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el procedimiento Nº 13 del TUPA aprobado con la Resolución SBS Nº 13-2002-, laCircular Nº CM-0334-2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 de fecha 25 de julio de 2005 RESUELVE: Articulo Único.- Autorizar a la Caja Municipal Tacna la conversión Agencia de la Oficina Especial ubicada en la Calle Moquegua Nº 630, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, la cualcontinuará operando en la citada dirección. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Bancay Microfinanzas 02751-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G45/G6C/G20/G50/G61/G63/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G64/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61 /G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G52/G65/G61/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6C /G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G70/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G49/G73/G69/G64/G72/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 1269-2006 Lima, 29 de setiembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice el traslado de su oficina principal ubicada en la avenida Arequipa Nº 660, piso 7, distrito deCercado de Lima, ciudad y departamento de Lima; a un nuevo local ubicado en la avenida Juan de Arona Nº 830, piso 5, distrito de San Isidro, ciudad y departamento deLima; CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.1.1 de la Circular Nº S-612-2005 la empresa solicitante ha cumplido concomunicar previamente a esta Superintendencia el traslado de su oficina principal; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", mediante Informe Nº 063-2006-ASSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y susmodificatorias, la Circular Nº S-612-2005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096- 2005 del 25 de julio de 2005; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. eltraslado de su oficina principal ubicada en la avenida Arequipa Nº 660, piso 7, distrito de Cercado de Lima, ciudad y departamento de Lima; a su nuevo local ubicadoen la avenida Juan de Arona Nº 830, piso 5, distrito de San Isidro, ciudad y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 02777-1 UNIVERSIDADES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G79/G20/G74/G61/G73/G61/G73/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G63/G75/G6C/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA RESOLUCIÓN Nº 001-2006-UNIA-CO Yarinacocha, 4 de enero del 2006 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA VISTO: El Informe Nº 002-2005-UNIA-P-OPP de fecha 3 de enero del 2006 presentado por la Oficina de Planificación y Presupuesto, adjuntando el Texto Único de Procedimientos Administrativos "TUPA 2006" para surefrenamiento mediante Acto Resolutivo y su correspondiente publicación en el Diario Oficial El Peruano; CONSIDERANDO: Que, la evolución de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía genera nuevos Servicios Administrativos y Académicos los cuales es necesario formalizarlos en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos "TUPA"; Que, el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú establece que cada Universidad es autónoma ensu régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, concordante con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria; Que, la Comisión Organizadora en Sesión extraordinaria de fecha 29 de diciembre del 2005, acordó aprobar las tasas de servicios que presta la UNIA, costosincluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2006; Que, de conformidad con lo previsto en el inciso 38.1 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 se establece que: El Texto Único de Procedimientos Administrativos "TUPA", es aprobado por Decreto Supremo del sector, por normade máximo nivel de las autoridades regionales por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismos constitucionalmente autónomo, según el niveldel gobierno respectivo; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 38.3, del acotado cuerpo normativo se dispone que "ELTUPA" es publicado en el Diario Oficial El Peruano cuando se trata de entidades con alcance nacional, o en el diario encargado de los avisos judiciales en lacapital de la región o provincia, tratándose de entidades de alcance menor, por lo que para el caso concreto de la UNIA, el primer TUPA de nuestra CasaSuperior debe ser publicado en el diario de la provincia de Coronel Portillo, que se encargue de los avisos judiciales; En uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nºs. 228 y 229-2003-CONAFU de fecha 15 de diciembre del 2003, y Resolución Nº 183-2004-