TEXTO PAGINA: 58
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329772El Peruano viernes 6 de octubre de 2006 a) Emitir opinión con carácter ilustrativo, en los asuntos que le sean solicitados por el Superintendente Nacional,el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Presidente del Tribunal Registral, como organismo técnico consultor de apoyoal mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la función registral. c) Proyectar y/o emitir opinión cuando así se solicite, sobre la normativa que debe dictar la SUNARP, a fin de hacer más eficiente la función registral. d) Canalizar las iniciativas de los usuarios con miras a optimizar el funcionamiento del servicio registral con el fin de que la SUNARP adopte las normativas o directivas que sean necesarias. Quedan exceptuados los títulosen calificación, que no pueden ser objeto de consulta. e) Regir sus actos conforme a la presente norma legal y las que se aprueben para su mejor funcionamiento. f) Otras que le asigne el Superintendente Nacional." Artículo Segundo.- El Presidente del Consejo Consultivo, antes de terminar su período de gestión presentará, en ceremonia pública, un Informe Anual conteniendo las actividades realizadas por dicho órgano. Artículo Tercero.- Agradecer a los señores integrantes del Segundo Consejo Consultivo del Área de Minería de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, por lavaliosa gestión realizada en beneficio de la Institución, durante el período 2003-2004. Artículo Cuarto.- Aprobar la designación de los integrantes del Tercer Consejo Consultivo del Área de Minería de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, para el período 2006-2007, el mismo que quedará conformadode la siguiente manera: REPRESENTANTE ENTIDAD Dra. Liliana Patricia Pautrat Medina Colegio de Abogados de Lima Dr. Juan Carlos Sotomayor Vitella (T) Dra. Ana María Alzamora Torres (S) Colegio de Notarios de Lima Dr. Angel Chávez Mendoza Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero Dr. Humberto Martínez Aponte Instituto Nacional de Derecho de Minería, Energía y Petróleo Dr. Luis Rodríguez Mariátegui Canny Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacionalde los Registros Públicos 02787-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G49/G6E/G66/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2006-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, es finalidad de los Gobiernos Regionales según su Ley Orgánica Nº 27867 y su modificatoria la Ley Nº 27902, el desarrollo integral de la Región,comprendiendo éste la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo social ypoblacional entre otros; Que, es competencia regional el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar políticasde salud; siendo una de éstas el conformar la Red Regional de Primera Infancia que permitirá atender de manera integral a los niños de 0 a 3 años de la RegiónArequipa; Estando el Dictamen Nº 002-2006-CDS/CRACRA de la Comisión de Desarrollo Social y a lo acordado por elConsejo Regional en Sesión Ordinaria llevada a cabo el veintisiete de septiembre del año dos mil seis; HA APROBADO: Artículo Primero.- APRUÉBESE la conformación de la Red Regional de la Primera Infancia de Arequipa, la misma que quedará integrada de la siguiente manera: - Un representante del Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Gerencia de Desarrollo Social, quien la presidirá. - Un representante de la Dirección Regional de Salud. - Un representante de la Dirección Regional de Educación. - Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a través del Programa Nacional Wawawasi. - Un representante de la Mesa de Concertación de Lucha contra la pobreza. - Un representante de las Universidades de la Región.- Un representante de las ONGs que estén estrechamente vinculadas con el fin de crear la Red Regional de la Primera Infancia. - Un representante de cada Municipio Provincial. - Un representante de Organizaciones Sociales. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Arequipa, las acciones necesarias para la ejecución dela conformación de la Red Regional por la Primera Infancia. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa a los veintisiete días del mes de septiembre del dos mil seis. GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintisiete días del mes de septiembre del dos mil seis. GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Gobierno RegionalArequipa 02756-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61 /G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G79/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2006-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa;