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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (07/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 7 de octubre de 2006 329865REPUBLICADELPERU a).- Recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos y de mercados. b).- Barrido de calles, jirones, avenidas, parques, plazas y mercados. c).- Recolección, transporte y disposición final de maleza y poda residencial. d).- Recolección, transporte y disposición final de desmonte. Artículo 6º.- La Difusión del Programa de Residuos Sólidos encargado a la Gerencia deServicios a la Ciudad según el Art. 5º, se inicien al día siguiente de haber sido publicado la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y por unperíodo de 15 días al término del cual se aplicará las sanciones administrativas. Artículo 7º.- Los vecinos que detecten el incumplimiento de esta Ordenanza, están en la obligación moral de denunciar el hecho ante la Municipalidad Distrital de Lince, (Jefatura de la Policía Municipal). Artículo 8º.- Para la aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Lince, es en mérito de la Ordenanza Nº 075-MDL, publicado en elDiario Oficial El Peruano el 6 de setiembre del 2003, asignado con el Código General de Limpieza Pública Nº13000, sanción en % de la UIT, vigente en la fechaque se detecte la infracción, que se encuentre distribuido en el siguiente Orden: 13001 - 13002 - 13003 - 13004 - 13005 - 13006 - 13007 - 13008 - 13009 - 13010 - 13011- 13012 - 13013. Artículo 9º.- La emisión de la presente Ordenanza no modificará el cuadro de infracciones administrativasArt. 8º. Artículo 10º.- Los vecinos y/o las personas, y recicladores que infringen lo dispuesto en la presenteOrdenanza, serán sancionados con lo dispuesto en el Art. 8º. Artículo 11º.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de su Jefatura de Limpieza Pública, así como a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, que a través de la Jefatura de Policía Municipal, se dé fielcumplimiento de esta Ordenanza, y si fuese necesario solicitar el apoyo de la fuerza pública, Policía Nacional del Perú. Artículo 12º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, y según Art. 6º. Artículo 13º.- Deróguese todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 02786-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G72/G69/G66/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6E/G63/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G61/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G6F/G6D/G69/G63/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G73/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 167-MDL Lince, 25 de setiembre del 2006 VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 024-2006-MDL-CAL- CEA de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economía y Administración; sobre modificación al Cuadro de Tarifas de la Municipalidad Distrital de Lince; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 152-MDL de fecha 9 de febrero del 2006 se aprobó el nuevo Cuadro de Tarifas de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, mediante la Ley Nº 28862 publicada en el Diario Oficial el 05.08.06 se eliminó la atribución de la Policía Nacional de expedir Certificados Domiciliarios delegando dichas atribuciones en los GobiernosLocales, Notarías y Jueces de Paz, asimismo mediante Ley de Simplificación de la CertificaciónDomiciliaria Nº 28882 publicada el 16.09.06 establece la "Declaración Jurada Simple y Escrita" en lugar de la certificación domiciliaria, a excepción de los casoselectorales y judiciales en las que se recurrirá a la certificación otorgada por los Notarías, Juzgados de Paz y Municipalidades y cuando el interesado lo estimenecesario, siendo oportuno incorporar el otorgamiento del certificado domiciliario a cargo de la Jefatura de Policía Municipal; Que, la Jefatura de Registros Civiles mediante Informe Nº 065-2006-REC/MDL señala que es necesario modificar no sólo el servicio de matrimonio civil, sino lastarifas de otros servicios vinculados a la ceremonia matrimonial con la finalidad de dar facilidades a los vecinos en su deseo de formalizar las uniones de hechoy dotar de mayores servicios y atractivos al ceremonial en el Parque Mariscal Castilla, siendo necesario su inclusión en el Cuadro de Tarifas a cargo de la Jefaturade Registros Civiles; Que, según lo establecido en los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral" es necesario la aprobación de aquellos servicios no prestados en exclusividad, estableciéndose los requisitos y costos correspondientes, debiendo serdifundidos para que sean de público conocimiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General y con dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, se aprobó por Unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el Cuadro de Tarifas de la Municipalidad de Lince aprobado según Ordenanza Nº 152-MDL de fecha 9 de febrero del2006, incorporando la expedición de Certificados Domiciliarios a cargo de la Jefatura de la Policía Municipal, así como servicios vinculados a laceremonia de Celebración de Matrimonios Civiles a cargo de la Jefatura de Registros Civiles, conforme se detalla en el Anexo adjunto, el mismo que formaparte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Seguridad Ciudadana,Jefatura de Policía Municipal y Jefatura de Registros Civiles el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 02785-3 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G43/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G69/G73/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 278-MDMM Magdalena del Mar, 28 de setiembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 20 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de