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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (07/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 7 de octubre de 2006 329863REPUBLICADELPERU Monte San Bartolomé, Asoc. Viv. Huascarán, A.H. Luis Felipe de las Casas, A.H. Miguel Grau, Monte SantaInés, A.H. Nueva Alianza, Org. Vecinal Santa Rosa de Lima, P.J. La Tapada, P.J. Perla del Sol, A.H. Santa Inés Bajo, A.H. Villa Huascata, Villa Martita La FlorestaAlta, A.H. Villa Mercedes, Asoc. Villa Rica, Asoc. Villa Rosario, A.H. Virgen de Fátima de Morón (incluye Morón Chico) y A.H. Villa María Artículo Tercero.- El beneficio consiste en: 1. Mantener los montos de las deudas existentes por arbitrios en las cuentas corrientes de los años 2002 al 2005, en los casos que como resultado de laaplicación de la Ordenanza Nº 115-MDCH, se generen incrementos. 2. Establecer para el ejercicio 2006, respecto del Arbitrio del Parques y Jardines el pago de la siguiente forma: 2.1Casco Urbano: Pago Único mensual de S/. 5.00 Nuevos Soles 2.2 Zona Periférica: Pago Único mensual S/. 2.00 Nuevos Soles Artículo Cuarto.- PLAZO PARA ACOGERSE EN EL BENEFICIO Los contribuyentes se podrán acoger al presente Beneficio desde la fecha de entrada en vigencia de lapresente Ordenanza hasta el 31 de octubre del año en curso. Artículo Quinto.- PAGO EFECTUADO . Los pagos realizados al contado o en forma fraccionada por los contribuyentes por obligacionestributarias con intereses, moras o sanciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza; no podrán ser por ningún motivomateria de devolución ni compensación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como tambiénpara establecer la prórroga del presente Beneficio. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 02795-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G35/G30/G20/G79/G20/G31/G35/G37/G2D /G4D/G44/G4C/G20 /G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20 /G61/G20 /G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20 /G79/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G73/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 164-MDL Lince, 25 de setiembre del 2006 VISTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 021-2006-MDL-CAL-CEA, de lasComisiones de Asuntos Legales y de Economía y Administración, sobre modificación de las Ordenanzas Nº 150 y Nº 157 que aprobó los derechos yprocedimientos por Servicios Exclusivos en la Municipalidad de Lince; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, lasMunicipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, estandofacultadas para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante Ordenanza Nº 150-MDL de fecha 16 de diciembre del 2005, modificada por Ordenanza Nº 157-MDL, de fecha 6 de junio del 2006 se aprobaron los derechos y procedimientos administra-tivos del Texto Único de Procedimientos Administra- tivos -TUPA- 2005, y los derechos y procedimientos por los Servicios Exclusivos de la MunicipalidadDistrital de Lince; Que, la Jefatura de Registros Civiles mediante Informe Nº 065-2006-REC/MDL señala que esnecesario modificar los derechos y procedimientos del Servicio de Celebración de Matrimonios Civiles, con la finalidad de dar facilidades a los vecinos en sudeseo de formalizar las uniones de hecho y dotarle de mayores servicios y atractivos, asimismo mediante Informe Nº 576-2006-MDL-GAJ la Gerencia deAsesoría Jurídica y la Gerencia de Presupuesto y Planificación con Informe Nº 063-2006-MDL-GPP han evaluado los nuevos costos sugeridos para lasdiversas modalidades de celebración de matrimonios civiles los que redundan en beneficio de la comunidad, siendo necesario su inclusión dentro de lasOrdenanzas Nº 150-MDL y Nº 157-MDL; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º inciso 8, y 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICAN LAS ORDENANZAS Nº 150-MDL y Nº 157-MDL Artículo Único.- Modificar las Ordenanzas Nº 150- MDL y Nº 157-MDL mediante las cuales se aprobaron los derechos y procedimientos por Servicios Exclusivosde la Municipalidad Distrital de Lince, respecto al ITEM 15 sobre Celebración de Matrimonios Civiles, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de lapresente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 02785-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61 /G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G46._/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA Nº 165-MDL Lince, 25 de setiembre de 2006 VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 022-2006-Cal-CEA-MDL de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economía y Administración sobre aprobación de Marco normativoque Regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación del Presupuesto Participativo del distrito de Lince del año 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 27680, que aprueba Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo V, sobre Descentralización,establecen que las Municipalidades promueven, apoyan,