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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 7 de octubre de 2006 329867REPUBLICADELPERU sin Licencia y Licencia de Obra Menor se presentarán conforme a los requisitos establecidos en el Texto Únicode Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado por la Ordenanza Nº 134-MDMM y modificatorias, y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 195-MDMM en lo que se refiere a la ejecución de obras menores. Artículo Tercero.- VIGENCIA Los interesados podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza hasta el día 27 de octubre de 2006. Artículo Cuarto.- DESISTIMIENTO En caso de encontrarse pendiente algún reclamo o impugnación por multa impuesta por infracciones relacionadas a la ejecución de obras sin licencia, el administrado deberá desistirse de la misma medianteescrito. Artículo Quinto.- PAGO EFECTUADO Los administrados que hayan realizado el pago al contado o en forma fraccionada de las multasadministrativas impuestas, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no podrán solicitar su devolución. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma. Segunda.- La presente Ordenanza no alcanza a las edificaciones multifamiliares, conjuntos residenciales y similares. Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, así como al Departamento de Sanciones de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, elcumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como su adecuada aplicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 02802-2 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G34/G2D /G4D/G44/G4D/G4D/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G63/G69/G76/G69/G6C /G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F ORDENANZA Nº 280-MDMM Magdalena del Mar, 28 de setiembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 20 de fecha; y, de conformidad con lodispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta, lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 274-MDMM, publicada el 13 de agosto del 2006 en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- Encárguese al Departamento de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano.Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 02802-3 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G6C/G6C/G65/G6E/G6F /G73/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 070-2006-AC-MDMM Magdalena del Mar, 28 de septiembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 20 de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 006-2006-CE-MDMM del Comité Especial designado por Resolución de Alcaldía Nº 015- 2006-A-MDMM, el Informe Nº 575-06-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el MemorándumNº 264-2006-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante los cuales se emite opinión técnico - legal sobre la necesidad dedeclarar el desabastecimiento inminente del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, Comerciales y los resultantes de las actividades delimpieza publica (barrido) y su disposición final en Relleno Sanitario; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 006-2006-CE-MDMM el Comité Especial conformado por Resolución de Alcaldía Nº 015-2006-A-MDMM informa que en el Concurso Público Nº 0001-2006-CE-MDMM"Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, Comerciales y los Resultantes de las Actividades de Limpieza Pública (Barrido) y su Disposición Final enRelleno Sanitario", convocado por dos años, el adquiriente de bases INNOVACIONES TECNOLÓ- GICAS DEL MEDIO AMBIENTE S.A., ha observadolas Bases Administrativas por lo que los actuados se han elevado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para que emita elpronunciamiento respectivo; Que, el Comité Especial, teniendo en cuenta que el período de desabastecimiento inminente otorgadomediante Acuerdo de Concejo Nº 048-2006-AC-MDMM de fecha 26 de junio de 2006 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 29 de junio del 2006 por losmeses de julio, agosto y septiembre del 2006 está próximo a vencer, sugiere que se coordine con las instancias pertinentes a fin que el Concejo Municipaldeclare el desabastecimiento inminente por el lapso de tres meses, en vista de que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado no haemitido pronunciamiento sobre la citada observación y que el plazo del Contrato con la empresa Industrias Argüelles y Servicios Generales EIRL vence el 30 deseptiembre de 2006; indicando además, que el valor referencial por el período propuesto asciende a un monto de S/. 287,500.00 nuevos soles distribuidos dela siguiente manera: - Mes de octubre x 31 días = S/. 96,875.00 nuevos soles - Mes de noviembre x 30 días = S/. 93, 750.00 nuevos soles