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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329856El Peruano sábado 7 de octubre de 2006C) Reconocimiento de Pensión de Solicitud según formato/s autorizado/s adjuntando: Negativo Mesa de partes de la Je fe Of. Administrat Reconsideración: Jefe Of. Sobrevivientes por Orfandad - Copia simple del documento de identidad del solicitante UNALM de Per sonal Adm. de Personal o representante legal. Apelación: Rectorado D.Ley Nº 20530, Arts.25º, 34º y 35º - Para el caso que el solicitante sea tutor, documento quesustituidos por Ley N º 28449 lo acredite como tal. - Acta de Defunción del causante original; máximo tres meses de antigüedad.- Partida de Nacimiento de los hijos menores de edad del causante; máximo tres meses de antigüedad. Solamente tienen derecho a pensión de orfandad loshijos menores de 18 años de edad, cumplida esa edad subsiste sólo en los siguientes casos: a) Para los hijos que sigan estudios de nivel básico osuperior, hasta que cumplan los 21 años. b) Para los hijos mayores de 18 años cuando adolecen de incapacidad absoluta para el trabajo desde su minoría deedad o cuando la incapacidad que se manifieste en la mayoría de edad tenga su origen en la etapa anterior a ella. En este caso tendrán derecho además de la pensiónde orfandad al pago de una bonificación mensual igual a una remuneración mínima vital. Tratándose de hijos adoptivos el derecho se genera si laadopción ha tenido lugar antes de los 18 años y antes que el adoptante haya cumplido los 65 años de edad y siempre que el fallecimiento ocurra después de 36 mesesde producida la adopción. Este requisito no rige cuando el deceso ocurre por accidente. Se deberán presentar los siguientes documentos: En caso de ser hijo adoptivo: - Resol. que declare haberse realizado la adopción por el causante: copia exped. por el funcionario competente- Partida de nacimien. con la anotación correspondiente que haya dispuesto la adopción por el causante; máximo tres meses de antigüedad.- Partida de Defunción de la esposa del causante. En caso de ser hijo incapacitado:- Para el caso que el solicitante sea curador, documento que lo acredite como tal. - Partida de Nacimiento del hijo incapacitado; máximo tres meses de antigüedad.- Resolución emitida por una Comisión Médica del Seguro Social de Salud - ESSALUD declarando la incapacidad absoluta para el trabajo. D) Reconocimiento de Pensión de Solicitud según formato/s autorizado/s adjuntando: Negativo Mesa de partes de la Je fe Of. Administrat Reconsideración: Jefe Of. Sobrevivientes Ascendientes - Copia simple del doc. de id.vigente del solic.o rep.legal UNALM de Per sonal Adm. de Personal - Acta de Defunción del causante original, max. 3 Apelación: Rectorado D. Ley Nº 20530 Art 36º sustituido . meses de antigüedad por Ley 28449 - Partida de nacimiento del causante. - Declarac.Jurada del recurrente indicando si ha dependido económic. del causante a su fallecimiento, si carece de renta afecta, si tiene ingresos superiores al monto de la pensión; además de declarar si conoce la existencia de titulares con derecho a pensión de viudez u orfandad. 02741-1Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO DEL DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE LA (% UIT) PROCEDIMIENTO EL TRÁMITE EL TRÁMITE RECONSIDERACIÓN O APELACIÓN