Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2006 (11/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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LICA DEL P E

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330046

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 11 de octubre de 2006

citada embarcacion de las Instalaciones la Base MORDAZA de Paita; Que, la dilatacion del retiro y la permanencia de la citada embarcacion pesquera en las instalaciones de la Base MORDAZA de Paita, genera gastos innecesarios a la MORDAZA de MORDAZA del Peru en lo relacionado a su mantenimiento, seguridad y flotabilidad, los cuales se han visto incrementados durante las fuertes marejadas, debido a la variacion del clima que se viene presentando en el litoral del pais; Que, se requiere expedir el acto administrativo que deje sin efecto la donacion, debiendose expedir una Resolucion Ministerial, pues la aprobacion de la transferencia en la modalidad de donacion se aprobo por Resolucion Ministerial Nº 1467-2006-DE/MGP de fecha 22 de diciembre de 2004; Estando a lo recomendado por el Director General del Material de la MORDAZA y a opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto los alcances de la Resolucion Ministerial Nº 1467-2004-DE/MGP de fecha 22 de diciembre de 2004. Articulo 2º.- Autorizar a la MORDAZA de MORDAZA del Peru para que gestione la donacion de la embarcacion pesquera denominada "Coral VII" a otras entidades interesadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 02911-3

y equipos necesarios. Es requisito indispensable para la ejecucion de la obra, contar con el Expediente Tecnico aprobado por el nivel competente, conforme lo establece la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Decima Disposicion Final de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir el numeral 1.4 en el articulo 1º de los Lineamientos aprobados por la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01, conforme al siguiente texto: "1.4 El Titular del Pliego del Gobierno Nacional, mediante Resolucion, en caso excepcional, con la opinion favorable de la Oficina de Presupuesto del pliego y sin perjuicio de lo establecido en el numeral 1.1 del presente articulo, podra establecer, en sustitucion del convenio a que hace referencia el numeral 1.3, los recursos y la fuente de financiamiento para que el Gobierno Regional, el Gobierno Local y la empresa publica, segun sea el caso, efectuen la convocatoria al MORDAZA de seleccion para la ejecucion del respectivo proyecto de inversion, conforme a las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado." Articulo 2º.- Precisar que la administracion directa a que hace referencia los lineamientos aprobados por la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01, implica, en la fase de inversion, que el pliego ejecutor cuenta con la capacidad operativa para asegurar el cumplimiento de las metas, en terminos de personal tecnico y equipos necesarios. Es requisito indispensable para la ejecucion de la obra, contar con el Expediente Tecnico aprobado por el nivel competente, conforme lo establece la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (e) Direccion Nacional del Presupuesto Publico 02928-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Incluyen numeral 1.4 en el Art. 1º de los Lineamientos aprobados mediante R.D. Nº 049-2006-E./76.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 053-2006-EF/76.01
MORDAZA, 10 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28880 autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, disponiendo entre otros, que los creditos presupuestarios aprobados, estan sujetos a limitaciones de orden presupuestario, con el objeto de asegurar que se orienten a los proyectos de inversion fijados en los anexos cuantitativos de la citada Ley; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/ 76.01 se establecieron los Lineamientos para la Aplicacion del numeral 3.2 del articulo 3º de la Ley Nº 28880- Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, en adelante los Lineamientos; Que, el numeral 1.1 del articulo 1º de la citada Resolucion Directoral senala como requisito previo, el convenio, para efectuar las transferencias financieras a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y empresas publicas, asimismo el numeral 1.3 de dicho articulo dispone que el convenio suscrito es el documento que sustenta la disponibilidad de recursos para que las entidades efectuen el MORDAZA de seleccion para la ejecucion de los respectivos proyectos de inversion; Que, a fin de establecer un mecanismo alternativo que permita que las entidades inicien los procesos de seleccion respectivos para la ejecucion de los proyectos de inversion, en el MORDAZA de la Ley Nº 28880, sin perjuicio de suscribir el "Convenio para la Ejecucion de Proyectos de Inversion Ley Nº 28880 articulo 3º numeral 3.2", se hace necesario adicionar el numeral 1.4 del articulo 1º de los Lineamientos aprobados por Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01; Que, asimismo resulta necesario precisar que la administracion directa a que hace referencia los lineamientos aprobados por la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/ 76.01, implica, en la fase de inversion, que el pliego ejecutor cuenta con la capacidad operativa para asegurar el cumplimiento de las metas, en terminos de personal tecnico

JUSTICIA
Designan Secretario Especializado de MORDAZA Presidenciales de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 518-2006-JUS
MORDAZA, 10 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, que aprueba el Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos, la Secretaria Especializada de MORDAZA Presidenciales es el organo tecnico - administrativo de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, encargada de brindar los servicios legales y tecnicos para la concesion del indulto, derecho de MORDAZA y conmutacion de penas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 493-2006-JUS, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretario Especializado de MORDAZA Presidenciales; Que, por razones del servicio, se ha considerado conveniente dar por concluida la referida designacion; Que, de lo expuesto, resulta necesario designar al MORDAZA Secretario Especializado de MORDAZA Presidenciales de la

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