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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 11 de octubre de 2006 330049REPUBLICADELPERU de Vacunación para la Eliminación de la Rubéola y Síndrome de Rubéola Congénita en el Perú; Que, el Ministerio de Salud en función de lo expuesto, ha programado realizar la "Campaña Nacional de Vacunación parala Eliminación de la Rubéola", la misma que se llevará a cabo del 1º de octubre al 5 de noviembre de 2006, siendo que el Ministerio de la Producción, ha asumido el compromiso deapoyarla, otorgando las facilidades necesarias a fin de coadyuvar en alcanzar la meta prevista; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Producción y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Disponer, el apoyo a la "Campaña Nacional de Vacunación para la eliminación de la Rubéola",a realizarse del 1º de octubre al 5 de noviembre de 2006, para lo cual todos los funcionarios y servidores del Ministerio de la Producción, así como, de los Organismos PúblicosDescentralizados, brindarán las facilidades que se requieran a fin de alcanzar la meta de vacunar a los peruanos comprendidos entre los 2 y 39 años de edad. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 02934-1 RELACIONES EXTERIORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73 /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G70/G72/G65/G76/G69/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G49/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9 /G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1202/RE Lima, 4 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el 13 de octubre de 2006, se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, la IV Reunión del Comité de Seguridad y Defensa Perú-Chile (COSEDE), en cumplimiento a lo acordado por los Cancilleres de ambos países en el párrafo23 del Comunicado Conjunto suscrito el 22 de agosto de 2006; Que, el 12 de octubre de 2006, se realizará una Reunión Técnica para negociar y consolidar la Agenda de la IVReunión del Comité de Seguridad y Defensa Perú-Chile (COSEDE), así como la Agenda del Comité Permanente de Consulta y Coordinación (2+2) que se reunirá el 25 de octubrede 2006; Que, siendo política de Estado desarrollar las relaciones bilaterales y multilaterales con énfasis en el marco del fomentomedidas de confianza, de transparencia y de cooperación así como en la voluntad de avanzar en la generación de iniciativas de importancia en el ámbito de la seguridad y de la defensa, elComité de Seguridad y Defensa Perú-Chile (COSEDE) constituye un instrumento esencial; Que, el Comité de Seguridad y Defensa Perú-Chile (COSEDE) establece criterios y objetivos que deben ser aplicados con rigurosidad, dando así plena garantía a las partes de que estas deliberaciones se encuentranrespaldadas por políticas de Estado; Teniendo en cuenta el Memorándum (DGS) Nº DGS0336/2006, de la Dirección General para Asuntosde Seguridad y Defensa, de 29 de setiembre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica delMinisterio de Relaciones Exteriores; el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionariospúblicos se realice en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje para que participen en la Reunión Técnica previa y en la IV Reunión del Comité de Seguridad y Defensa Perú-Chile (COSEDE), que serealizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 12 al 13 de octubre de 2006, a los siguientes funcionarios diplomáticos: - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Augusto Carlos Wilfredo Freyre Layzequilla, Director Generalpara Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Luis Salinas Montes, Director General de Sudamérica del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación de los funcionarios designados en el artículo primero de la presente Resolución en las referidas reuniones, serán cubiertaspor el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01163 -Participar en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en unplazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número Total Ta rifa Apellidos US$ por día de ViáticosAeropuerto US$ días US$ US$ Augusto Carlos WilfredoFreyre Layzequilla 735.47 200.00 2+1 600.00 30.25 José Luis Salinas Montes 735.47 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión, losmencionados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje realizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02925-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G55/G72/G75/G67/G75/G61/G79 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G61/G72/G74/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G66/G6C/G65/G78/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1222/RE Lima, 5 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, el Perú asigna particular importancia a la inserción estratégica en Sudamérica a partir de la pertenencia a la Comunidad Andina y a la convergencia de la Comunidad Andina con el MERCOSUR con miras a la conformación dela Comunidad Sudamericana de Naciones; Que, la Cuarta Reunión de la Comisión Estratégica de Reflexión de la Comunidad Sudamericana se llevará a cabodel 12 al 13 de octubre de 2006, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; Que, el presente evento reviste especial importancia ya que en este contexto se continuará el debate de las propuestas