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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (15/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 15 de octubre de 2006 330589REPUBLICADELPERU RELACIONES EXTERIORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G6C /G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 DECRETO SUPREMO Nº 066-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, de fecha 10 de diciembre de 2003, se aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública; Que, es necesario modificar algunos artículos del referido Reglamento; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese los artículos 117º, 124º, 126º, 128º y 129º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "Artículo 117º.- El proceso de evaluación anual se inicia con la apreciación del propio funcionario evaluadorespecto de los resultados que, a su juicio, ha obtenido en el desempeño de sus funciones durante el período anual objeto de la evaluación. Esta apreciación laregistrará el funcionario evaluado en el formato "Registro del cumplimiento anual de resultados de gestión". El funcionario evaluado deberá completar este Registro yremitirlo, dentro de las 48 horas de haberlo recibido, a la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos. Dentro de las 48 horas de recibidos los formatos de Registro, la Dirección General de Desarrollo de RecursosHumanos los remitirá a los respectivos calificadores junto con el formato "Hoja de Evaluación de Desempeño para los funcionarios diplomáticos". La evaluación anual que realizarán el primer y segundo calificador consistirá en una apreciación cualitativa y cuantitativa de los resultados de gestión registrados porel funcionario evaluado en el "Registro del cumplimiento anual de resultados de gestión". La evaluación de los calificadores se registrará en la "Hoja de evaluación dedesempeño para los funcionarios diplomáticos". En ella debe figurar tanto una apreciación cualitativa como una cuantitativa. Esta última se expresará en una nota de 1 a10, con fracciones de 0.25, 0.50 ó 0.75, según lo que consideren los evaluadores. Los calificadores deberán remitir la Hoja de evaluación a la Dirección General deDesarrollo de Recursos Humanos dentro de las 72 horas de recibidas." "Artículo 124º.- A más tardar el 15 de diciembre de cada año, la Comisión de Personal concluirá la evaluación y calificación de los funcionarios en situación de actividadaptos para las promociones en cada categoría." "Artículo 126º.- Cada una de las notas a que se refiere el artículo anterior se otorgarán en una escala del 0 al 10, pudiendo la Comisión de Personal considerar fracciones de 0.25, 0.50 ó 0.75, y tendrán los siguientescoeficientes: a) Nota de Evaluación de Resultados Inmediatos: cuarenta (40) por ciento; b) Nota de Evaluación del Perfeccionamiento Académico y Profesional: veinte (20) por ciento; c) Nota de Evaluación de la Trayectoria Profesional: cuarenta (40) por ciento." REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL