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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (15/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330592El Peruano domingo 15 de octubre de 2006 de Salud - ESSALUD, en representación del Estado propuesto por el Ministro de Salud; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27056, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-TR,contempla entre otros, la renuncia como causal de vacancia al cargo de Consejero; Que, mediante Carta de vistos, el doctor Carlos Eduardo Santillán Ramírez, ha formulado renuncia al cargo mencionado en el segundo considerando de la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal b) del artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27056, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-TR; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por el doctor CARLOS EDUARDO SANTILLÁN RAMÍREZ, al cargo de representante del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social deSalud - ESSALUD, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 03120-24 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G79/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 769-2006-MTC/02 Lima, 13 de octubre de 2006CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior deservidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo 1º de la Ley antes citada, estableciendo que, aquellos viajes que realiza la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizarán mediante Resolución Ministerial, la que deberá ser publicada en el Diario OficialEl Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes;Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 0664-2006-MTC/12, de fecha 10 de octubre de 2006, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se señala que la empresa Lan PerúS.A., con Carta DINPU 910/09/05, presentada el 15 de setiembre de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 12 de la sección correspondiente a la Dirección General deAeronáutica Civil (Inspección Técnica a Aeronaves, Inspección Técnica a Bases y Estaciones de Operaciones para Establecimiento o Actualización deEspecificaciones de Operación), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicas de las estaciones de las ciudades de La Paz ySanta Cruz, República de Bolivia; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 25148, 25149, 25150, 25151, 25152,25153 y 25235, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1996-2006-MTC/12.04-SDO designandoal inspector Víctor Manuel Suarez Llaque, para realizar las inspecciones técnicas de las estaciones de la empresa Lan Perú S.A., en las ciudades de La Paz ySanta Cruz, República de Bolivia, durante los días 15 al 19 de octubre de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen la Orden de Inspección Nº 1996- 2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor Manuel Suarez Llaque, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a las ciudades de La Paz y Santa Cruz, República de Bolivia, durante los días 15 al 19 de octubre de 2006, para los fines a que se contrae la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 25148, 25149, 25150, 25151, 25152, 25153 y 25235, abonados a la Dirección de Tesoreríadel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguientedetalle: Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes