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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (15/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330602El Peruano domingo 15 de octubre de 2006 condición legal, serán objeto de programas de compensación, y/o reubicación y rehabilitación. I.4. Soluciones Diferenciadas: El Plan de Compensación y Relocalización ofrecerá solucionesdiferenciadas compatibles con los diferentes niveles deafectación y la diversidad socioeconómica de la población objetiva. I.5. Los planes de Relocalización deben tener en cuenta a la población de acogida: Las comunidades deacogida que reciben a los desplazados deberán participartambién en la planificación y ejecución del programa deRelocalización y se le ofrecerá asistencia para mejorar la integración de los dos grupos y reducir el riesgo de conflicto. I.6. Fecha de Corte: Se establecerá una fecha de límite a partir de la cual no se considerará más afectados,normalmente coincide con el censo elaborado paraidentificar a las personas que tendrán derecho a compensación teniendo en cuenta y el cronograma del proyecto. I.7. Participación: Se asegurará la participación de la población afectada en las diferentes fases del proyectoen lo que respecta al Relocalización y la compensacióna través de la organización de los Comités de Gestión Compartida. I.8. Derechos de la población afectada: Se reconocen como derechos de la población afectada: (1) conocer susituación de afectado y los detalles relativos a la magnitudde la afectación; (2) tener saneado su derecho depropiedad de tal forma que pueda intervenir en el proceso de venta por trato directo y conocer los procedimientos relativos a la compensación por pérdidas y a lareubicación y rehabilitación social; (3) diferir de losavalúos y tasaciones de sus bienes; y (4) recibir el pagopor su predio y haberse reubicado antes del inicio de lasobras. I.9. Garantía de Recursos: Se debe contar con los recursos suficientes para cubrir los costos decompensación, reubicación, rehabilitación yadministrativos. I.10. Articulación Interinstitucional: La ejecución del PCRI requiere del trabajo conjunto de la Empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A., el Gobierno Regional Lambayeque o la entidad que lo represente y lacoordinación interinstitucional entre varias entidadespúblicas COFOPRI, PETT, Superintendencia de BienesNacionales, Superintendencia Nacional de RegistrosPúblicos, CONATA., y demás instituciones públicas involucradas en la ejecución de dichas obras. I.11. Incluir el costo del Relocalización en el Presupuesto institucional del Proyecto Especial OlmosTinajones: La inclusión del costo de la implementación yejecución de los PCRI, en el presupuesto del PEOT,resulta necesario para que dichos planes se lleven a cabo de forma coordinada con las actividades de construcción. Artículo II.- ObjetivosII.1. Objetivo General Contribuir al Plan de Manejo Ambiental de la zona donde se ejecutarán las Obras del Proyecto de Irrigacióne Hidroenergético Olmos, entregado en concesión alsector privado a través del Contrato para la construcción,Operación y Mantenimiento de las Obras de Trasvase,celebrado con fecha 22 de julio del año 2004 y modificado mediante un Primer y Segundo Addendum, a fin de mitigar los impactos ambientales negativos sobre la poblaciónafectada. II.2. Objetivos Específicos a) Identificar y establecer las condiciones socioeconómicas actuales de los principales centros poblados que serán afectados, así como hacer referenciaa las opiniones que tienen los afectados respecto de laejecución de las Obras del Proyecto Olmos. b) Plantear las alternativas de restaurar y/o compensar las pérdidas de viviendas, terrenos de cultivo e infraestructura social de la población afectada , y su posible Relocalización en áreas adecuadas, paraminimizar las alteraciones perjudiciales en sus modosde vida; considerando las oportunidades de trabajo quese puedan brindar, acceso a los recursos naturales y servicios públicos. c) Elaborar un presupuesto para compensar y/o reubicar a la población que será afectada por las futurasObras, considerando cada una de las alternativasplanteadas. Artículo III.- Ámbito de Aplicación El ámbito de aplicación de la presente Ley comprende a todos los pobladores que residen en las zonas que seencuentran en el ámbito de influencia de la ejecución delProyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos, entregado en Concesión al Sector Privado conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto SupremoNº 059-96-PCM “y su Reglamento aprobado medianteDecreto Supremo Nº 060-96-PCM. DE LOS PROGRAMAS DE COMPENSACIÓN Y RELOCALIZACIÓN INVOLUNTARIO Artículo 1°.- OBJETO DE LA NORMA El objeto de la presente Ley es establecer la implementación de Planes de Compensación yRelocalización Involuntario en la ejecución del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos, entregado en concesión al sector privado, que contemplan Programasalternativos, orientados a proveer de sistemasalternativos de vivienda y satisfacción de necesidadesbásicas, así como proveer de medios alternativos quesean igualmente productivos, para que los pobladores afectados con la ejecución de las obras concesionadas puedan proseguir con su estilo de vida y productividadeconómica manteniendo un nivel similar o mejor al quedicha población lleva hasta antes de la ejecución de lasObras. Artículo 2º.- ACCIONES DEL PLAN DE COMPEN- SACIÓN Y RELOCALIZACIÓN INVOLUNTARIO(PCRI) La acciones para la ejecución e implementación de los Planes de Compensación y RelocalizaciónInvoluntario: a) Se identificará la población directamente afectada, caracterizándola en los aspectos socio-económicos,calidad de vida y sus aspiraciones mediante un censosocio económico. b) Compensar las pérdidas al costo total de reposición previo a su traslado actual. c) Asistir técnicamente en el traslado y apoyar a la población beneficiaria durante el período de transiciónen el sitio de Relocalización facilitando así su inserciónen la población huésped. d) Asistir técnicamente a la población beneficiaria en sus esfuerzos por mejorar la capacidad de generar ingresos, los niveles de producción o por lo menosrestablecerlos y mejorar su calidad de vida. e) Constituir el Comité de Gestión para estimular la participación de la comunidad afectada en la planificacióne implementación de las soluciones planteadas. Se debe establecer normas de organización social apropiadas y las instituciones sociales y culturales de los afectados yde sus huéspedes deben ser apoyadas y utilizadas lomás posible. f) Calcular e incluir en el presupuesto institucional del PEOT todos los costos de compensación y/o Relocalización y rehabilitación. g) Será necesario involucrar con acciones específicas a la población de mujeres, ya que este grupo tiende a sermayormente vulnerable. Artículo 3º.- PROGRAMAS DEL PLAN DE COMPENSACIÓN Y RELOCALIZACIÓN INVOLUN- TARIO (PCRI) Para la aplicación del PCRI se deberán convertir las opciones trabajadas con la población afectada enProgramas estructurados. Los programas se ejecutaránen función de las condiciones de la población afectada y sus necesidades, para cuyo efecto se optará por: 3.1. Programa 1: Regularización de la Tenencia de la tierra o el saneamiento de la propiedad y/o el