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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330894El Peruano viernes 20 de octubre de 2006 Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a lasEmpresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercercompetencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios desaneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 016-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, constatando la viabilidadotorgada por la OPI de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL TALAVERA, para el financiamiento parcial de la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma partede esta Resolución por la suma total de S/. 3 557 726,00 el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, laDirectiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada conResolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 delArtículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 3 557 726,00 (TRES MILLONES QUINIENTOSCINCUENTA Y SIETE MIL, SETECIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Talavera para laejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto descrito en el referido Anexo, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital deTalavera efectúe anulaciones presupuéstales con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos deInversión Ley Nº 28880, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamientodel Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Talavera. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo queantecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA CÓD PROYECTOS TIPO DE MONTOSNIP EJECUCIÓN DE PRESUPUEST ARIA INVERSIÓN CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, 12867LETRINIZACIÓN Y EDUCACIÓN SANIT ARIA PARA 16 DIRECTA 1,740,861 COMUNIDADES RURALES DEL DISTRITO DE TALAVERA INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE DESAGÜE DE LOS 12973BARRIOS DE ARANJUEZ Y HU ALALACHI DEL DIRECTA 1,816,865 DISTRITO DE TALAVERA, PROVINCIA ANDAHUAYLAS TOTAL 3,557,726.00 03306-10 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 370-2006-VIVIENDA Lima, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversión que se encuentran detallados en los Anexosde la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamiento que serán ejecutados a nivel nacional por el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por las Empresas MunicipalesPrestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión desaneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generarcondiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;