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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 21 de octubre de 2006 331073REPUBLICADELPERU Resolución de Intendencia Nacional de Aduanas Nº 000ADT/2000-003656, Aprueban Procedimiento General Adecuado al Sistema de la Calidad, INTA PG-22 y el Procedimiento Específico INTA-PE-22.02 referido al CETICOS y al ingreso y salida de Mercancías y Vehículos. Decreto Supremo Nº 007-2001-MTC, Modifican diversas disposiciones sobre importación de vehículos automotores de transporte terrestre usados, de carga o pasajeros. Decreto Supremo Nº 008-2001-ITINCI. Disposiciones adicionales para dinamizar las actividades de los CETICOS. Ley Nº 28569, Ley que otorga autonomía a los CETICOS. Ley Nº 28854, Ley para Implementación Presupuestaria de la Ley Nº 28569. TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 5º .- Estructura Orgánica La estructura orgánica del CETICOS PAITA es la siguiente: 01 ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN01.1 Junta de Administración 01.2 Gerencia General 02 ÓRGANO DE CONTROL02.1 Órgano de Control Institucional03 ÓRGANO DE ASESORAMIENTO03.1 Oficina de Asesoría Legal04 ÓRGANO DE APOYO 04.1Oficina General de Administración 05 ÓRGANO DE LÍNEA05.1 Dirección de Promoción y Desarrollo05.1.1 Subdirección de Operaciones CAPÍTULO I ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN Subcapítulo I De la Junta de Administración Artículo 6º.- Junta de Administración La Junta de Administración es el máximo órgano de dirección de la entidad y está integrada por siete (7) representantes de las instituciones siguientes: a) Un representante del Gobierno Regional de Piura. b) Un representante de la Municipalidad Distrital de Paita. c) Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Un representante de la Cámara de Comercio donde se ubica el CETICOS PAITA. e) Un representante de la Intendencia de Aduanas, correspondiente a la localidad donde se ubica el CETICOS PAITA. f) Un representante de los usuarios del CETICOS PAITA. g) Un representante de la entidad administradora del Puerto donde se ubica el CETICOS PAITA. Artículo 7º.- Funciones La Junta de Administración define los objetivos y aprueba las políticas generales para la consecución de sus fines institucionales, en concordancia con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Según lo establecido en el artículo 5º y 6º de la Ley Nº 28569, son funciones de la Junta de Administración las siguientes: a) Aprobar el Plan de Desarrollo Institucional y el Plan Operativo Anual.b) Establecer los objetivos y metas de la entidad. c) Elaborar el Reglamento de Organización y Funciones, para su aprobación por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Dirigir el CETICOS PAITA, en concordancia con los planes y programas aprobados para el cumplimiento de sus objetivos. e) Aprobar y ejecutar el Presupuesto Anual que le presente la Gerencia General. f) Establecer las políticas internas de la entidad, y determinar las prioridades para la aplicación de sus recursos. g) Aprobar los estudios y proyectos relacionados con la entidad, propuestos por la Gerencia General. h) Emitir resoluciones y directivas, en el ámbito de su competencia. i) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones y directivas. j) Aprobar los mecanismos de control y supervisión para el buen funcionamiento del CETICOS PAITA, a propuesta de la Gerencia General. k) Evaluar, controlar y verificar la gestión de la Gerencia General. l) Orientar, coordinar y supervisar el plan de desarrollo de la entidad. m) Aprobar los Estados Financieros y la Memoria correspondiente al ejercicio anterior, que le presente la Gerencia General. n) Aprobar la contratación de los servicios de auditoría externa para analizar los estados financieros de la entidad. o) Aprobar la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal y la propuesta de los niveles remunerativos de la Entidad y elevarlos al MINCETUR para su aprobación de acuerdo a la normatividad vigente. p) Las demás que le corresponde de acuerdo a su naturaleza o se le asigne por norma legal expresa. Subcapítulo II De la Gerencia General Artículo 8º.- Gerencia General La Gerencia General es la máxima autoridad ejecutiva del CETICOS PAITA, Titular del Pliego y representante legal, responsable de la ejecución de los acuerdos que adopte la Junta de Administración y de la marcha administrativa de la entidad. Organiza y dirige la gestión, cautelando el cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales. Según lo establecido en el artículo 7º y 8º de la Ley Nº 28569, son funciones de la Gerencia General las siguientes: a) Ejecutar los acuerdos de la Junta de Administración. b) Presentar a la Junta de Administración, para su aprobación, el Plan de Desarrollo Institucional, el Plan Operativo Anual y demás planes y programas elaborados con las distintas unidades orgánicas. c) Proponer a la Junta de Administración y a los órganos competentes del sector para su aprobación, los instrumentos normativos de gestión como el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, supervisando su correcta implementación. d) Proponer a la Junta de Administración los niveles remunerativos del personal; así como las normas operativas para el eficiente y correcto funcionamiento del CETICOS PAITA, incluyendo las regulaciones y mecanismos de control y supervisión. e) Conducir la marcha administrativa, económica, financiera y técnica de la entidad, así como evaluar semestralmente su funcionamiento y grado de desarrollo. f) Organizar y dirigir la gestión interna y operativa del CETICOS PAITA, cautelando el cumplimiento de sus objetivos y planes, conforme a la política sectorial y a los lineamientos generales aprobados por la Junta de Administración. g) Coordinar esfuerzos entre los CETICOS existentes, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, ZOFRATACNA e Instituciones Públicas y Privadas vinculadas directa o indirectamente a los planes y programas del CETICOS PAITA. h) Poner en conocimiento de la Junta de Administración los asuntos de su competencia, acompañados de los informes correspondientes.