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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (25/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331422El Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G65/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G61/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1280/RE Lima, 20 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, del 30 al 31 de octubre de 2006, en la ciudad de Leticia, República de Colombia, se reunirán el ComitéTécnico Binacional de Desarrollo e Integración Fronterizade la Comisión de Vecindad e Integración Peruano-Colombiana y los Equipos Técnicos Ad Hoc para laformulación del Plan de Desarrollo de la Zona de IntegraciónFronteriza Peruano-Colombiana; Que, el 27 de octubre de 2006 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se realizará una reunión decoordinación con la Dirección de Soberanía Territorial de laCancillería de Colombia, sobre la organización, alcances ydesarrollo de las reuniones mencionadas en el párrafoanterior; Que, el 29 de octubre de 2006 se realizará una reunión de la sección nacional del Comité Técnico Binacional deDesarrollo e Integración Fronteriza, en la ciudad de Leticia,República de Colombia; Que, la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo coordina la sección nacional del Comité Técnico Binacionalde Desarrollo e Integración Fronteriza y preside el EquipoTécnico Ad Hoc para la formulación del Plan de Desarrollode la Zona de Integración Fronteriza Peruano-Colombiana; Teniendo en cuenta el Memorándum (DDF-DIF) Nº 0358/ 2006, de la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo, de18 de octubre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Leydel Servicio Diplomático de la República; en concordanciacon el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto LeyNº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de RelacionesExteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales alexterior de servidores y funcionarios públicos se realicenen clase económica; el artículo 1º del Decreto de UrgenciaNº 015-2004, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decretode Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, JaimeEnrique Burgos Morales, Director de Desarrollo eIntegración Fronteriza del Ministerio de RelacionesExteriores y del señor Javier Lossio Olavarría, funcionariode la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo, lasciudades de Bogotá y Leticia, República de Colombia, del27 al 31 de octubre de 2006, para que participen en lasactividades siguientes: Reuniones de Coordinación conla Dirección de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizodel Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia,Reunión de Coordinación de la sección peruana delComité Técnico Binacional de Desarrollo e IntegraciónFronteriza Perú-Colombia, Reunión de los Equipos Técnicopara la formulación del Plan de Desarrollo de la Zona deIntegración Fronteriza Peruano-Colombiana y Reunión delComité Técnico Binacional de Desarrollo e IntegraciónFronteriza Perú-Colombia. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL