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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (25/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 331427REPUBLICADELPERU Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo seaprueban por resolución del Titular del Pliego, la mismaque debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano,entre otras, las Transferencias Financieras que realiza elMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, paraproyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las quese realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio deSaneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministeriotiene entre sus funciones la de ejercer competenciascompartidas con los gobiernos regionales y locales, en materiade urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme aley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º delReglamento de Organización y Funciones del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una desus funciones generales, la de generar condiciones para elacceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuadosde calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial delos sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado por laLey Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informes Técnicos Nºs. 001, 002, 003,004 y 005-2006-MVCS/VMCS-DNS-FMB laDIRECCIÓN NACIONAL DE SANEAMIENTO ha emitidoopinión favorable a la transferencia financiera a efectuarsea favor del GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN, para laejecución de los proyectos descritos en el Anexo que formaparte de esta Resolución por la suma total de S/. 36 755512,00 el mismo que cuenta con Informe sobredisponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la DirectivaNº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución delProceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el AñoFiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación delnumeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 36 755 512,00 (TREINTA Y SEISMILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILQUINIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuenteRecursos Ordinarios a favor del GOBIERNO REGIONALDE JUNÍN, para la ejecución de los proyectos descritos enel Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo,quedando prohibido que EL GOBIERNO REGIONAL DEJUNÍN efectúe anulaciones con cargo a tales recursos, deconformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuestoaprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistenciaa las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente RecursosOrdinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendariode compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el ConvenioEspecífico de Financiamiento del Proyecto de Inversión acelebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento y EL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de laejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda,Construcción y SaneamientoANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN COD TIPO DE MONTO DE SNIP PROYECTOS EJ ECUCIÓN INVERSIÓN PRESUPUESTARIA (Nuevos Soles) AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS 3093SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y INDIRECTA 11,133,185.00 ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE SAN RAMON MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA 9349 POTA BLE Y CONSTRUCCIÓN DE INDIRECTA 1,950,976.00 ALCANTARILLADO DEL CENTRO POBLADO DE HUAMAMMARCA - CHANCHAS MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA 10913 POT ABLE E INSTALACION DEL SISTEMA INDIRECTA 1,772,806.00 DE ALCANTARILLADO DE QUILCATACTA - JUNIN MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS 3101SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y INDIRECTA 20,279,145.00 ALCANTARILLADO DE SATIPO MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL 15747SISTEMA DE AGUA POTABLE Y INDIRECTA 1,619,400.00 ALCANTARILLADO DEL DISTRITO DE HUAYHUAY-YAULI-LA OROYA TOTAL 36,755,512.00 03514-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 384-2006-VIVIENDA Lima, 24 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectosde inversión que se encuentran detallados en los Anexosde la citada Ley, entre los que se ha considerado cientoochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, los GobiernosRegionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales,así como por las Empresas Municipales Prestadoras deServicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo seaprueban por resolución del Titular del Pliego, la mismaque debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano,entre otras, las Transferencias Financieras que realiza elMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, paraproyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las quese realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio deSaneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dichoMinisterio tiene entre sus funciones la de ejercercompetencias compartidas con los gobiernos regionales ylocales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funcionesgenerales, la de generar condiciones para el acceso a losservicios de saneamiento en niveles adecuados de calidady sostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado por laLey Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 006-2006-MVCS/ VMCS-DNS-FMB, la DIRECCIÓN NACIONAL DESANEAMIENTO ha emitido opinión favorable a latransferencia financiera a efectuarse a favor de laMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO, para laejecución del proyecto descrito en el Anexo que formaparte de esta Resolución hasta por la suma total de