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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 331423REPUBLICADELPERU Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, JulioEladio Romero Ojeda, Director de la Oficina Descentralizadadel Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad deIquitos, para que participe de las actividades que sedesarrollarán en la ciudad de Leticia, República deColombia, del 29 al 31 de octubre del 2006 que son lassiguientes: Reunión de Coordinación de la sección peruanadel Comité Técnico Binacional de Desarrollo e IntegraciónFronteriza Perú-Colombia, Reunión de los Equipos Técnicopara la formulación del Plan de Desarrollo de la Zona deIntegración Fronteriza Peruano-Colombiana y Reunión delComité Técnico Binacional de Desarrollo e IntegraciónFronteriza Perú-Colombia. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios que se menciona en el artículo primero dela presente Resolución, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta:00917 -Implementación de los Planes de DesarrolloFronterizo, debiendo rendir cuenta documentada en unplazo no mayor de quince (15) días al término de la referidacomisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres Pasajes Viáticos Número Total T arifa y Apellidos US$ por día de Viáticos Aeropuerto US$ días US$ US$ Jaime Enrique 1, 100.32 200.00 5+1 1,200.00 30.25 Burgos Morales Javier Lossio 1, 100.32 200.00 5+1 1,200.00 30.25 Olavarría Artículo Cuarto.- Los gastos que irrogue el viaje a la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 29 al 31 deoctubre de 2006, del Director de la Oficina Descentralizadadel Ministerio de Relaciones Exteriores en Iquitos, seráncubiertos por el presupuesto ordinario de la OficinaDescentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores enIquitos, Meta: 01973-2 -Oficina Descentralizada - Iquitos,cuyos montos no podrán exceder a las tarifas y normaslegales vigentes. Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, loscitados funcionarios deberán presentar un informe ante elseñor Ministro de Relaciones Exteriores, sobre las accionesrealizadas durante el viaje autorizado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03490-2 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G63/G69/G6E/G61 /G68/G69/G70/G65/G72/G62/GE1/G72/G69/G63/G61/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1292/RE Lima, 24 de octubre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 0865-2006-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la oficialización del evento"II Curso Internacional de Medicina Hiperbárica‘Oxigenoterapia Hiperbárica: Nivel Avanzado’ ", que sellevará a cabo en la ciudad de Lima, del 16 al 25 de octubrede 2006; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Lima es sede del evento "II Curso Internacional de Medicina Hiperbárica ‘OxigenoterapiaHiperbárica: Nivel Avanzado’ ", que se llevará a cabo del16 al 25 de octubre de 2006, el cual viene siendoorganizado por la Asociación Peruana de MedicinaHiperbárica; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, el promover la capacitación de médicosgenerales y especialistas en el moderno campo de lamedicina hiperbárica; fomentar y mantener la cooperaciónde todos los profesionales e instituciones dedicadas al campo de la medicina hiperbárica, y ofrecer certificacionespara poder brindar un servicio seguro y de calidad a lospacientes; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y elinciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 dediciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el evento "II Curso Internacional de Medicina Hiperbárica ‘OxigenoterapiaHiperbárica: Nivel Avanzado’ ", que se llevará a cabo en laciudad de Lima, del 16 al 25 de octubre de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio deRelaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construccióny SaneamientoMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 03505-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G6D/G6F/G6E/G69/G7A/G61/G72/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G65/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G2C/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G34/G37/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G54/G52 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 367-2006-TR Lima, 20 de octubre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 3689-2006-MTPE/2/11.1 de fecha 11 de octubre de 2006, de la Presidenta de la ComisiónMultisectorial de Armonización de las normas de Seguridady Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 247-2006-TR de fecha 10 de julio de 2006, modificada por ResoluciónMinisterial Nº 275-2006-TR de fecha 8 de agosto de 2006,se creó la “Comisión Multisectorial para armonizardisposiciones sectoriales en materia de seguridad y saludque se encuentren vigentes”; Que, el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 247- 2006-TR, establece que la Comisión Multisectorial deberáser instalada en el plazo de cinco (05) días hábiles a partirde su publicación y tendrá un plazo de sesenta (60) díashábiles para culminar la tarea encomendada; Que, mediante Oficio de Visto, la Presidenta de la indicada Comisión, comunica que el plazo otorgado para elcumplimiento de su finalidad resulta insuficiente, debido aque ésta no se instaló oportunamente, al haberse variadomediante dispositivo legal la composición de sus miembros,requiriendo más tiempo para hacer las gestiones con lasentidades que conforman la Comisión a fin de que designena sus representantes; Que, con el objeto de dar las facilidades necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas a laComisión Multisectorial a que hace referencia el primerconsiderando, resulta necesario ampliar el plazo fijado poréste, por treinta (30) días naturales; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el literal d) delartículo 12º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;