Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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331430

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita a este Organo de Gobierno la modificacion de la Resolucion Administrativa Nº 177-2004CE-PJ de fecha 29 de setiembre del 2004, para que todas las demandas que ingresen al Centro de Distribucion General de la sede MORDAZA - Carabaya MORDAZA distribuidas en forma equitativa entre todos los Juzgados de Paz Letrados; Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ, entre otras medidas, dispuso que el 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º Juzgados de Paz Letrado del Cercado de MORDAZA, conoceran exclusivamente procesos de las Administradoras de Fondos de Pensiones de todo el Distrito Judicial de Lima; Que, la aplicacion de la Ley Nº 28470 del 24 de febrero del 2005, que modifica los articulos 37º y 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones y elimina la exoneracion de tasas, aranceles y derechos judiciales a favor de las AFP, ha ocasionado que la carga procesal que tienen los mencionados organos jurisdiccionales disminuya gradualmente; Que, actualmente el numero de expedientes que se tramitan ante el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrado del Cercado de MORDAZA es considerablemente mayor al que conocen el 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º Juzgados de Paz Letrado del mencionado Distrito Judicial; resultando necesario dictar las medidas pertinentes con la finalidad de brindar un adecuado y oportuno servicio de administracion de justicia; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad de este Organo de Gobierno adoptar acuerdos y demas medidas para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ, de fecha 29 de setiembre del 2004, en el extremo que dispone que el 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º Juzgados de Paz Letrado del Cercado de MORDAZA, conoceran exclusivamente procesos de las Administradoras de Fondos de Pensiones de todo el Distrito Judicial de Lima. Articulo Segundo.- Disponer que los procesos que ingresen al Centro de Distribucion General de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA, incluidos los que se refieran a Administradoras de Fondos Privados de Pensiones, MORDAZA distribuidos aleatoria y equitativamente entre el 1º al 10º Juzgados de Paz Letrado de dicha sede judicial. Articulo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a adoptar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 03494-2

Suprimen la denominacion "para procesos en ejecucion de sentencias" que tienen el 1º, 7º, 10º, 19º y 22º Juzgados Especializados en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 131-2006-CE-PJ
MORDAZA, 4 de octubre del 2006 VISTO: El Oficio Nº 325-2005-P-CSJL-AVF cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA eleva a este Organo de Gobierno propuesta para que los Juzgados Especializados en lo Penal para procesos en reserva y los Juzgados Especializados en lo Penal para procesos en ejecucion de sentencias, puedan atender todos los procesos penales; fundamentandola en la necesidad de preservar el MORDAZA del Juez natural, asi como en la excesiva carga procesal que soportan los organos jurisdiccionales de la especialidad penal; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 043-2003CE-PJ del 30 de MORDAZA del 2003, se dispuso la conversion de cinco de los diez Juzgados Especializados en lo Penal para Procesos en Reserva de MORDAZA, en el 48º al 52º Juzgados Especializados en lo Penal para que conozcan todos los procesos de dicha materia; Que, actualmente el 1º, 7º, 10º, 19º y 22º Juzgados Especializados en lo Penal de MORDAZA tienen a su cargo procesos en ejecucion de sentencias, a exclusividad; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad de este Organo de Gobierno adoptar acuerdos y demas medidas para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Suprimir la denominacion "para procesos en ejecucion de sentencias" que tienen el 1º, 7º, 10º, 19º y 22º Juzgados Especializados en lo Penal del Distrito Judicial de Lima. Articulo Segundo.- Convertir el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Juzgados Especializados en lo Penal para procesos en reserva del Distrito Judicial de MORDAZA, en el 53º, 54º, 55º, 56º y 57º Juzgados Especializados en lo Penal de dicha Corte Superior, respectivamente. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Articulo Cuarto.- La aplicacion de la presente resolucion no irrogara mayores gastos al presupuesto del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 03494-3

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