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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331428El Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 S/. 1 712 257,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la DirectivaNº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución delProceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el AñoFiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación delnumeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 1 712 257,00 (UN MILLÓNSETECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA YSIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES). en la fuente RecursosOrdinarios a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEEL TAMBO para la ejecución del proyecto descrito en elAnexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecuciónde los proyectos descritos en el referido Anexo, quedandoprohibido que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBOefectúe anulaciones con cargo a tales recursos, deconformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuestoaprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistenciaa las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente RecursosOrdinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendariode compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en elConvenio Específico de Financiamiento del Proyecto deInversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento y la MUNICIPALIDADDISTRITAL DE EL TAMBO. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de laejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO COD TIPO DE MONTO DE SNIP PROYECTOS EJECU CIÓN INVERSIÓN PRESUPUESTARIA (Nuevos Soles) AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y 35671ALCANTARILLADO SANITARIO EN EL INDIRECTA 1,712,257.00 ANEXO DE COCHAS CHICO, DISTRITO DE EL TAMBO - HUANCAYO - JUNÍN TOTAL 1,712,257.00 03514-2 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G6E/G63/G6F/G2D/G48/G75/G61/G6C/G6C/G6F/G2D/G55/G72/G69/G70/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 385-2006-VIVIENDA Lima, 24 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectosde inversión que se encuentran detallados en los Anexosde la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, los GobiernosRegionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales,así como por las Empresas Municipales Prestadoras deServicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, sólo seaprueban por resolución del Titular del Pliego, la mismaque debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano,entre otras, las Transferencias Financieras que realiza elMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, paraproyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las quese realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio deSaneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dichoMinisterio tiene entre sus funciones la de ejercercompetencias compartidas con los gobiernos regionales ylocales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funcionesgenerales, la de generar condiciones para el acceso a losservicios de saneamiento en niveles adecuados de calidady sostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado por laLey Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 017-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del SectorSaneamiento - PARSSA, constatando la viabilidad otorgadapor la OPI de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCO-HUALLO-URIPA, para el financiamiento parcial de laejecución del proyecto descrito en el Anexo que formaparte de esta Resolución por la suma total de S/. 1 835528,00 el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestalcorrespondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la DirectivaNº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución delProceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el AñoFiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación delnumeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 835 528,00 (UN MILLON OCHOCIENTOSTREINTA Y CINCO MIL, QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios afavor de la Municipalidad Distrital de Anco - Huallo - Uripapara la ejecución del proyecto descrito en el Anexo queforma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución del proyecto descrito en el referido Anexo,quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Anco- Huallo - Uripa efectúe anulaciones presupuestarias concargo a tales recursos, de conformidad con lo establecidoen la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuestoaprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1.038920Transferencia para Proyectos de Inversión Ley Nº 28880,en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidadautorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en elConvenio Específico de Financiamiento del Proyecto deInversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital deAnco - Huallo - Uripa.