TEXTO PAGINA: 64
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331462El Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS En Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la Presidencia del Dr. Ricardo Y. Cornejo Sánchez, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Canchis y con la asistencia de los señores Regidores: Dr. Alex Montufar Condorena, Sr. Jorge Mayta Tintaya, Dr. José Torres Mendoza, Prof. Benito Flores Yana, Dra. Antonia Santos Puente de la Vega, Sra. Elisa Quilla Ccuno, Ing. Edward Zárate Farfán, Ing. Lino Orccohuarancca Condori, Dr. Guillermo Medina Chuquimia, Ing. Ramiro Farfán Loayza y el Soc. Abrahan Sota Fernández. VISTOS: La Agenda de Orden del Día, esto es a moción del regidor Dr. José Miguel Torres Mendoza para el informe respecto a la compra del terreno a favor de la OMAPED Canchis. CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194 de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley Nº 27680 y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, previa autorización de Junta Edil interviene la Gerente Municipal Prof. Gladys Milagro Fernández Villena, indicando que se ha cumplido con recabar la propuesta del señor Pedro Gonzáles, lo que ha retrasado el proceso de adquisición del inmueble, sin embargo luego de esto se ha retractado indicando que ha comenzado con el riego de los terrenos, de manera que sólo queda la propuesta del Sr. Adrian Tayro Ccana. Que, al respecto la Dra. Leslie Pacheco señala que según la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,corresponde al Concejo Edil la exoneración del proceso de selección. Que, la exoneración de procesos de selección para la adquisición de bienes está contemplada en el inciso a) del Artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado autorizando la misma cuando se trate de adquisiciones Entre Entidades del Sector Público, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el Reglamento, referido como tal al D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, de conformidad al Artículo 19° de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. No. 083- 2004-PCM, sobre Exoneración de procesos de selección, Están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el Acuerdo de Concejo Municipal que autorice la exoneración a un proceso de selección y el Informe Técnico Legal que lo sustenta deben ser remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro del plazo de Díez días posteriores a la toma del acuerdo autoritativo, el mismo que debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, adicionalmente deberá ser publicado a través del SEACE; de acuerdo al Artículo 20º de la norma citada en el Considerando precedente; con los Incisos 6.2 y 6.6. del Numeral 6 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/ PRE; y, el Artículo 147 del D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, la exoneración del proceso de selección pertinente deberá ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal, siendo esta facultad indelegable de conformidad con el inciso 6.1 del Numeral 6 de la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el D.S. Nº 083 – 2004 - PCM Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Canchis, por Unanimidad. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición de un terreno ubicado a 2 Km de la Comisaría de Torcoma en la carretera Sicuani-Cusco de una extensión superficial de 14,800 m2 de propiedad del señor Adrian Tayro Ccana para la Obra: “Construcción del local Municipal de Desarrollo Productivo para las personas con discapacidad de la Provincia de Canchis”, por un monto de S/. 70,000.00 (Setenta Mil y 00/ 100 Nuevos Soles) con cargo al Presupuesto de INVERSIÓN; Fuente de Financiamiento: CANON SOBRE CANON Y FONCOMUN INVERSION. Artículo Segundo.- DISPONER la remisión del presente Acuerdo e Informe Técnico Legal que lo Sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE; y, adicionalmente deberá ser publicado a través del SEACE dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de aprobación del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Oficina de Logística y Servicios Generales de la Municipalidad Provincial de Canchis. Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase.RICARDO CORNEJO SÁNCHEZ Alcalde 03440-1 /G43/G4F/G4E/G56/G45/G4E/G49/G4F/G53/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F /G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G53/G6F/G73/G74/G65/G6E/G69/G62/G6C/G65/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20 /G65/G6E/G74/G72/G65/G20 /G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G22 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 0-3-A/278, comunica que el "Convenio Marco para la Cooperación y Desarrollo Sostenible delTurismo entre el Gobierno de la República del Perú y elGobierno de la República de Bolivia" , suscrito el 26 de enero de 2002, en la ciudad de Huatajata, República deBolivia y ratificado por Decreto Supremo Nº 036-2002-RE,de 3 de abril de 2002, publicado al igual que el texto delConvenio el 7 de abril de 2002. Entró en vigencia el 6 de octubre de 2006 . 03457-1 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F /G65/G6E/G74/G72/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G65/G72/GFA/G20 /G79/G20 /G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G61/G74/G65/G6D/G61/G6C/G61 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G4D/G61/G74/G65/G72/G69/G61 /G50/G65/G6E/G61/G6C/G22 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 0-3-A/279, comunica que el"Convenio entre la República del Perú y el Gobiernode la República de Guatemala sobre AsistenciaJudicial en Materia Penal" , suscrito el 16 de abril de 1988, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratificadopor Decreto Supremo Nº 041-99-RE, de 10 de julio de1999, publicado al igual que el texto del Convenio el 15de julio de 1999. Entrará en vigencia el 13 de diciembre de 2006. 03458-1