Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

331461

6. Se permitira el uso del retiro municipal con fines comerciales de acuerdo a la normatividad vigente. 7. Se permitira el uso de area comun en las edificaciones siempre que lo autorice la Junta de Propietarios, o en su defecto el 50% mas 1 de los propietarios. TITULO IV BENEFICIOS DE LA PRESENTE MORDAZA Articulo 33º.- BENEFICIOS APLICABLES Las multas impuestas a los propietarios de los predios que obtengan la Licencia de Regularizacion en el MORDAZA de la presente MORDAZA de Facilitacion y Formalizacion por cualquiera de las infracciones contenidas en el Reglamento de Infracciones y Sanciones, que acrediten haber cumplido con subsanar el objeto de la infraccion quedaran sin efecto en cualquier etapa del procedimiento sancionador y/o de Ejecucion coactiva que se encuentren. No se comprenden en los beneficios senalados las sanciones que MORDAZA impuestas por infracciones cometidas con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La presente Ordenanza tendra un vigencia de seis meses, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, respecto de los inmuebles que se encuentren dentro del Area de Tratamiento Normativo II y de los predios que se encuentren en el Area de Tratamiento Normativo III que tengan las caracteristicas similares a las del Area de tratamiento Normativa II y que figuran en el anexo de la presente Ordenanza. Segunda.- Prorroguese por el mismo plazo establecido en el articulo anterior, el Procedimiento de Excepcion Transitorio, que facilita la formalizacion de las Habilitaciones Urbanas Ejecutadas y Recepcion de Obras segun el caso, a que se refiere la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 259-MSS. Tercera.- Establezcase un Regimen Especial de Excepcion Transitorio hasta el 29.12.2006, para la regularizacion de las edificaciones ejecutadas al MORDAZA de licencia de construccion, efectuadas hasta el 31 octubre de 2006, o con declaratoria de fabrica inscrita en el Registro de Predios de la SUNARP, de los inmuebles ubicados en el Area de Tratamiento Normativo III, del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, que por alguna razon han sido materia de modificacion al momento de su ejecucion, afectando el MORDAZA de finalizacion de obra, asi como las que han sido materia de modificacion o ampliacion con posterioridad a la declaratoria de fabrica. Para acogerse a este regimen, los propietarios de predios deberan iniciar el procedimiento de regularizacion conforme lo dispone el Capitulo IV del Titulo III, Seccion MORDAZA del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC y su modificatoria Decreto Supremo Nº 011-2005-VIVIENDA. Los que se acojan al presente regimen gozaran de los siguientes beneficios: 1. No se aplicaran multas ni otras sanciones al procedimiento de regularizacion. 2. Se condonaran las sanciones aplicadas, relacionadas a edificaciones que obtengan la regularizacion municipal, incluidas las costas y gastos en caso de haberse iniciado el MORDAZA de ejecucion coactiva. La Comision Tecnica Calificadora de Proyectos para la calificacion de los proyectos tendra en cuenta las siguientes condiciones de excepcion: - Los parametros Urbanisticos (retiros y/o volados sobre el retiro tendran una tolerancia MORDAZA de hasta el 25%), con excepcion de la seccion de vias, las caracteristicas de los parques y demas areas publicas las que no tendran tolerancia alguna. - En la altura de edificacion se permitira hasta un piso adicional, no se tendra en cuenta la altura en metros normada, siempre que no se sobrepase el limite en numero de pisos establecidos en la normatividad aprobada con la Ordenanza Nº 912-MSS emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Las areas de dominio comun se regularizaran en el estado en que se encuentran siempre que se cuente con la autorizacion expresa de la junta de propietarios o la mitad mas uno de ellos si no se ha formalizado la Junta de Propietarios. - Las areas de dominio exclusivo se regularizaran en el estado en que se encuentran de contar con la autorizacion expresa del propietario.

- En las edificaciones ejecutadas durante la vigencia de Plan MORDAZA Distrital aprobado con la Ordenanza Nº 181-MSS, se exigira el cumplimiento de la normatividad que resguarda del registro visual a las areas colindantes, en las condiciones que hayan sido aprobadas en la licencia de construccion respectiva, o la establecida en el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, para el Area de Tratamiento Normativo III, aprobado con el Decreto de Alcaldia Nº 007-2006-MSS, la que resulte mas beneficiosa al administrado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los beneficios de la presente Ordenanza no otorgan derecho alguno de compensacion ni devolucion por pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- Mediante la presente Ordenanza, las personas que iniciaron tramite de Licencia de Obra en sus diversas modalidades al MORDAZA de la Ordenanza Nº 202-MSS y sus modificaciones, podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente MORDAZA, incluso los procedimientos que han sido declarados en abandono, manteniendose la vigencia de los documentos que obran en los mismos. Asimismo, pueden acogerse al Tramite de Regularizacion por Declaratoria de fabrica los predios que se acogieron a la Ordenanza Nº 202-MSS y fueron desaprobados en dos o mas dictamenes de la comision Tecnica Calificadora de Proyectos, manteniendose la vigencia de los documentos presentados, incluso los procedimientos que han sido declarados en abandono, presentando unicamente los requisitos establecidos en los numerales 1 y 3 del Articulo 22º. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la ejecucion de la presente Ordenanza por intermedio de la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas respecto a las Licencias de Obra, de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA respecto de la Regularizacion de Edificaciones mediante Declaratoria de Fabrica y de la Subgerencia de Desarrollo Economico respecto de las Licencias de Funcionamiento. Asimismo se les encarga la Evaluacion y Difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA ANEXO DE LA ORDENANZA QUE APRUEBA LA MORDAZA QUE REGULA LA FACILITACION PARA LA FORMALIZACION DE LAS EDIFICACIONES Y ACTIVIDADES ECONOMICAS URBANIZACION EL TOTORAL MORDAZA MORDAZA DE MONTERRICO AA.HH. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASOCIACION DE VIVIENDA LA MORDAZA ASOCIACION DE REPORTEROS GRAFICOS DEL PERU EX FUNDO LA TALANA URB. LUIS. M. MORDAZA CERRO. 03461-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno para la obra "Construccion del Local Municipal de Desarrollo Productivo para las Personas con Discapacidad de la provincia de Canchis"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 159-2006-MPC Sicuani, de octubre de 2006

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