Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos considera efectivamente don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas en los incisos a), d) y k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; En el MORDAZA de las funciones y atribuciones conferidas por los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.IMPONER SANCION ADMINISTRATIVA DISCIPLINARIA de DESTITUCION, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de faltas administrativas disciplinarias, prevista en los incisos a), d) y k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal a que hubiere lugar. Articulo Segundo.- La Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional MORDAZA cumplira con informar, dentro de los plazos fijados por Ley, a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a lo establecido en el articulo 4º de la DIRECTIVA PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ACTUALIZACION DE INFORMACION DEL REGISTRO NACIONAL DE SANCIONES DE DESTITUCION Y DESPIDO, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 1352004-PCM, modificado por Resolucion Ministerial Nº 0992005-PCM. Regfistrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SARDON Presidente Regional 03446-1

deliberaciones respectivas, el pleno del Concejo aprobo por Mayoria la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- FIJAR en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a tributos de competencia de la Municipalidad de Comas, no pagados dentro los plazos senalados en la normatividad vigente. Articulo Segundo.- La tasa establecida en la presente Ordenanza, rige a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria y Subgerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Dispensar de la lectura y aprobacion de acta, para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumploase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03448-1

Otorgan beneficios a contribuyentes que paguen multas administrativas impuestas en aplicacion de la Ordenanza Nº 03-2001-C/MC, que se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva
ORDENANZA Nº 208-C/MC Comas, 10 de octubre de 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de octubre de 2006, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Asuntos Legales, relacionada con el Informe Nº 069 -2006-GAT/MC de fecha 5 de octubre de 2006 del Gerente de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les atribuyen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, con el informe Nº 069-2006-GAT/MC, se senala la necesidad de conceder beneficios de rebajas de multas a las personas naturales y juridicas que hayan cumplido con formalizar su situacion ante esta corporacion, obteniendo las correspondientes autorizaciones municipales asi como de aquellos que se encuentren en estado de omision que cumplan con la formalizacion debida y otros, que hayan sido objeto de sancion de multa administrativa en aplicacion de la facultad sancionadora dispuesta con Ley Nº 27972; Que, esta medida guarda relacion con las disposiciones establecidas con la Ordenanza Municipal Nº 199-C/MC de fecha 24 de MORDAZA de 2006, la misma que ha merecido respuesta positiva lo que, ademas, se ha reflejado en la recaudacion tributaria, por lo que amerita que, en los mismos terminos, se disponga el otorgamiento de beneficios de rebaja de multas; De conformidad con los Informes Nº 069 -2006-GAT/ MC y Nº 502-2006-GAJ/MC, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Asuntos Juridicos respectivamente, y estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por Mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Las personas naturales y juridicas que paguen las Multas Administrativas impuestas en

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
.ijan Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a tributos de competencia de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 206-C/MC Comas, 8 de setiembre del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2006, la propuesta de Ordenanza presentada por la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, relacionada con el Informe Nº 049 -2006-GAT/ MC de fecha 19 de MORDAZA de 2006 de la Gerencia de Administracion Tributaria de fijar la Tasa de Interes Moratorio (TIM), y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", que senala como instrumento idoneo de normatividad la Ordenanza en materia de su competencia; Que, el articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S.Nº135-99-EF, senala que en los casos de tributos administrados por los Gobiernos Locales, la TIM sera fijada por Ordenanza Municipal; Que, conformidad con los Informes Nº 049- 2006-GAT/ MC y el Nº 386 -GAJ/MC emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Asuntos Juridicos respectivamente, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº27972Ley Organica de Municipalidades, despues de las

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