Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

de Renovacion MORDAZA del distrito de MORDAZA de MORDAZA, se encuentran sujetas a lo establecido en el Reglamento Especial de la MORDAZA Monumental y del Area y Zonas de Tratamiento de Renovacion MORDAZA del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, aprobado con la Ordenanza 181-MSS "Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 2004-2010" publicada el 02.03.2004. TITULO II DE LAS LICENCIAS DE OBRA CAPITULO I EDIFICACIONES NUEVAS O REGULARIZACIONES Articulo 3º.- ORGANOS COMPETENTES El organo competente para conocer los procedimientos normados en el presente Capitulo; es la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas, que resolvera en primera instancia y la Gerencia Desarrollo MORDAZA en MORDAZA instancia con lo que queda agotada la via administrativa. Articulo 4º.- SUJETOS DEL PROCEDIMIENTO Podran acogerse a los beneficios de la presente MORDAZA de Facilitacion y Formalizacion, las personas naturales propietarias de los predios ubicados dentro de su ambito de aplicacion y los Posesionarios solo para la Regularizacion, ampliacion o remodelacion de Obras correspondientes a predios ubicados en las Macrozonas 1 y 2 con el fin de mejorar sus condiciones de vida. No sera de aplicacion la presente MORDAZA para personas juridicas ni en el caso de posesionarios para la ejecucion de obra nueva. Articulo 5º.- DEFINICIONES Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicacion de la presente Ordenanza, considerense las siguientes definiciones: Licencia de Obra: Es la autorizacion otorgada por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, que en forma obligatoria deben contar los propietarios de predios para iniciar cualquier MORDAZA de obra de Edificacion Nueva, Ampliacion, Remodelacion, Demolicion u Obras Menores. Edificacion nueva: Obra que se ejecuta, totalmente o por etapas, sobre un terreno baldio, cumpliendo los requisitos minimos de diseno y ejecucion de las edificaciones, o las condiciones minimas de habitabilidad establecidas en las normas de edificacion vigentes. Remodelacion: Obra que puede alterar el uso o la tipologia y/o el estilo arquitectonico original de una edificacion existente, sin variar su area techada total. Ampliacion: Obra que incrementa el area techada de una edificacion existente. Refaccion: Trabajos que consisten en el mejoramiento y/o la renovacion de las instalaciones, equipamiento y/o elementos constructivos sin alterar el uso, el area techada total, ni los elementos estructurales de la edificacion existente. Acondicionamiento: Trabajos de adecuacion de ambientes de una edificacion existente, a las necesidades del usuario, mediante elementos removibles, como tabiqueria, acabados y/o instalaciones. Demolicion: Obra que elimina, en forma total o parcial, una edificacion para ejecutar una nueva o cumplir alguna disposicion emanada de la autoridad competente. Obra Menor: Toda obra que no altere los elementos estructurales de la edificacion original, cuya area no exceda, de 30.00 m2 o en el caso de las no mensurables, cuyo valor de obra no sea mayor de seis (06) UIT. No se consideraran obras menores las que alteren las fachadas o volumenes de inmuebles ubicados en la MORDAZA Monumental y zonas de tratamiento de Renovacion MORDAZA del distrito de MORDAZA de Surco. Asimismo, se consideran obras menores, las demoliciones menores a un area de 30.00 m2. Regularizacion: Es el tramite destinado a obtener el reconocimiento legal de las edificaciones existentes sobre: Predios Urbanos, terrenos que cuenten con proyecto aprobado de habilitacion MORDAZA con construccion simultanea, Predios ubicados en zonas urbanas consolidadas que se encuentren como urbanos en la Municipalidad correspondiente e inscritos como rusticos en el Registro de Predios.

MORDAZA de Posesion: Documento que otorga La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en el MORDAZA de la presente Ordenanza a todos aquellos poseedores de los inmuebles ubicados en la Macrozona 1 y Macrozona 2 que deseen acogerse al procedimiento de regularizacion. Documento que no otorga ni reconoce el derecho de propiedad sobre el inmueble, unicamente acredita la posesion. Plano Catastral: Plano que define los linderos y medidas perimetricas del predio sobre el que se encuentra la edificacion materia de tramite, que expide la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA a traves de la Subgerencia de Planeamiento Urbano. Area de Tratamiento Normativo II: MORDAZA conformada por viviendas de densidad media, con multiplicidad de usos de suelo, especialmente residencial, comercial, de industria elemental y mixto residencial-comercial y vivienda taller. Area que MORDAZA el sector del distrito comprendido al Sur de la futura Via Expresa del Paseo de la Republica, la Av. Los Proceres, la Av. MORDAZA de MORDAZA (Ex MORDAZA Marsano) hasta el intercambio vial Atocongo y la Panamericana Sur hasta el limite distrital con los Distritos de San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA el MORDAZA, Chorrillos y Barranco. Area de Tratamiento Normativo III: Es el area de mayor homogeneidad de funcion, comprende las areas donde predomina el uso residencial de baja densidad. MORDAZA el sector del distrito comprendido entre la futura Via Expresa del Paseo de la Republica, la Av. Los Proceres, la Av. MORDAZA de MORDAZA (Ex MORDAZA Marsano) hasta el intercambio vial Atocongo, la Panamericana Sur hasta el limite distrital con los Distritos de San MORDAZA de Miraflores, La MORDAZA, Ate, San MORDAZA, Surquillo, Miraflores y Barranco. Macro MORDAZA 1: MORDAZA consolidada del Distrito de MORDAZA de MORDAZA declarada MORDAZA de oficio mediante Resolucion Nº 594-2005-RASS, que MORDAZA el area delimitada por los ejes de las siguientes vias: Por el Norte, con el eje de la Via Expresa; Por el Este, con el eje del Jr. MORDAZA Cristo, continua por el lindero posterior del terreno ocupado por la Asociacion de Vivienda MORDAZA Cristo y por el lindero lateral derecho del lote identificado con el Codigo Catastral Nº 40271127; Por el Oeste, con el eje de la futura Av. Paseo La Castellana; Por el Sur, con el eje de la Av. MORDAZA Chavez. Macro MORDAZA 2: MORDAZA consolidada del Distrito de MORDAZA de MORDAZA la misma que se encuentra en estudio para la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio, que MORDAZA el area delimitada por los ejes de las siguientes vias: Por el Norte, con el eje del Jr. MORDAZA Alto, eje del Jr. Batalla de Miraflores y con el lindero posterior del terreno ocupado por la Cooperativa MORDAZA Quinonez; Por el Este, con el eje de la futura Av. Paseo la Castellana (los Aquijes), eje del Jr. MORDAZA Real, lindero posterior del terreno ocupado por el Asentamiento Humano Vina Dorada, por la Asociacion de Vivienda Vina del Mar; Por el Oeste, limita con el distrito de Chorrillos; Por el Sur, limita con el distrito de Barranco. Sector 1: MORDAZA comprendida en el Area de Tratamiento Normativo II al Oeste de la Av. Surco. Sector 2 : MORDAZA comprendido en el Area de Tratamiento Normativo II al Este de la Av. Surco. Reglamento Municipal de Habitabilidad.- MORDAZA que establece las condiciones minimas para preservar la salud, seguridad y un minimo de confort de los moradores de un predio de manera que este se considere habitable y con ello posibilite su inscripcion ante el Registro de Predios. Administrado.- Propietario o Posesionario, del Inmueble materia de la Licencia de Obra Nueva, Regularizacion, Ampliacion, Declaracion de Fabrica y demas, que se tramitan en esta Corporacion. Articulo 6º.- PROCEDIMIENTOS Los procedimientos administrativos comprendidos dentro de los alcances del presente Titulo son: a) Licencias de Obra Nueva, Remodelacion o Ampliacion para Viviendas Unifamiliares, Bifamiliares o Multifamiliares. b) Licencia para Regularizacion de Obra, Remodelacion o Ampliacion de Viviendas Unifamiliares, Bifamiliares o Edificaciones Multifamiliares en el caso de proyectos de densificacion MORDAZA o las promovidas por los propietarios de los departamentos, personas naturales, cuando no hay o se ha perdido la relacion con el promotor o constructor original. c) Autorizacion de Obra Menor, para ejecutar o regularizar edificaciones o demoliciones cuya area techada no sea mayor a 30.00 m2 o en el caso de las no

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