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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 331445REPUBLICADELPERU administrativas, en las que incurren los servidores y funcionarios que se encuentran considerados dentro delos alcances del Decreto Legislativo Nº 276; en el artículo 150º considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga a las obligaciones,prohibiciones y demás normatividad específica sobre los deberes de servidores y funcionarios; el artículo 153º determina que ante el incumplimiento de normas legales yadministrativas, los servidores públicos serán sancionados administrativamente; Que, en mérito al Informe Nº 008-2005-GR PUNO/CPPA, se instauró proceso administrativo disciplinario a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 373-2005-PR-GR PUNO, en contra de don Carlos Manuel Renato TorresSoto, por la comisión de faltas administrativas contenidas en dicho informe; Que, don Carlos Manuel Renato Torres Soto, en el año 2004, laboró en el Gobierno Regional Puno, en condición de contratado por la modalidad de servicios personales, contrato que fue renovado a partir del primerdía hábil del mes de enero 2005; asistió en forma normal hasta el 6 de enero 2005, dejando de asistir en forma injustificada a partir del día 7 de enero 2005; este actitudse encuentra probada con la tarjeta de control de asistencia correspondiente al mes de enero; en consecuencia, está acreditado que el procesado haincurrido en falta grave, por ausentarse injustificadamente del centro de trabajo por más de tres (3) días consecutivos, incurriendo en abandono definitivo de trabajo, faltaadministrativa tipificada en el inciso k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276;Que, don Carlos Manuel Renato Torres Soto, no efectuó la rendición de los fondos que se le habilitó por la sumatotal de S/.2,350.00 nuevos soles, conforme a lo establecido en la DIRECTIVA REGIONAL Nº 003-2004-GOBIERNO REGIONAL PUNO MANEJO DEL FONDO PARA PAGOSEN EFECTIVO Y DEL FONDO FIJO PARA CAJA CHICA, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 012-2001- PR-GR PUNO, que en el numeral 1. del rubro vi: DE LARENDICIÓN, dispone que la rendición de la habilitación de los Fondos para Pagos en Efectivo se debe efectuar en el lapso de 72 horas de generado el gasto y/o retornado dela comisión de servicio oficial, bajo responsabilidad; en caso de incumplimiento, el monto recibido será devuelto en efectivo a la Oficina de Tesorería. La habilitación de fondosal procesado se acredita con los recibos de fechas 2 y 9 de agosto, 10 de setiembre, 21 de noviembre y 8 de diciembre 2004, por la suma total de S/. 2,350.00 nuevos soles;Mediante Carta Nº 004-2005-GR PUNO/ORA, recibida por don Carlos Manuel Renato Torres Soto, el 26 de enero 2005, se le requirió que cumpla con efectuar la rendiciónde los fondos habilitados, rendición que fue efectuada recién el 16 de febrero 2005, según el Informe Nº 02-2006- GRPUNO-ODI emitido el 16 de abril 2006 por la Oficina deImagen y Desarrollo Institucional; con dichos documentos se prueba que no cumplió con rendir cuentas en el plazo establecido por la Directiva indicada; habiendo transgredidodicha Directiva Regional y lo establecido en los incisos a) y h) del artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 º y el artículo 127º de su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en consecuencia, está acreditado que incurrió en la comisión de falta administrativa tipificada por los incisos REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL