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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 331451REPUBLICADELPERU a) Carné Sanitario otorgado con exámenes médicos practicados en la División de Sanidad de la Municipalidadde Pueblo Libre, comprende los siguientes exámenesmédicos: 1er Control:- Examen Médico General. - Examen de Laboratorio (descarte de sífilis).- Examen Dental (odontograma).- 2 Fotos tamaño carné a color y mica. 2do Control:- Examen Médico General. - Examen de Laboratorio (descarte de tuberculosis en esputo). b) Carné Sanitario con exámenes médicos practicados en otros centros médicos autorizados por el Ministerio deSalud, comprenden los siguientes exámenes: 1er Control:- Examen Médico General realizado en la División de Sanidad de la Municipalidad de Pueblo Libre. - Examen de Laboratorio (descarte de sífilis) realizado en otros Centros Médicos, autorizados por el Ministerio deSalud. - Examen Dental (odontograma) realizado en otros Centros Médicos, autorizados por el Ministerio de Salud. - 2 Fotos tamaño carné a color y mica. 2do Control:- Examen Médico General realizado en la División de Sanidad de la Municipalidad de Pueblo Libre. - Examen de Laboratorio (descarte de tuberculosis en esputo) realizado en otros Centros Médicos, autorizadospor el Ministerio de Salud. Artículo 6º.- Casos excepcionales Luego del Examen Médico General llevado a cabo por la División de Sanidad, si el médico considera conveniente larealización de un Examen de Rayos X, éste podrá serrealizado en ésta o en cualquier otro centro médico autorizadopor el Ministerio de Salud. El valor del Examen de Rayos Xrealizado en la División de Sanidad será de 0.3529% UIT. Artículo 7º.- Entrega del Carné Sanitario La entrega del Carné Sanitario será en un plazo máximo de 24 horas e incluirá una charla informativa. Artículo 8º.- Infracciones y Multas El que hace uso de un documento falso o adultera uno verdadero, que pueda dar origen a derecho u obligacióncomo si fuese legítimo, siempre que su uso ocasione algúnperjuicio, será puesto en conocimiento a la Oficina deProcuraduría Pública Municipal, para las accionescorrespondientes, sin perjuicio de las sancionesadministrativas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Exclúyase los Procedimientos Nº 02 y Nº 04 de la Gerencia de Desarrollo Humano – División de Sanidad,de la Ordenanza Nº 215-MPL, que aprobó el Texto Únicode Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. Segunda.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 177-MPL, que aprobó el Cuadro Tarifario de Servicios que presta laMunicipalidad de Pueblo Libre, en la parte correspondientea la Gerencia de Desarrollo Humano – División de Sanidad,los siguientes servicios con la codificación respectiva: 1.107Carné Sanitario otorgado con exámenes médicospracticados en la División de Sanidad de la Municipalidadde Pueblo Libre y 1.108 Carné Sanitario con exámenesmédicos practicados por otros Centros Médicos autorizadospor el Ministerio de Salud. Tercera.- Deróguese la Ordenanza Nº 37-MPL, del 28 de setiembre del 2000. Cuarta.- Autorizar al Alcalde, la emisión de las disposiciones reglamentarias necesarias para elcumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Humano, el cumplimiento de la presente. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 03445-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G32/G30/G30/G37 ORDENANZA Nº 176– MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVisto, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de octubre de 2006, el Informe Nº 034-2006-08-SGC/MSI del SecretarioGeneral de fecha 17 de octubre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que apruebala Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV,sobre descentralización, establecen que las municipalidadespromuevan, apoyan y reglamentan la participación vecinalen el desarrollo local, formulen sus presupuestos con laparticipación de la población y rindan cuenta de su ejecuciónanualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el Artículo 1º de la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056, establece que el proceso delPresupuesto Participativo es un mecanismo de asignaciónequitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de losrecursos públicos, que fortalece las relaciones Estado -Sociedad Civil. Para ello los Gobiernos Regionales yGobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismosy estrategias de participación en la programación de suspresupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de lagestión de los recursos públicos; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, disponeque las municipalidades regularán mediante Ordenanzalos mecanismos de aprobación de sus PresupuestosParticipativos; Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen, una efectiva participaciónvecinal, conforme a lo señalado en el Artículo 9º, Inciso 14)de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 011-2006-EF/76.01, se regula la programación de los PresupuestosParticipativos para el año 2007; Que, es necesario contar con un instrumento normativo interno que permita establecer los mecanismos yprocedimientos para el desarrollo del Proceso delPresupuesto Participativo en el distrito de San Isidro, quegarantice una óptima participación de los representantesde la Sociedad Civil Organizada y entidades del GobiernoCentral; De conformidad con lo establecido en los Artículos 9º, Numerales 8) y 14) de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite delectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INSTITUCIONAL 2007 Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Institucional 2007, queconsta de veinticuatro artículos y que forma parte integrantede la presente Ordenanza; Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde a dictar las medidas y normativas complementarias para el correctodesarrollo de las acciones del Proceso Participativo delPresupuesto Institucional 2007.