Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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331448

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

Publicas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- DISPENSAR de la lectura y aprobacion del Acta para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03450-1

Articulo 7º numeral 2. De la obligacion de presentar declaraciones y comunicaciones ante la Administracion. a) No presentar las Declaraciones Juradas, que contengan la determinacion de la deuda tributaria dentro del plazo establecido. b) No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. Articulo 7º numeral 4. Del cumplimiento de las obligaciones tributarias. a) No incluir en las declaraciones, patrimonio, actos gravados o percibidos o declarar cifras falsas o datos falsos u omitir circunstancias que influyan en la determinacion de la obligacion tributaria. 3º.- Las multas tributarias vinculadas al Impuesto Predial que se encuentren en via de Cobranza Coactiva y contra las que se hayan interpuesto medidas cautelares, se acogeran a los beneficios establecidos en el articulo primero a la cancelacion de la deuda tributaria correspondiente a cada ejercicio. En este caso, la medida cautelar se mantendra hasta la cancelacion total de la deuda materia de cobranza coactiva. En todos los demas casos, le resulta aplicable lo establecido en el Articulo Primero de la presente Ordenanza, asi como la exoneracion del pago de las costas procesales que hubiere generado aquella. 4º.- El pago al contado de cualquier deuda en aplicacion de la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de los recursos impugnatorios asi como de las solicitudes no contenciosas que se hayan interpuesto contra dichas deudas. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria asi como a la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Unidad de Relaciones Publicas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- DISPENSAR de la lectura y aprobacion del Acta para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03449-1

Establecen beneficios de exoneracion de pago de multas tributarias
ORDENANZA Nº 210-C/MC Comas, 13 de octubre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de octubre de 2006, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Asuntos Legales, relacionada con el Informe Nº 068 -2006-GAT/MC de fecha 5 de octubre de 2006 del Gerente de Administracion Tributaria. CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les atribuyen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 198-C/MC de fecha 24 de MORDAZA de 2006, modificada con Ordenanza Nº 205-C/MC de fecha 8 de setiembre de 2006, se aprobaron beneficios de naturaleza tributaria a los contribuyentes de la jurisdiccion para regularizar el pago de las multas tributarias vinculadas al impuesto predial y tasa de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines, habiendose establecido un plazo hasta el 16 de octubre de 2006; Que, las facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en atencion a pedidos concretos de la poblacion, amerita ser prorrogado a fin de extender los beneficios tributarios a un universo mayor de vecinos; Que, de conformidad con los Informes Nº 068-2006GAT/MC y Nº 501-2006-GAJ/MC, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Asuntos Juridicos respectivamente, y estando a lo expuesto y en uso de las facultades por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DISPONGASE los siguientes beneficios tributarios, hasta el 31 de diciembre del presente ano, de acuerdo al siguiente texto: 1º.- Exonerar del pago de las multas tributarias a los contribuyentes que se acojan voluntariamente a lo dispuesto en la presente ordenanza, que cumplan con la actualizacion de valores de los predios mediante Declaracion Jurada y cancelen los periodos anuales determinados. 2º.- Exonerar del pago de multas tributarias generadas en los procedimientos de fiscalizacion del Impuesto Predial incluidas en las Resoluciones de Determinacion y Multa, a aquellos contribuyentes que cumplan con la actualizacion de valores de los predios mediante Declaracion Jurada y cancelen los periodos anuales determinados. El beneficio se circunscribe a las sanciones establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones Tributarias aprobada con Ordenanza Nº 127-C/MC, siguientes: Articulo 7º numeral 1. De la Obligacion de inscribirse o acreditar la inscripcion en los Registros de la Administracion: a) No inscribirse en los Registros de la Administracion Tributaria, salvo aquellos que la inscripcion constituya condicion para el goce de un beneficio.

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Autorizan uso de cerros del distrito como elementos de publicidad electoral para el MORDAZA de Elecciones Municipales 2006
ORDENANZA Nº 085-CDLCH
Chosica, 14 de octubre del 2006 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Lurigancho - Chosica, en Sesion Ordinaria convocada para la fecha, vista la mocion de Orden del Dia presentada por la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bolimbo para que mediante Ordenanza Municipal se disponga la autorizacion a las diversas agrupaciones politicas para que efectuen pintas en los cerros del distrito como una de las formas de publicidad de las diversas candidaturas que participan en el MORDAZA de elecciones municipales 2006.

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