Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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mensurables, cuyo valor de obra no sea mayor de seis (06) UIT. A los procedimientos MORDAZA indicados podran acogerse las personas senaladas en el Articulo 4º de la presente Ordenanza que tramiten edificaciones con Uso Mixto de Vivienda Comercio o Vivienda Taller siempre que cumplan con la Zonificacion correspondiente, el Indice de Usos y el Reglamento para la Ubicacion de Actividades Urbanas. Articulo 7º.- REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE OBRA NUEVA, REMODELACION Y/O DE AMPLIACION DE OBRA Los procedimientos administrativos para la obtencion de Licencia de Obra Nueva, Remodelacion y/o de Ampliacion de Obra se inician con la MORDAZA de los siguientes documentos: a) Formulario Unico Oficial - FUO, parte 1 por quintuplicado, completo, debidamente llenado y firmado por el propietario y el profesional responsable de la obra. (con excepcion del item 3.3 sobre dictamen de titulacion del predio) En el caso de copropiedad deberan llenar el anexo "A" del FUO para condominos Personas Naturales. b) Documento de propiedad debidamente inscrito en el Registro de Predios de la SUNARP, o contrato de compraventa, MORDAZA o certificado de Adjudicacion otorgado por el titular de la Urbanizacion, o Habilitacion MORDAZA en tramite a la que pertenece, sea esta persona natural o juridica, Cooperativa de Vivienda, Asociacion de Vivienda u otra forma asociativa de propiedad, con dominio del terreno matriz inscrito en el Registro de Predios de la SUNARP o cualquier documento que acredite el derecho de propiedad sobre el inmueble materia del tramite; y para los predios ubicados en la Macrozona 1 y 2 el documento que acredite el tracto sucesivo o MORDAZA de Posesion otorgada por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en el MORDAZA de la presente Ordenanza. La MORDAZA o certificado de Adjudicacion a que se refiere el item anterior, debera estar vigente y consignar el numero del expediente por el cual la organizacion ha cumplido con presentar la documentacion requerida para la formalizacion de la habilitacion MORDAZA en el MORDAZA de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 259MSS. Si el inmueble esta sujeto al Regimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun, en los casos de afectarse areas de propiedad comun se debera adjuntar la autorizacion de la Junta de Propietarios, de no haber Junta de Propietarios, debera contar con las firmas del 50%+1 de los copropietarios de las zonas afectadas. c) Plano de ubicacion a escala 1/1,000 en formato A4 firmado por Arquitecto colegiado. d) Planos de Arquitectura Plantas, Cortes y Elevaciones a escala 1/100 en formato A-4 o A-3 segun el caso, firmados por Arquitecto colegiado y por el o los propietarios en caso de copropiedad. e) Presupuesto de Obra, suscrito por el profesional responsable del tramite, formulado sobre la base de las tablas de valores unitarios oficiales vigente a la fecha de la MORDAZA, actualizado con el Factor de Reajuste correspondiente al mes en que se presenta la documentacion, factor que sera proporcionado por la Municipalidad de MORDAZA de Surco. En el caso de las remodelaciones u obras no mensurables, el Presupuesto de Obra detallado sera de responsabilidad del profesional responsable del tramite. f) Carta de Responsabilidad Profesional, por la que el profesional (Arquitecto Colegiado) con caracter de "Declaracion Jurada" se hace responsable del proyecto y la ejecucion de la obra dentro de las normas reglamentarias y de las buenas practicas constructivas. De no ser Arquitecto el responsable de la ejecucion de la obra, se debera adjuntar Carta de Responsabilidad Profesional del Ingeniero Civil que sera el responsable de la ejecucion de la obra, igualmente con caracter de "Declaracion Jurada" con las mismas caracteristicas senaladas en el parrafo anterior, el formato oficial de la carta o las cartas seran proporcionados por la municipalidad. Para la ejecucion de la obra, es obligatorio contar con carta de responsabilidad profesional vigente, de existir cambio en el profesional que figura en la Carta al inicio del tramite, es obligacion bajo responsabilidad del propietario presentar ante la municipalidad mediante FOM nueva carta de Responsabilidad del profesional responsable de la obra como requisito previo al inicio de la misma, obligacion que quedara formalizada en la Declaracion Jurada a que se refiere el item anterior.

g) Comprobante de pago de Derecho de Tramite y Derecho de Revision, el Derecho de Tramite que se abonara en la Municipalidad es de S/. 70.00 (Setenta y 00/100 Nuevos Soles), y el Derecho de Revision es igual al 0.05% del valor de la Obra, suma que sera abonada directamente en el Colegio de Arquitectos del Peru. h) Boleta de Habilidad Profesional Responsable de la Obra (Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado) del Colegio profesional que corresponda. i) Declaracion jurada suscrita por el administrado, indicando el domicilio legal (numero de MORDAZA electronica, la que sera proporcionada por la municipalidad) lugar donde se notificaran todos los pronunciamientos expedidos por la Subgerencia de Licencia y Habilitaciones Urbanas, y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, de ser el caso. Articulo 8º.- REQUISITOS PARA REGULARIZACION DE OBRA, REMODELACION Y/O DE AMPLIACION SIN LICENCIA Se presentaran los requisitos establecidos en los literales a), b), d), g), h) y i) del articulo anterior y adicionalmente los siguientes: a) FUO parte 2 por triplicado a fin de permitir la inscripcion de la edificacion, una vez regularizada, en el Registro de Predios de la SUNARP. b) Los Planos a que se refieren los literales c) y e) del articulo precedente, suscritos por el profesional responsable del tramite el que en este caso podra ser Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado. c) Memoria descriptiva detallada del predio materia de regularizacion. La informacion tecnica que figura en los planos y memoria descriptiva a que se refieren los literales precedentes debe concordar estrictamente con la realidad fisica del inmueble y tiene caracter de "Declaracion Jurada", la misma que responsabiliza al propietario y al profesional responsable de la obra que lo suscribe; en caso que la informacion presentada no sea veraz, se podran iniciar las acciones penales correspondientes; asi como proceder a la declaracion de la nulidad del acto administrativo. d) Carta de Responsabilidad Profesional, con caracter de "Declaracion Jurada" firmada por el Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado responsable del tramite de regularizacion, por la que garantiza la seguridad estructural de la obra materia de regularizacion y que esta ha sido ejecutada respetandose las buenas practicas constructivas. El formato oficial de la carta sera proporcionado por la municipalidad. Articulo 9º.- REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA MORDAZA DE POSESION EN EL MORDAZA DE LA MORDAZA DE FACILITACION a) Solicitud dirigida al MORDAZA firmada por el interesado (modelo a proporcionar por la Municipalidad. b) Memoria Descriptiva. c) Plano de Ubicacion y Perimetrico simple. d) Acreditar una antiguedad no menor a 5 anos como contribuyente de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, adjuntando comprobantes de pago por Impuesto Predial o Arbitrios Municipales. Ar ticulo 10º.- PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE OBRA NUEVA, REMODELACION Y/O DE AMPLIACION DE OBRA Los pasos a seguir para la tramitacion de la Licencia de Obra Nueva, Remodelacion y/o ampliacion de Obra son: 1. El expediente se presentara en los Centros de Atencion Surcana, "CAS Palacio" ubicado en el Pasaje MORDAZA Pena s/n Cercado de MORDAZA o "CAS ­ MORDAZA Alegre", ubicado en la Av. MORDAZA Civil Sur s/n Manzana "F", Lote 7, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, lugar donde se verifica que la documentacion, se encuentre completa y conforme en lo administrativo y legal. Igualmente se emitira el dictamen legal, (numeral 3.3 del FUO), el cual sera llenado y suscrito por el abogado que proporcionara esta Corporacion. De faltar algun requisito, o ser insuficiente la documentacion tecnica o legal presentada, la omision u observacion se notificara en el acto al interesado, quien tendra 48 horas para subsanarla, transcurrido dicho plazo sin que se subsane la observacion, se considera por no presentado el expediente. 2. De encontrarse el expediente conforme (en lo administrativo y legal) se liquidara el derecho de tramite,

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