Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

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EP

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LICA DEL P E

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U

NORMAS LEGALES

331621

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOCROJA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion materiales de construccion para mejoramiento y construccion de la Carretera Locroja-Piso
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2006/A-MDL Locroja, 24 de octubre de 2006 VISTO: En sesion de Concejo Extraordinario de fecha 23 de octubre de 2006; el Informe Tecnico Nº 09­CMCLPJLMV-RO, suscrito por el Residente de la obra: MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION DE LA CARRETERA LOCROJA - PISO, e Informe Legal, de fecha 2 de octubre; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Informe Nº 09­CMCLP-JLMV-RO, el Residente de la Obra: Mejoramiento y Construccion de la Carretera Locroja ­ Piso, manifiesta que el proveedor Max MORDAZA MORDAZA Nunez, ganador de la Buena Pro, para la provision de materiales de construccion, para la obra en mencion, tan solo ha entregado parte de los materiales requeridos en el contrato suscrito con la Municipalidad Distrital de Locroja, Que, han transcurrido mas de dos meses, desde la fecha de reinicio de obra, y el proveedor mencionado mantiene su negativa de proveer los materiales requeridos, tiempo que ha sido excesivo y perjudicial para la correcta ejecucion de la obra, por lo que se ha visto obligado a la paralizacion temporal de la obra, del mismo, las excavaciones de las zanjas para la colocacion de las alcantarillas, ya se encuentran realizadas y ante la proximidad de la epoca de lluvias se corre el riesgo de caidas de taludes en las zanjas y erosion en el fondo de las mismas, asi como se ha avanzado de manera significativa con la estructura del MORDAZA, el mismo que requiere de la provision de materiales de manera urgente, hecho que trae consigo perjuicio economico para la Municipalidad Distrital de Locroja, por cuanto tendria que contratar personal para reperfilar y retirar el material caido en la zanja, el elevamiento del nivel de las aguas, pondrian en riesgo la estructura del MORDAZA, y de la misma manera mientras, se continue con la obra paralizada se seguira generando gastos tanto en el costo directo, como en los costos indirectos; siendo causal de desabastecimiento inminente de materiales, por lo que solicita de manera urgente que se provea de los materiales faltantes por un valor referencial de S/. 216,882.00 Nuevos Soles. Que, el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Otarola; Asesor Contable, mediante el Informe Nº 028-2006/CPCSLBO/ AE, del 2 de octubre de 2006, solicita la declaratoria de desabastecimiento inminente la provision de materiales de construccion, de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento; materiales que estan considerados en el presupuesto analitico de la obra, asimismo, recomienda se prosiga el tramite regular a fin de que se apruebe por el Pleno del Concejo; Que, mediante el informe legal del asesor legal externo, opina que se declare en situacion de desabastecimiento inminente, la adquisicion de materiales de construccion, Que, de los informes MORDAZA descritos, se observa el peligro de paralizar la obra ante la falta de los materiales, por lo que es necesario evaluar el alcance de la normatividad vigente, aplicable al caso, la peticion de una declaratoria de desabastecimiento inminente;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 192º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de acuerdo a ley; Que, el articulo 21º del precitado cuerpo legal, establece que el desabastecimiento inminente es aquella situacion extraordinaria e imprevisible, en la que al ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a realizar la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo suficiente para llevar acabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. La aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de la responsabilidad de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Constituye agravante la responsabilidad si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la entidad. En cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el pacto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan; Estando a los informes del visto y de conformidad con lo establecido en los articulos 19º, 20º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM, los articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su reglamento aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM; y las facultades establecidas en los articulos 39º y 41º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad adopto el siguiente: ACUERDO: 1. Declarar en situacion de desabastecimiento inminente, la adquisicion de:
(29) MATERIALES DE CONSTRUCCION 1.00 2.00 3.00 4.00 5.00 6.00 7.00 ALCANTARILLA TMC DE 36" INCL/PERNOS MORDAZA MEDIANA MORDAZA ZARANDEADA 3/4" MORDAZA GRANDE MORDAZA GRUESA SELECTA CEMENTO PORTLAND MORDAZA I MORDAZA ROBLE CORRIENTE (SIMILAR) DE 4"X4"X10' Tablas 8"x1x10" Cuartones 2"x3"x10" 8.00 9.00 10.00 11.00 12.00 13.00 BARANDA FºGº ST ISO-1 D=2" de L = 16 ml. TUBO PVC SAL 2" PLANCHA MORDAZA LAC 1/2" SOLDADURA CELLOCORD MORDAZA Fº NEGRO 3"X3"X1/4" 9 m NEOPRENE ML UND UND UND UND 2.50 720.00 10.00 225.00 750.00 150.00 375.00 1.00 720.00 10.00 100.00 3.00 675.00 2.00 1,500.00 216,882.00 UND UND UND 18.66 14.00 900.00 200.00 3,732.00 100.00 1,400.00 2.00 1,800.00 M3 M3 M3 M3 BOL 40.00 70.00 40.00 70.00 22.50 50.00 2,000.00 150.00 10,500.00 200.00 8,000.00 200.00 14,000.00 4,000.00 90,000.00 UND ML P.U 380.00 CANTIDAD PARCIAL 216.00 82,080.00

TOTAL

para la obra: MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION DE LA CARRETERA LOCROJA ­ PISO, por el plazo de 20 dias. 2. Exonerar del MORDAZA de Seleccion correspondiente, para la adquisicion de los materiales de construccion, para la obra mencionada, por el monto de la referencia de S/. 216,882.00, la que sera financiada con los recursos de Donaciones y Transferencias. 3. Autorizar a la Sugerencia de Abastecimiento la que haga sus veces, contratar la adquisicion requerida mediante el MORDAZA correspondiente para la adquisicion de los materiales de construccion, para

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