Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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331616

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

publico de confianza de Director General de la Direccion Regional MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario, con Nivel Remunerativo F-4. Articulo 3º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a los interesados y a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELSA MORDAZA MORDAZA Presidente Instituto Nacional Penitenciario 03626-1

OSINERG
Modifican Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 558-2006-OS/CD MORDAZA, 16 de octubre de 2006 VISTO: El Memorando Nº GFHL-ALHL- 4021-2006 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, normas de caracter general; Que, asimismo, segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG- el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo OSINERG Nº 013-2004-OS/CD, se aprobo el Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas, el cual establece los criterios y procedimientos especificos y clasificacion de las Empresas Supervisoras, asi como la contratacion, designacion y ejecucion de las tareas de supervision y fiscalizacion que realizaran dichas empresas; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 459-2005-OS/CD del 20 de diciembre de 2005, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones, Organigrama y Cuadro de Asignacion de Personal de OSINERG; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 091-2006PCM, publicada en el diario Oficial El Peruano el 30 de marzo de 2006, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia de OSINERG; Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el citado Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas, a fin de adecuar dicho cuerpo normativo a la nueva estructura organizacional de las Gerencias de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos y de Gas Natural de OSINERG, estableciendo las labores de supervision que van a desarrollar las divisiones y unidades que conforman las citadas Gerencias; Que, de otro lado, luego de evaluar las normas del Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas que establecen las conductas que constituyen faltas administrativas sancionables en las que podrian incurrir las Empresas Supervisoras, se ha determinado que no se ha recogido, de forma expresa, como conductas

constitutivas de infraccion sancionable a las prohibiciones establecidas en el articulo 106º del Reglamento General de OSINERG, asi como a los incumplimientos de las obligaciones consignadas en el articulo 22º del citado Reglamento de Supervision; Que, en virtud a lo MORDAZA senalado corresponde modificar los articulos 5º, 12º, 31º y 40º del Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas, asi como el Anexo 2 del citado cuerpo normativo, debiendo en este ultimo caso, ademas, precisar las sanciones pasibles de aplicar; Que, teniendo en consideracion que la finalidad de la presente MORDAZA es que el Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas se adecue a la nueva estructura organizacional de las Gerencias de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos y de Gas Natural de OSINERG; asi como que contemple de forma integral las conductas constitutivas de infraccion sancionable en que podrian incurrir las Empresas Supervisoras resulta necesario modificar a la brevedad el citado cuerpo normativo; debiendo exceptuarse a la presente MORDAZA del requisito de pre-publicacion en el diario oficial "El Peruano" dada la urgencia de su promulgacion conforme lo establecido en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal, de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos Liquidos, de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 5º del Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas aprobado por Resolucion de Consejo Directivo OSINERG Nº 013-2004OS/CD, el mismo que quedara redactado en los siguientes terminos:

"Articulo 5º.- HIDROCARBUROS LIQUIDOS Y GAS NATURAL 5.1.- La supervision puede ser: a) Supervision Preoperativa b) Supervision Operativa c) Supervision de Plan de Abandono de Actividades d) Supervision Especial 5.2.- Supervision Preoperativa es aquella supervision que se realiza para obtener la conformidad del OSINERG sobre una instalacion, unidad, sistemas o equipos con los que se va realizar actividades relacionadas al sub sector Hidrocarburos. 5.3.- Supervision Operativa es aquella que se realiza a instalaciones o unidades que se encuentran autorizadas a operar para determinar si conservan las caracteristicas establecidas por la normatividad vigente del subsector hidrocarburos. 5.4.- Supervision de Plan de Abandono de Actividades son aquellas que determinan si el abandono de una instalacion o unidad se ha realizado de conformidad con la normatividad vigente. 5.5.- Supervision Especial es aquella que se realiza con fines especificos, destinada a comprobar si ciertas caracteristicas de la operacion, instalacion o equipamiento tienen las condiciones requeridas por las normas, o que las acciones efectuadas se han realizado correctamente, asi como hechos circunstanciales como: a) Informalidad. b) Accidentes: incendios, explosiones, accidentes industriales, etc. c) Contaminacion de cuerpos receptores por derrames, emisiones, etc. d) Denuncias

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