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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331610El Peruano viernes 27 de octubre de 2006 Segundo.- De conformidad con el artículo 207° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, los recursos impugnativos sonReconsideración, Apelación y Revisión, pudiendo serpresentados en el término de quince días contados apartir del día siguiente de la notificación ante la Gerencia de Administración de Personal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. Arenales N° 1402 –Sétimo Piso – Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese PATRICIA MEDINA LINARES Gerente de Administración de Personal – GCRHESSALUD 03543-1 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G73/G6F/G66/G74/G53/G65/G6C/G65/G63/G20/G41/G63/G61/G64/G65/G6D/G69/G61/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G73/G65 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1698/INC Lima, 13 de octubre de 2006CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 174-2006-INC-GG-OLPBS de fecha 26 junio de 2006, la Oficina de Logística yProducción de Bienes y Servicios señala que el Área deInformática ha concluido con inventar los Programas deSoftware que viene utilizando el INC, encontrándose que en un 90% de estos programas no cuentan con las respectivas licencias de Software, quedando en situaciónde desprotección de uso de los derechos de autor; porlo que indican que es necesario dar prioridad al procesode renovación de licencias, solicitando se autorice laasignación presupuestal en un promedio de $ 136,423.62 Dólares Americanos, según cotización que adjuntan la misma que incluye la Unidad Ejecutora Cusco; Que, el Área de Informática mediante Informe Nº 097-2006/INC/GG/OLPBS/AI de fecha 20 desetiembre de 2006, señala los beneficios de contar conel programa de Software Microsoft Selec Academia License, indicando la propuesta técnica de los servicios que incluye y la existencia en nuestro país de unproveedor único directo, la empresa COSAPI DATA S.A; Que, mediante Informe Técnico Nº 02-2006-INC/GG- OLPBS de fecha (2.10.06) la Oficina de LogísticaProducción de Bienes y Servicios señala que es necesario la adquisición de licencias de Software la misma que tiene como Proveedor Único Directo a la empresaCOSAPI DATA S.A., según la certificación hecha porMicrosoft Perú; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece las normas básicas que contienen los lineamientos quedeben observar las Entidades del Sector Público, dentrode criterios de racionalidad y transparencia, en losprocesos de adquisiciones y contrataciones de bienes,servicios u obras; Que, el Artículo 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque se encuentran exonerados de los procesos deselección las adquisiciones y contrataciones “(…) e)Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos yexista proveedor único (…)”. Asimismo el Artículo 20º del T.U.O. precitado señala que todas las exoneraciones salvo las previstas en el literal b) del Artículo 19º, seaprobarán mediante: e)Resolución del Títular del Pliegode la Entidad; Que, el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM norma que: “En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutosa los requeridos por el área usuaria, y siempre que existaun solo proveedor en el mercado nacional, la Entidadpodrá contratar directamente. Se considerará que existeproveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecidola exclusividad del proveedor”; Que, el Artículo 148º del Reglamento antes citado establece el Procedimiento para las adquisiciones ycontrataciones exoneradas señalando “La entidad efectuará las adquisiciones o contracciones en forma directa, mediante acciones inmediatas, requiriéndoseinvitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla conlas características y condiciones establecidas en lasBases, la misma que podrá ser obtenida por cualquiermedio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico (….) se realiza por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto”; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Sede Nacional del INC mediante Informe Nº 148-2006/INC-OPP de fecha 11 de setiembre de 2006, manifiesta que en el Presupuesto Institucional aprobado por la Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal - 2006, se encuentran previstos los recursosque permiten atender el pago del citado servicio, en laGenérica de Gasto 3 por un monto de $ 53,104.11 queal tipo de cambio hacen un total de S/. 173,119.40, el mismo que deberá afectarse en la Unidad Orgánica, Fuente de Financiamiento y Cadena de Gasto. Asimismo,por Memorando Nº 595-2006-DRC-C-INC/PP de fecha11 de octubre de 2006, la Oficina de Planificación yPresupuesto de la Dirección Regional de Cultura deCusco, hace de conocimiento que cuentan con la disponibilidad presupuestal de S/. 280,000.00 para la adquisición de Licencias de Programas Informáticos; Que, mediante Informe Nº 726-2004-INC/OAJ de fecha 11 de octubre de 2006, la Oficina de Asuntos Jurídicosopina corresponde expedir la Resolución DirectoralNacional que apruebe la exoneración del Proceso de Adjudicación Directa Pública para la adquisición de Licencia Microsoft Selec Academia License, por la casualde proveedor único para la Sede Central y Sede RegionalCusco con un valor referencial de Ciento Setenta y TresMil Ciento Diecinueve y 40/100 nuevos Soles(S/. 173,119.40) y Doscientos Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.280,000.00) correspondientemente. Asimismo se autorice a la Oficina de Logística yProducción de Bienes y Servicios proceda a la contratacióndel servicio indicado mediante acciones inmediatas ydisponga efectuarse su publicación en el SEACE y en elDiario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) hábiles siguientes a su emisión, remitiendo copia de la misma y de los informes que la sustentan, a la Contraloría Generalde la República y al Consejo de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo; Estando a lo visado por la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal - 2006, Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funcionesdel Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER que no admiten sustitutos la adquisición de Licencias Microsoft SelecAcademic License ofertado en nuestro país por COSAPIDATA S.A como Proveedor Único Directo, requeridospor la Sede Nacional y la Dirección Regional de CulturaCusco del Instituto Nacional de Cultura. Artículo Segundo.- APROBAR la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DIRECTAPÚBLICA para la adquisición de Licencias Microsoft SelecAcademia License, señalados en el Artículo 1º por las