Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (27/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331622El Peruano viernes 27 de octubre de 2006 la obra señalada, conforma a lo previsto en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y el artículo 148º de sureglamento. 4. Disponer el inicio de las acciones correspondientes, tendientes a establecer la responsabilidad y lacorrespondiente sanción cuya conducta originó lapresencia o configuración de la exoneración, materia de la presente resolución. 5. Disponer que a través de Secretaría General, se remitan copias del presente acuerdo, así como los informes técnicos y el informe legal que lo sustentana la Contraloría General de la República y al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, dentro del plazo de 10 (Diez) días hábilessiguientes a su expedición. 6. Encargar a la Gerencia de Administración o quien haga sus veces, la publicación del respectivo acuerdo del Concejo en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º delT.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. 7. Disponer el reporte y publicación del presente acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisicionesy Contrataciones del Estado – SEACE. POR TANTO: Mando se regístre, comuníque y cúmpla. CLETO ARAUJO PORRAS Alcalde 03597-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G6E/G6F/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G50/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G2D/G20/G42/G6F/G63/G61/G20/G4D/G61/G6E/G74/G61/G72/G6F/G20/G2D/G20/G56/G61/G6C/G6C/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6E/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2006-MDP Pangoa, 13 de octubre del 2006 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha trece de octubre del 2006, el Informe Nº 08-2006-RO-HESM,presentado por el Residente de Obra, "Construcción de la Posta de Salud en el Anexo Boca Mantaro" de Requerimiento de Compra de Materiales; el InformeNº 197-DDURSA/MDP , de Desabastecimiento de Bienesy Servicios en Obras del Valle del Ene; y el Informe TécnicoLegal Nº 082-2006-OAL-MDP , presentado por el AsesorLegal de la Municipalidad, para Declarar en Desabastecimiento Inminente la adquisición de materiales de construcción y Servicios No Personales para la obraen mención del Valle del Ene; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Leyde Reforma Constitucional Nº 28607, concordantecon el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Y tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM señala que "Se considera situación de desabastecimientoinminente aquella situación extraordinaria e imprevisibleen la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e indirecta e inminentela continuidad de las funciones, servicios, actividades uoperaciones productivas que la entidad tiene a su cargode manera esencial. Dicha situación faculta a la entidada la adquisición o contratación de los bienes, servicios y obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda"; Que, lo expresado en la Norma Legal antes mencionada compromete en forma directa e inminentela continuidad de un servicio esencial como es la previsión de materiales, maquinarias para la ejecución de obras en los Centros Poblados Potsoteni, Ciudadde Dios, Tziriari, Boca Mantaro, Puerto UniónAshaninka, Puerto Porvenir, Las Palmeras deNazangaro, Pachamamilla, etc., según montoestablecido en el Informe Técnico Nº 160º-2006- DDURSA/MDP , por las circunstancias extraordinarias e imprevisibles que precisa el Art. 21º del D.S.Nº 083-2004-PCM, puesto que como es de conocimiento general en el mercado local no está en la condición de abastecer con materiales paradas, yque frente a las constantes por esta zona, encontrándose en estado de emergencia el distrito de Pangoa hace necesario que se adopte esta medida; Que, las obras que se encuentran programadas para su ejecución en el Valle del Ene, corren el riesgo de tenerun retraso en el plazo de ejecución, si no cuentan conlos materiales, así mismo la constante presencia de acciones terroristas ahuyentan a los proveedores; igualmente las obras corren el riesgo de no ejecutarsepor el tiempo limitado y finalización de la gestión,existiendo antecedentes en la ejecución de otras obrasen el Valle del Ene como la Construcción de Letrinas enlas CC. de Y aviro y Boca Mantaro que han conllevado al incumplimiento y retraso en la entrega de materiales por la distancia considerable, no contándose con personaladministrativo ni oficina por parte de la municipalidad y lafalta de transporte hacia la zona, ocasionando undesajuste en el cronograma de obra, por el que sugiereDeclarar en Desabastecimiento inminente; Estando a lo expuesto en atención de pedido, contando con la Opinión Favorable de Asesoría Legalsegún INFORME TÉCNICO LEGAL Nº 082-2006-OAL-MDP y en uso de las facultades conferidas por la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, el ConcejoMunicipal por voto unánime; APRUEBA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la "ADQUISICIÓN DEMATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS NO PERSONALES PARA LA OBRA PUESTO DE SALUD - BOCA MANTARO - VALLE DEL ENE DEL DISTRITO DEPANGOA, provincia de Satipo del departamento de Junín,por el monto referencial de S/. 139,926.33 Nuevos Soles,cuyo Analítico se detalla en la presente Resolución. FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo al GerenteMunicipal y al Comité Especial Permanente de Adquisiciones para llevar a cabo el proceso conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, con ladebida comunicación a la Contraloría General de laRepública, así como disponer su publicación en elSEACE y demás conforme a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CÉSAR RAÚL QUISPE ROJAS Alcalde 03538-1