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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327240El Peruano sábado 2 de setiembre de 2006 b) En función de los siniestros de los últimos treinta y seis (36) meses (Cuadro Nº 6): b.1) Se calculará el importe de los siniestros de seguros y reaseguros aceptados de los últimos treinta y seis (36) meses, netos de anulaciones y recuperos. b.2) Se obtendrá el promedio anual dividiendo la suma resultante en b.1) entre tres (3). b.3) Se obtendrá el 46% de b.2). b.4) El monto obtenido en b.3) se multiplicará por la relación de retención calculada en a.4) del presente numeral. 6.4 Seguros previsionales y SCTR El margen de solvencia por operaciones de seguros previsionales -invalidez, sobrevivencia y gastos desepelio- del Sistema Privado de Pensiones (Ley Nº 25897 y modificaciones) y del seguro complementario de trabajo de riesgo - SCTR (artículo 19º del Decreto Ley Nº 26790),será igual al monto más elevado que se obtenga de la aplicación de los dos procedimientos siguientes y sobre la base de la información contenida en los estadosfinancieros: a) En función de las primas de los últimos doce (12) meses (Cuadro Nº 7): a.1) Se calculará el importe de las primas de seguros y reaseguros aceptados de los últimos doce (12) meses, netos de anulaciones. a.2) Se obtendrá el 27% de a.1).a.3) El monto obtenido en a.2) se multiplicará por la relación de retención calculada en a.4). a.4) La relación de retención resulta de dividir el monto de los siniestros netos de reaseguros de los últimos doce (12) meses entre el importe bruto de dichos siniestros. Esta relación de retención no podrá ser menorde 0,95. b) En función de los siniestros de los últimos treinta y seis (36) meses (Cuadro Nº 8): b.1) Se calculará el importe de los siniestros de seguros y reaseguros aceptados de los últimos treinta y seis (36) meses, netos de anulaciones. b.2) Se obtendrá el promedio anual dividiendo la suma resultante en b.1) entre tres (3). b.3) Se obtendrá el 35% de b.2). b.4) El monto obtenido en b.3) se multiplicará por la relación de retención calculada en a.4) del presente numeral. 6.5 Seguros de vida individual y rentas El margen de solvencia por operaciones de seguros de vida individual y rentas, será igual al monto se obtengade la aplicación del procedimiento siguiente y sobre la base de la información contenida en los estados financieros (Cuadro Nº 9): a) Se calculará el importe de las reservas matemáticas de vida individual y rentas. b) Se obtendrá el 5% de a). c) El monto obtenido en b) se multiplicará por la relación de retención calculada en d) del presentenumeral. d) La relación de retención resulta de dividir el monto de la reserva matemática retenida entre la reservamatemática total. Esta relación de retención no podrá ser menor de 0,85. 6.6 Margen de solvencia total El margen de solvencia total (Cuadro Nº 10) es la suma de los márgenes de solvencia correspondientes alas operaciones de seguros de ramos generales, seguros de accidentes y enfermedades, seguros de vida en grupo, seguros previsionales del Sistema Privado dePensiones y del seguro complementario de trabajo de riesgo, y seguros de vida individual y rentas. Déficit patrimonial por Patrimonio Requerido Artículo 7º.- Cuando el margen de solvencia supere el Patrimonio Efectivo Total, y en tanto no se configure lodispuesto por el numeral 5. del artículo 104º de la Ley General, las empresas pertinentes deberán informar a esta Superintendencia dentro de los dos (2) días hábilessiguientes de tomar conocimiento a la comprobación y presentar dentro de los quince (15) días hábiles posteriores un programa de adecuación, en el que se consigne las medidas adoptadas para eliminar el exceso en un plazo no mayor de tres (3) meses. CAPÍTULO III DEL ENDEUDAMIENTO Definición Artículo 8º.- El endeudamiento corresponde a los créditos que las empresas obtienen de terceros, en el país o en el exterior, por operaciones que no se encuentren referidas a obligaciones con asegurados. El endeudamiento se calcula a partir del pasivo total de la empresa, determinado sobre la base del Balance General del mes del correspondiente período, detrayendo las reservas técnicas, las obligaciones con asegurados originadas en contratos de seguros y aquellos otros conceptos que por su naturaleza no se consideran parte del endeudamiento, y agregando aquellos créditos contingentes, que sin implicar riesgo crediticio, no hubieran sido registrados como pasivos por las empresas. Límite de endeudamiento Artículo 9 º.- El límite para el endeudamiento total que pueden asumir las empresas de acuerdo con lo señalado en el artículo precedente, es el patrimonio efectivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 302º numeral 1 de la Ley General. CAPÍTULO IV DE LA INFORMACIÓN A LA SUPERINTENDENCIA Remisión de la información Artículo 10º.- Las empresas de seguros deben remitir mensualmente, conjuntamente con sus estados financieros, la información que se indica a continuacióny cuyos anexos forman parte del presente Reglamento: Anexo Nº 1 Patrimonio efectivo Anexo Nº 2 Superávit o déficit de patrimonio efectivo Anexo Nº 3 Patrimonio efectivo destinado a cubrir riesgo crediticio Cuadro Nº 1 Activos ponderados por riesgo crediticio Cuadro Nº 2 Créditos contingentes ponderados por riesgo crediticio Cuadro Nº 3 Resumen de activos y créditos contingentes ponderados por riesgo crediticio Anexo Nº 4 Información sobre margen de solvencia Cuadro Nº 1 Seguros de ramos generales - con base a primas Cuadro Nº 2 Seguros de ramos generales - con base a siniestros Cuadro Nº 3 Seguros de accidentes y enfermedades - con base a primas Cuadro Nº 4 Seguros de accidentes y enfermedades - con base a siniestros Cuadro Nº 5 Seguros de vida en grupo - con base a primas Cuadro Nº 6 Seguros de vida en grupo - con base a siniestros Cuadro Nº 7 Seguros previsionales y SCTR - con base a primas Cuadro Nº 8 Seguros previsionales y SCTR - con base a siniestros Cuadro Nº 9 Seguros de vida Individual y rentas Cuadro Nº 10Margen de solvencia total Anexo Nº 5 Límite de Endeudamiento