Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2006 (05/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano martes 5 de setiembre de 2006

Aprueban Beneficio Administrativo para el tramite de regularizacion de licencia para las ampliaciones, remodelaciones, refacciones o modificaciones de inmuebles
ORDENANZA Nº 116-MDSM San MORDAZA, 23 de agosto de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6.2 del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales, para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que, en concordancia con el parrafo precedente, el Articulo 92º de la MORDAZA acotada, dispone, que toda obra de construccion, reconstruccion, conservacion, refaccion o modificacion de inmueble, sea publica o privada, requiere una licencia de construccion expedida por la Municipalidad Provincial, en el caso del cercado, y de la Municipalidad Distrital dentro de cuya jurisdiccion se halle el inmueble, ademas del cumplimiento de los correspondientes requisitos reglamentarios; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con Memorando Nº 359-2006-GDU/MDSM informa, que ultimamente vienen concurriendo a la Municipalidad vecinos con el proposito de regularizar construcciones, modificaciones, refacciones, remodelaciones y ampliaciones realizadas en sus inmuebles; pero que no cuentan con los medios economicos para afrontar el pago de multas; que asimismo, se informa, que la concurrencia a la Corporacion evidencia un deseo de regularizar las construcciones, solucion que permitiria sincerar el Catastro del distrito, promoviendo la MORDAZA que facilite el accionar de los vecinos a regularizar la situacion de sus construcciones; Que, mediante informe Nº 164-2006-GAJ/MDSM de fecha 22 de agosto de 2006, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que, la Municipalidad esta facultada para expedir la MORDAZA que otorgue beneficios y facilidades para el tramite de regularizacion de licencia para las modificaciones, refacciones, remodelaciones o ampliaciones de inmuebles; Que, siendo obligacion de esta Administracion la actualizacion del Catastro Municipal, es de sumo interes otorgar el presente beneficio administrativo, a fin de promover y fomentar la regularizacion de las Licencias en las innovaciones que se realizan a los inmuebles dentro del distrito de San MORDAZA, brindando las mayores facilidades a los vecinos del distrito; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el inciso 5) del Articulo 20º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIO ADMINISTRATIVO PARA EL TRAMITE DE REGULARIZACION DE LICENCIA PARA LAS AMPLIACIONES, REMODELACIONES, REFACCIONES O MODIFICACIONES DE INMUEBLES Articulo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto establecer un Beneficio Administrativo a personas naturales para la Regularizacion de Licencia de ampliaciones, remodelaciones, modificaciones o refacciones a sus viviendas, sin contar con la respectiva autorizacion municipal, siempre que cumplan con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones

y de la Ley Nº 27157 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Articulo Segundo.- ALCANCES Durante su vigencia, el presente Beneficio sera aplicado solo a las personas naturales y propietarios de predios ubicados en San MORDAZA, que hayan ejecutado obras de Remodelacion, Refaccion, modificaciones o ampliaciones destinadas a MORDAZA habitacion, sin licencia de obra, certificado de finalizacion de obra y zonificacion, y declaratoria de fabrica, terminadas hasta el 31 de MORDAZA de 2006. Articulo Tercero.- VIGENCIA El plazo para acogerse a este beneficio es de dos (2) meses, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ordenanza; vencido que este sea, la Administracion procedera a cobrar el integro de la multa administrativa; ademas de ejecutar las sanciones no pecuniarias que se deriven por el incumplimiento de la obligacion. Articulo Cuarto.- PROCEDIMIENTO Las solicitudes para el tramite de Regularizacion de Licencia de Remodelacion, Refaccion, Modificacion o ampliaciones se presentaran conforme a los requisitos que se establecen en el numeral 8.07 de los procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 074-MDSM, que MORDAZA derecho al administrado a estar dentro de los alcances del presente Beneficio Administrativo. Las solicitudes presentadas deberan ser revisadas y evaluadas, en un plazo no mayor de 7 dias utiles, siempre que cumplan con la normatividad vigente. Articulo Quinto.- BENEFICIOS Los propietarios de las edificaciones que se acojan y regularicen al MORDAZA de la presente ordenanza, tendran derecho a la Condonacion del 100% del pago de las multas administrativas impuestas por no contar con licencia de obra para Remodelacion, Refaccion, Modificacion o ampliaciones, que hayan sido aplicadas, con anterioridad al 31 de MORDAZA de 2006 (*). En caso de encontrarse pendiente algun reclamo o impugnacion por multa impuesta por esta clase de infracciones, el administrado debera desistirse de la misma. Articulo Sexto.- PAGO EFECTUADO Los administrados que hayan realizado el pago, al contado o en forma fraccionada, de las multas administrativas impuestas, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no podran solicitar su devolucion. Articulo Setimo.- DESISTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago de las multas senaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automatico de los recursos administrativos (Reconsideracion, apelacion), que se habrian impulsado, debiendo archivarse el procedimiento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Obras Privadas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma. Tercera.- Deroguese las Ordenanzas, asi como cualquier otra disposicion municipal que se oponga a la presente ordenanza. (*) En caso la multa administrativa se encuentre en MORDAZA de cobranza coactiva, el obligado debera cancelar en su totalidad los Gastos y Costas Judiciales que se hubieran generado; solo asi, la Oficina de Ejecutoria Coactiva MORDAZA por concluido el MORDAZA de cobranza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 01739-2

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