NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)
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TEXTO PAGINA: 84
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327582El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 Chaclacayo presenta el Oficio Nº 0246-06-ALC/MDCH, solicitando la aprobación de un nuevo Convenio deDelegación de Competencias en materia de HabilitacionesUrbanas, aprobado por el Concejo Distrital con Acuerdode Concejo Nº 015-06 de fecha 31.5.2006; haciendoreferencia que el Convenio aprobado con fecha 20 de mayo de 2004, por el plazo de vigencia de dos años, se encuentra culminado, persistiendo las mismascondiciones que motivaron su celebración, no contandocon los recursos económicos, técnicos y deinfraestructura, así como la poca demanda ante lacomuna; Que, mediante Informe Nº 225-2006-MML-GDU- SPHU-AL de fecha 20.6.2006, la Subgerencia dePlaneamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerenciade Desarrollo Urbano de esta Corporación Municipal,teniendo en cuenta el vencimiento del Convenio deDelegación de Competencias en materia de Habilitaciones Urbanas anteriormente suscrito, y habiendo aprobado la Municipalidad Distrital de Chaclacayo mediante elAcuerdo de Concejo Nº 015-06 de fecha 31.5.2006 lacelebración de un nuevo Convenio sobre Delegación deCompetencias en materia de Habilitaciones Urbanas, porun período similar al anterior, opina por la suscripción del mismo, considerando que cuenta con la misma modalidad, formalidad y condiciones al suscritoanteriormente; Que, mediante Informe Nº 1433-2006-MML-GAJ de fecha 21.6.2006, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emiteopinión considerando que de la revisión del proyecto, advierten que contiene las cláusulas estándar correspondiente a este tipo de documentos como son labase legal, la naturaleza de las partes, las obligaciones,jurisdicción, domicilio etc.; De conformidad con lo opinado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos en su Informe Nº 1433-2006-MML- GAJ, las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y de Asuntos Legalesen sus Dictámenes Nºs. 64-2006-MML-CMDUVN y 62-2006-MML-CMAL; ACORDÓ: Artículo Único.- Aprobar el Convenio sobre Delegación de Competencia en materia de HabilitacionesUrbanas, que otorga la Municipalidad Distrital deChaclacayo a la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo texto matriz, visado por el Secretario General del Concejo, forma parte integrante del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 01797-1 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65/G65/G73/G74/GE1/G6E/G20/G73/G75/G6A/G65/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G2C/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G36/G32/G30/G2D /G4D/G4D/G4C/G20/G79/G20/G61/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 325 Lima, 28 de agosto de 2006 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de agosto de 2006, los Dictámenes Nºs. 069-2006-MML- CMDUVN y 070-2006-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda yNomenclatura y de Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 198º señala un régimen especial para la capital de laRepública, siendo la Municipalidad Metropolitana de Lima la que ejerce sus competencias dentro del ámbito de laprovincia de Lima. Que, en el mismo sentido, el artículo 151º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que lacapital de la República tiene un régimen especial y que el mismo le otorga a la Municipalidad Metropolitana de Lima en concordancia con la Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783 y la Ley Orgánica deGobiernos Regionales Nº 27867, competencias yfunciones específicas irrestrictas de carácter localmetropolitano y regional. Que, conforme a lo establecido por el artículo 154º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la MunicipalidadMetropolitana de Lima ejerce jurisdicción en las materiasde su competencia sobre las Municipalidades Distritales,incluyendo las funciones de dirigir el sistema metropolitanode planificación, controlar el uso del suelo, definir la red vial metropolitana, entre otros. Que, el Régimen Especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima le confiere, entre otras, lacompetencia y potestad exclusiva para aprobar losplanes metropolitanos en materia de acondicionamientoterritorial y urbanismo, infraestructura urbana, vivienda, seguridad ciudadana, población, preservación del medio ambiente, control del uso del suelo y otros, expresamenteestablecidos en los artículos 157º, 159º y 161º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, el artículo 79º, inciso 1.2, establece como funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación deáreas urbanas, entre otros. Que, conforme al artículo 75° de la Ley Orgánica de Municipalidades, ninguna persona o autoridad puedeejercer las funciones específicas que son de competencia municipal exclusiva y su ejercicio constituye usurpación de funciones. Que, mediante Ordenanza Nº 620-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó elReglamento del Proceso de Aprobación del PlanMetropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y de Actualización de la Zonificación de losUsos del Suelo de Lima Metropolitana, ello en estrictasujeción al marco jurídico vigente, artículo 79° inciso 1,numeral 1.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades, queestablece como funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, elEsquema de Zonificación de áreas urbanas, entre otros. Que, la Municipalidad Distrital de Ate, mediante la Ordenanza Nº 087-MDA, publicada en el Diario Oficial ElPeruano el 8 de setiembre de 2005, aprobó “la Propuesta del Plano de Zonificación y Reajuste del Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas en el Distrito”la misma que en su Primera Disposición Complementaria,dispone la puesta en vigencia del Plano de Zonificación eÍndice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanasdel Distrito de Ate Vitarte; asimismo, disponen la remisión de dichos documentos al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima,conforme a lo establecido en las Ordenanzas Nºs. 620 y719-MML. Que, de acuerdo a la documentación adjunta mediante Oficio Nº 046-2005-MML-CMDUVN, del 27 de octubre de 2005, la Comisión de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura solicitó al Secretario General del ConcejoMetropolitano requiera a la Municipalidad Distrital de AteVitarte, deje sin efecto o rectifique la Primera DisposiciónComplementaria de la Ordenanza Nº 087-MDA; hechoque fue materializado con Oficio Nº 649-2006-MML-SGC del 21 de marzo de 2006; sin embargo hasta la fecha, dicha entidad edil no ha cumplido con dejar sin efecto laOrdenanza submateria. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 127-2005-MML-GAJ, de fecha 10 denoviembre de 2005, emite opinión al respecto, observando que la Ordenanza en cuestión utiliza como sustento la Ordenanza Nº 620-MML, indicando que las