NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 70
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327568El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 directivo, designación de los personeros legales, técnicos, representante legal y apoderado, Estatuto,Ideario, que contiene principios, objetivos y visión deldistrito; Que, con fecha 24 de agosto de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra lainscripción de la organización política solicitante, habiendoquedado en esta Oficina de Registro toda ladocumentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que dentro de tal lapso de tiempo se haya presentado tacha alguna contra lasolicitud de inscripción en el local del Jurado ElectoralEspecial de Lima Este; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas a la Organización Política Local Distrital “Acción Solidaria” del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de OrganizacionesPolíticas Locales correspondiente al tomo número nueve,partida número treinta y siete y disponer la inscripción en el asiento número uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditado como personera legal titular y personero legal alterno a WilfredoEnrique Rodríguez Narro y a Manuel Rengifo Tenazoa,respectivamente. Regístrese y notifíquese. EDDA CECILIA SÁNCHEZ PACHAS ARANDA Registradora de la Oficina de Registrode Organizaciones Políticas del Jurado Nacionalde Elecciones en Lima Este 01792-1 O N P E /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G79/G20/G64/G69/G76/G75/G6C/G67/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G65/GF1/G6F /G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/GE9/G64/G75/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G66/G72/G61/G67/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 206-2006-J/ONPE Lima, 5 de setiembre de 2006 VISTOS; el Oficio Nº 3646-2006-SG/JNE, del 1 de septiembre de 2006, de la Secretaría General del JuradoNacional de Elecciones; el Informe Nº 073-2006-GGE/ONPE, del 1 de septiembre de 2006, de la Gerencia deGestión Electoral; así como el Informe Nº 010-2006- CMSC-MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 740-2006- GAJ/ONPE, ambos de fecha 4 de septiembre de 2006,de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la OficinaNacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce susatribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, es funciónde la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas lasacciones necesarias para el desarrollo de los procesosa su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividadvigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo de 2006, el Presidente de la República ha convocado a Elecciones Regionales 2006, para el día domingo19 denoviembre de 2006; Que, de conformidad con el artículo 165º de la Ley Orgánica de Elecciones, el diseño de la cédula desufragio debe publicarse y presentarse ante lospersoneros de partidos políticos, organizacionespolíticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas; con el objeto que lospersoneros acreditados puedan presentarimpugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragioante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidadcon el artículo 167º de la misma ley; Que, atendiendo a lo dispuesto por la referida norma, con fecha 23 de agosto de 2006, se publicó en el Diario Oficial el Peruano la Resolución Jefatural Nº 192-2006- J/ONPE, mediante la cual se aprobó el diseño de la cédulade sufragio para las Elecciones Regionales 2006, cuyoformato y especificaciones técnicas se consignaron enlos anexos 1 y 2, respectivamente, que formaron partede la mencionada resolución; Que, mediante el Oficio Nº 3646-2006-SG/JNE, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones comunica a la ONPE que no existe ninguna observación contra el diseño de la cédula regional y que, a la fecha,no se ha presentado tacha o impugnación alguna encontra de ésta; Que, de acuerdo a lo expuesto y conforme al artículo 168º de la Ley Orgánica de Elecciones, correspondepublicar y divulgar el modelo definitivo de la cédula desufragio para las Elecciones Regionales 2006; Que, por otro lado, no conociéndose a la fecha el domicilio legal de todas las organizaciones políticas participantes en las Elecciones Regionales 2006, corresponde aplicar el numeral 23.1.1. del artículo 23ºde la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, debiendo dárselas como notificadas con lapublicación de la presente resolución; De conformidad con los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de laONPE, y el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE; y con elvisado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar y divulgar el diseño definitivo de la cédula de sufragio para las Elecciones Regionales2006, cuyo formato y especificaciones técnicas aparecenen los anexos 1 y 2 de la presente resolución,respectivamente. Artículo 2º.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y delas organizaciones políticas participantes en lasElecciones Regionales 2006, cuyo domicilio sea conocidopor la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Artículo 3º.- Notifíquese la presente resolución, mediante su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a las organizaciones políticas participantes en lasElecciones Regionales 2006, que no tengan domicilioconocido. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN DURAND PARDO Jefe Nacional (e)