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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 327573REPUBLICADELPERU a que se refieren los artículos 23º y 24º del mencionado reglamento. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contadosa partir de la fecha de su inscripción en el RegistroPublico del Mercado de Valores, siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocación es prorrogable hastapor un periodo igual, a petición de parte. Para talesefectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podráser presentada después de vencido el referido plazode colocación. Artículo 4º.- La aprobación y el registro a los que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no implicanque CONASEV recomiende la inversión en los valores uopine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.Los documentos e información para una evaluacióncomplementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV eninternet. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Telefónica Móviles S.A., en su calidad de Emisor; a Banco de Crédito del Perú, en su calidad de Agente Estructurador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valoresde Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR LOZÁN LUYO Gerente GeneralComisión Nacional Supervisora de Empresas yValores 01771-1 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G61/G62/G69/G6E/G65/G74/G65/G20/G64/G65 /G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4E/G44 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 068-CND-P-2006 Lince, 1 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se crea el Consejo Nacional deDescentralización - CND, como organismo independientey descentralizado, encargado de dirigir y conducir elproceso de descentralización en el país, confiriéndole autonomía técnica, administrativa y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones delConsejo Nacional de Descentralización, aprobado porResolución Presidencial Nº 036-CND-P-2006, el Gabinete de Asesores es el órgano de asesoramiento del Despacho Presidencial, que depende, funcional yadministrativamente del Presidente del CND; Que, en el marco de lo expuesto en los párrafos precedentes, resulta conveniente designar a losprofesionales que formarán parte del Gabinete de Asesores; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la ResoluciónPresidencial Nº 036-CND-P-2006, Reglamento deOrganización y Funciones del CND; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los señores FRANCISCO GARCIA TELLO y GUILLERMO AUGUSTO DÁVILAROSAZZA, como integrantes del Gabinete de Asesoresdel Consejo Nacional de Descentralización. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO RAZA URBINA Presidente 01854-1 FONAFE FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 004-2006/023-FONAFE Mediante Oficio Nº 02524-2006/DE-FONAFE el Fondo Nacional de Financiamiento de la ActividadEmpresarial del Estado solicita se publique Fe deErratas del Acuerdo de Directorio Nº 004-2006/023- FONAFE, publicado en la edición del 6 de setiembre de 2006. DICE: NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTROCENTRO S.A. DIRECTOR ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE HIDRANDINA S.A. DIRECTOR ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTRONORTE S.A. DIRECTOR ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQU E ELECTRONOROESTE S.A. DIRECTOR DEBE DECIR: NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTROCENTRO S.A. PRESIDENTE ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE HIDRANDINA S.A. PRESIDENTE ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTRONORTE S.A. PRESIDENTE ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQ UE ELECTRONOROESTE S.A. PRESIDENTE 01871-1 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G73 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G61/G72/G72/G6F/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/GF3/G6D/G6E/G69/G62/G75/G73/G2C/G20/G72/G65/G71/G75/G69/G73/G69/G74/G6F/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G65/G6E/G73/G61/G79/G6F/G20/G79/G20/G63/G61/G6C/G69/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0069-2006/INDECOPI-CRT Lima, 23 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcionesdel INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de OrganismoNacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicasrecomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos