NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328046El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006 JUSTICIA Designan funcionario responsable de brindar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 462-2006-JUS Lima, 13 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 490-2005- JUS, se designó a la señora CPC Rosmery Santos Magino, Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia, comofuncionario responsable de brindar información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, con el fin de garantizar y promover latransparencia en la actuación de la entidad, en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 355-2006- JUS, se aceptó la renuncia formulada por la señora CPCRosmery Santos Magino a los cargos que fuera designada, dejando sin efecto las designaciones efectuadas; Que, de conformidad con los artículos 3º, 5º y 8º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, y los artículos 3º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la máximaautoridad de la entidad debe designar, identificando a los funcionarios responsables de brindar la información de acceso al público y de la elaboración y actualización delos portales de internet; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2006-PCM y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor CPC César Augusto Laván Huamán, Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia, comofuncionario responsable de brindar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, con el fin de garantizar y promover latransparencia en la actuación de la entidad, en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 02067-1 Autorizan cierre de centros de conciliación con sede en la ciudad deLima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 330-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 17 de agosto de 2006 Vista, la solicitud con registro Nº 08958, de fecha 20 de marzo de 2006, sobre Autorización de Cierre deCentro de Conciliación, presentada por la asociación civil, CCS CENTRO NACIONAL DE CONCILIACIÓN -CENACO; CONSIDERANDO:Que, la asociación civil, CCS CENTRO NACIONAL DE CONCILIACIÓN - CENACO, fue autorizada medianteResolución Ministerial Nº 004-2000-JUS, de fecha 14 de enero de 2000, a funcionar como Centro de Conciliación denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN DE LAASOCIACIÓN CCS CENTRO NACIONAL DE CONCILIACIÓN - CENACO, con sede en la ciudad de Lima; Que, la asociación civil, CCS CENTRO NACIONAL DE CONCILIACIÓN - CENACO, mediante acta de asamblea general de asociados, de fecha 3 de mayo de2006, acordó el cierre definitivo del Centro de Conciliación; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1311- 2006-JUS/DNJ-DCMA, la entidad solicitante, ha dadocumplimiento a lo establecido en el artículo 61º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS, por lo que esprocedente autorizar el Cierre del Centro de Conciliación solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Justicia y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por LeyesNºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005- JUS - Reglamento de la Ley de Conciliación y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la asociación civil, CCS CENTRO NACIONAL DE CONCILIACIÓN - CENACO, el cierre del CENTRO DE CONCILIACIÓN DE LAASOCIACIÓN CCS CENTRO NACIONAL DE CONCILIACIÓN - CENACO, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 004-2000-JUS, de fecha 14 de enero de 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. TATIANA MENDIETA BARRERA Directora de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Conflictos 02042-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 331-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 17 de agosto de 2006 Vista, la solicitud con registro Nº 038963, de fecha 13 de diciembre de 2005, sobre Autorización de Cierre deCentro de Conciliación, presentada por la asociación civil, ASOCIACIÓN PERUANA DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS - APSODEC; CONSIDERANDO: Que, la asociación civil, ASOCIACIÓN PERUANA DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS - APSODEC, fue autorizada mediante Resolución Viceministerial Nº 038-2000-JUS, de fecha 21 de noviembre de 2000, a funcionar como Centro de Conciliación denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN DE LA ASOCIACIÓN PERUANA DESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - APSODEC, con sede en la ciudad de Lima; Que, la asociación civil, ASOCIACIÓN PERUANA DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS - APSODEC, mediante acta de asamblea general de asociados, de fecha 2 de noviembre de 2005, acordó el cierre definitivo del Centrode Conciliación;