Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2006 (14/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006

Plazas Docentes y Cargos Jerarquicos en los Institutos Superiores Tecnologicos Publicos" CONSIDERANDO:

Publicos en la convocatoria y seleccion de personal en los procesos de contratacion y encargatura del personal docente y jerarquico respectivamente. II. OBJETIVO

Que, el Capitulo V Articulo 80º inciso h) de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece como una de las funciones del Ministerio de Educacion el definir la politica sectorial de personal; Que, en el articulo 63º literal b) del Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, se precisa como una de las funciones de la Unidad de Personal la de: "administrar y evaluar los procesos tecnicos y acciones de personal que demanda la MORDAZA Publica del Profesorado y del Personal Administrativo"; Que, el articulo 65º de la Ley del Profesorado Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212, asi como el articulo 2º de su Reglamento prescriben que "El personal docente que labora en el Nivel Superior del Sistema Educativo se rige por un Reglamento Especial que determine su jornada laboral, titulacion profesional, remuneraciones y demas obligaciones y derechos"; Que, segun lo establecido en el articulo 8º, Capitulo III de la Ley Nº 28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico, "El procedimiento de seleccion para el acceso al empleo publico, se inicia con la convocatoria que realiza la Entidad y culmina con la Resolucion correspondiente asi como la suscripcion del contrato"; Que, el numeral 3.6.1 del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal", establece disposiciones especificas sobre el encargo, accion administrativa de caracter temporal, excepcional y fundamentado; Que, es necesario emitir un documento tecnico normativo y orientador que permita ejecutar un adecuado procedimiento de seleccion de personal durante los procesos de contratacion para cubrir plazas docentes y encargaturas en cargos jerarquicos de los Institutos Superiores Tecnologicos Publicos; Con opinion favorable de la Direccion Nacional de Educacion Superior y Tecnico Profesional, mediante Memorando Nº 197-2006-DINESUTP-DESTP; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nºs 039-85-ED y 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 131-2006-ME/ SG-OGA-UPER, "Normas que Regulan la Seleccion de Personal para los Procesos de Contratacion y Encargatura para Ocupar Plazas Docentes y Cargos Jerarquicos en los Institutos Superiores Tecnologicos Publicos" Articulo 2º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educacion y a las Unidades de Gestion Educativa Local que cuenten con facultades delegadas con Resolucion, la difusion e implementacion de la presente Directiva. Articulo 3º.- La presente Resolucion Jefatural entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAGNET MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Personal DIRECTIVA Nº 131-2006-ME/SG-OGA-UPER NORMAS QUE REGULAN LA SELECCION DE PERSONAL PARA LOS PROCESOS DE CONTRATACION Y ENCARGATURA PARA OCUPAR PLAZAS DOCENTES Y CARGOS JERARQUICOS EN LOS INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLOGICOS PUBLICOS I. FINALIDAD La Directiva tiene por finalidad establecer los requisitos y procedimientos que deben aplicar los Directores de los Institutos Superiores Tecnologicos

Garantizar un servicio eficiente y eficaz en los Institutos Tecnologicos Publicos con personal adecuado seleccionado en estricto orden de capacidad y merito. III. BASE LEGAL 3.1 Constitucion Politica del Peru 3.2 Ley General de Educacion Nº 28044 3.3 Ley Nº 26771, Ley de Nepotismo 3.4 Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad modificada por Ley Nº 28164 3.5 Ley Nº 27588, Ley de Prohibiciones e Incompatibilidades de Funcionarios 3.6 Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica 3.7 Ley Nº 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria Ley Nº 25212 3.8 D.S. Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado 3.9 D.S. Nº 039-85-ED, Reglamento Especial para Docentes de Educacion Superior, modificado por articulo 4º del D.S.E. Nº 041/93-PCM 3.10 R.M. Nº 483-89-ED, Reglamento de Centros Educativos de Accion Conjunta 3.11 D.S. Nº 051-91/PCM, Niveles Remunerativos de los Funcionarios, Directivos, servidores, modificado por D.U. Nº 105-2001 3.12 R.V.M. Nº 0064-94-ED, Faculta la aprobacion de los Organigramas Estructurales y MORDAZA de Asignacion de Personal de los Institutos Superiores Pedagogicos y Tecnologicos. IV. AMBITO DE APLICACION 4.1 Direcciones Regionales de Educacion. 4.2 Unidades de Gestion Educativa Local, siempre que cuente con facultades delegadas con Resolucion. 4.3 Institutos Superiores Tecnologicos Publicos. V. ALCANCE 5.1 Profesionales de la Educacion. 5.2 Profesionales universitarios en otras ramas. 5.3 Profesional Tecnico. 5.4 Bachiller Universitario, excepcionalmente en MORDAZA rural, a falta de un profesional. Todos afin con la especialidad requerida por la institucion educativa. VI. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 Los Directores de los Institutos Superiores Tecnologicos seran los encargados de ejecutar los procesos de contrato y encargatura del personal docente y jerarquico de los II.SS.TT. 6.2 Las plazas docentes vacantes presupuestadas del CAP del Instituto Superior Tecnologico seran cubiertas mediante contrato, despues de los procesos de reasignacion y permuta del personal docente. 6.3 Las plazas jerarquicas vacantes presupuestadas del CAP del Instituto Superior Tecnologico seran cubiertas mediante encargaturas de puesto, despues de los procesos de reasignacion y permuta del personal jerarquico, salvo la plaza responda a la ausencia temporal del titular. 6.4 La seleccion de personal para cubrir plazas docentes por contrato se realizaran semestralmente, no existiendo obligatoriedad de renovacion del personal docente para el siguiente semestre academico. 6.5 La seleccion de personal para cubrir cargos jerarquicos por encargatura se realizaran anualmente no existiendo obligatoriedad de renovacion del cargo para el siguiente ejercicio presupuestal. 6.6 El contrato y la encargatura no sera menor de treinta (30) dias ni excedera el periodo presupuestal. 6.7 Luego de concluido el MORDAZA de evaluacion, el puntaje minimo aprobatorio es de 55 puntos.

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