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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 14 de setiembre de 2006 328053REPUBLICADELPERU setiembre de 2006, el cual viene siendo organizado por la Asociación Hijas de San Camilo de la Clínica PadreLuis Tezza; Que, el mencionado evento tiene como objetivos mejorar la calidad de atención del paciente, a través deun enfoque integral documentado en planes de atención específica, a fin de brindar una atención integral; y capacitar al personal para brindar una atención de calidada los pacientes; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y elinciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el evento "IV Congreso Internacional de Actualización Médico Quirúrgico", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 21 al 23 desetiembre de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministeriode Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02085-2 Oficializan diversos eventos sobre Neumología y Enfermedad Pulmonarque se llevarán a cabo en las ciudadesde Cusco y Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1103/RE Lima, 8 de setiembre de 2006 VISTA:La carta del 16 de agosto de 2006, mediante el cual el Presidente de la Sociedad Peruana de Neumología (SPN)solicita la oficialización de los eventos "I Encuentro Iberolatinoamericano de Asma y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)", "III Encuentro Regionaldel Sur de Avances de Neumología", "I Curso Internacional de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) - Asociación Latinoamericana del Tórax(ALAT)" y "I Encuentro Peruano - Boliviano de Neumología", que se llevarán a cabo en la ciudad del Cusco, del 9 al 11 de octubre; y la oficialización del evento"XXV Congreso Peruano de Neumología", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 12 al 15 de octubre de 2006, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, las ciudades de Cusco y Lima son sedes de los eventos "I Encuentro Iberolatinoamericano de Asma y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)", "III Encuentro Regional del Sur de Avances de Neumología","I Curso Internacional de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) - Asociación Latinoamericana del Tórax (ALAT)", "I Encuentro Peruano- Boliviano de Neumología" y "XXV Congreso Peruano de Neumología", que se llevarán a cabo del 9 al 11 y del 12 al 15 de octubre de 2006, respectivamente, los cualesvienen siendo organizados por la Sociedad Peruana de Neumología (SPN); Que, los indicados eventos tienen por finalidad la capacitación y mejoramiento continuo de las patologías respiratorias en general y especialmente en aquellas que son problemas de salud pública; difundir conocimientos yprácticas de promoción y prevención que afectan a la Comunidad de las principales enfermedades respiratorias; promover la descentralización de actividades decapacitación a través de las filiales de la Sociedad Peruanade Neumología, y mejorar la capacidad de vida de nuestras poblaciones andinas a través del conocimiento y manejode patologías como la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) causada por el humo de leña; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29de diciembre de 1992; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Oficializar los eventos "I Encuentro Iberolatinoamericano de Asma y EnfermedadPulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)", "III Encuentro Regional del Sur de Avances de Neumología", "I Curso Internacional de Enfermedad Pulmonar ObstructivaCrónica (EPOC) - Asociación Latinoamericana del Tórax (ALAT)" y "I Encuentro Peruano - Boliviano de Neumología", que se llevarán a cabo en la ciudad deCusco, del 9 al 11 octubre; y la oficialización del evento "XXV Congreso Peruano de Neumología", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 12 al 15 de octubre de2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministeriode Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02085-3 Oficializan evento sobre riego con secas intermitentes en el cultivo de arrozpara el control vectorial de la Malariaen el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1121/RE Lima, 11 de setiembre de 2006 VISTO:El Oficio Nº 1552-2006-OGCI/MINSA, mediante el cual la Oficina General de Cooperación Internacional delMinistro de Salud, solicita la oficialización del evento "Salud y Agricultura Sostenible: Riego con secas intermitentes en el cultivo de arroz para el control vectorialde la Malaria en el Perú", que se llevará a cabo en la ciudad de Chiclayo, del 11 al 12 de setiembre de 2006; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Chiclayo es sede del evento "Salud y Agricultura Sostenible: Riego con secas intermitentesen el cultivo de arroz para el control vectorial de la Malaria en el Perú", que se llevará a cabo del 11 al 12 de setiembre de 2006, el cual viene siendo organizado por la DirecciónGeneral de salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud; Que, el mencionado evento tiene como objetivos presentar los resultados obtenidos a la fecha en el marco de la iniciativa "Salud y Agricultura Sostenible: Riego con secas intermitentes en el cultivo de arrozpara el control vectorial de la Malaria en el Perú"; motivar a los socios actuales y potenciales de la iniciativa "Salud y Agricultura Sostenible: Riego con secas intermitentesen el cultivo de arroz para el control vectorial de la Malaria en el Perú"; presentar información actualizada sobre el uso de riego con secas intermitentes en elcultivo de arroz y el control de vectores y experiencias internacionales, así como establecer vínculos con expertos e interesados de otras regiones del Perú yotros países; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y elinciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley