NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328058El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006 ampliar sus conocimientos y adquirir nuevas técnicas de cirugía laparoscópica, disminuyendo la estancia hospitalariapostoperatoria, lo que contribuirá con la implementación de la Unidad de Salud Reproductiva del referido hospital; Que, dada la relevancia e importancia de la citada pasantía para los fines institucionales, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Julio Damián Aguilar Flores, cuyos gastos por concepto de viáticosserán cubiertos por la Embajada de Francia en el Perú, en tanto que los gastos por concepto de pasajes y tarifa aeroportuaria serán cubiertos por ESSALUD; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por elDecreto de Urgencia Nº 006-2006; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exteriorde servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JULIO DAMIÁN AGUILAR FLORES, Médico Asistente del Servicio de Gineco-Obstetricia del Departamento MaternoInfantil del Hospital III Yanahuara de la Red Asistencial Arequipa, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de París - Francia, del 15 de setiembre al 15 dediciembre de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1,956.31 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado servidor deberá presentar ante su Institución, un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 02100-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2006-TR Lima, 13 de setiembre de 2006 VISTOS: El documento Nº 586-/SC de fecha 27 de abril del 2006 del Agregado de Cooperación Universitariadel Consejero Cultural Adjunto de la Embajada de Francia en el Perú, y el Oficio Nº 377-PE-ESSALUD-2006 de fecha 1 de setiembre de 2006, de la Presidencia Ejecutivadel Seguro Social de Salud - ESSALUD; CONSIDERANDO: Que, el 22 de abril de 2004 se suscribió un Convenio Marco de Cooperación entre el Seguro Social de Salud -ESSALUD y la Embajada de Francia en el Perú, teniendo por objeto establecer las bases de cooperación recíproca entre ESSALUD y la Embajada, con la finalidad, entreotros, de desarrollar el intercambio científico, tecnológicoy cultural en el campo de la salud y, desarrollar un Programa de Becas de Entrenamiento Profesional parael personal de ESSALUD; Que, en la ciudad de París - Francia, se llevará a cabo la pasantía "EN CARDIOLOGÍA", en el Laboratorio deEcocardiografía del Institut de Cardiologie/Departement de Cardiologie Médicale - Centre Hospitalier Pitié Salpêtrière, del 15 de setiembre al 15 de diciembre de 2006; Que, en mérito a lo expuesto, el Seguro Social de Salud - ESSALUD ha determinado la conveniencia que el señor JORGE ROLANDO HIDALGO ROSALES, MédicoAsistente del Servicio de Cardiología del Departamento de Medicina del Hospital II Suárez-Angamos de la Red Asistencial Rebagliati, participe en el mencionado evento,en razón de haber sido beneficiado con una beca otorgada por el Gobierno de Francia, en mérito al Convenio Marco de Cooperación entre el Seguro Social de Salud -ESSALUD y la Embajada de Francia en el Perú; Que, la capacitación del señor Jorge Rolando Hidalgo Rosales en la mencionada actividad educativa, le permitiráampliar sus conocimientos y adquirir mayores habilidades y destrezas en la toma de ecocardiografías a los pacientes con patologías cardíacas, lo que redundaráen beneficio de los pacientes adultos y pediátricos de la Red Asistencial Rebagliati; Que, dada la relevancia e importancia de la citada pasantía para los fines institucionales, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Jorge Rolando Hidalgo Rosales, cuyos gastos por concepto de viáticosserán cubiertos por la Embajada de Francia en el Perú, en tanto que los gastos por concepto de pasajes y tarifa aeroportuaria serán cubiertos por ESSALUD; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por elDecreto de Urgencia Nº 006-2006; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exteriorde servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JORGE ROLANDO HIDALGO ROSALES, Médico Asistente del Servicio de Cardiología del Departamento de Medicina del Hospital II Suárez-Angamos de la Red AsistencialRebagliati, del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de París - Francia, del 15 de setiembre al 15 de diciembre de 2006, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos conrecursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1,956.31 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado servidor deberá presentar ante su Institución, un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros SUSANA PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 02100-13