Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2006 (22/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

328682
RESUELVE:

NORMAS LEGALES
SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

El Peruano viernes 22 de setiembre de 2006

Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Primero.- Modificar el anexo de la resolucion Nº 1331-2006-JNE, en la parte correspondiente a los miembros de los Jurados Electorales Especiales de Alto Amazonas, Bolognesi, Bongara y Oxapampa, segun el anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica la presente resolucion para los fines del caso.
ANEXO 1

CONFORMACION JURADOS ELECTORALES ESPECIALES ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 2006 CIRCUNSCRIPCION BONGARA BOLOGNESI ALTO AMAZONAS OXAPAMPA PRESIDENTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MIEMBROS 1.- MORDAZA PERSY MORDAZA SERVAN 2.- MORDAZA MORDAZA SERVAN SERVAN 1.- MORDAZA MORDAZA CERRATE MORDAZA 2.-ANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1.- MORDAZA CENEPO MORDAZA 2.- YRZA NOELALIT YNUMA CACHIQUE DE MORDAZA 1.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2.- SOLMIRA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

02321-8

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones a presuntos responsables de delitos contra la fe publica y la familia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 843-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 14 de setiembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1818-2006/GP/RENIEC y el Informe Nº 1006-2006-GAJ/RENIEC de fecha 18 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; esta a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, el MORDAZA de incorporacion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, requiere de una calificacion previa, por lo que todo tramite ingresa a una linea de MORDAZA, dentro del cual se ubica un area especializada en la evaluacion razonada de los procedimientos, encargada de la verificacion de la concurrencia de los requisitos necesarios y detectar actos irregulares, ocasionados por la MORDAZA de documentos ilegitimos y declaraciones indebidas; con la finalidad excluir de este, en forma definitiva o temporal aquellas inscripciones que hayan sido afectadas por hechos o actos irregulares que vician el procedimiento registral y asi preservar la seguridad juridica del registro; Que, de acuerdo al Informe Nº 000143-2006/SGPI/ GP/RENIEC, se ha podido determinar que la ciudadana MORDAZA VENTURO MORDAZA actualmente titular de la Inscripcion Nº 44939239, solicito su inscripcion en el

Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, mediante el Formulario de Identidad Nº 26111538 presentando como sustento de su pretension la transcripcion de la Partida de Nacimiento, expedida presuntamente por la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, la misma que resulto ser falsa conforme se desprende del Informe Grafotecnico Nº 010/2006/DBG/ GP/RENIEC que concluye que la partida de nacimiento presentada por la ciudadana es un documento falsificado por cuanto presenta el contenido, las firmas y los sellos falsificados; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento de la ciudadana MORDAZA VENTURO MORDAZA se encuentra tipificado como delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion de documentos, por haber utilizado un documento falso con el objeto de emplearlo como si fuera legitimo, ilicito contemplado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA VENTURO MORDAZA, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02300-3

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