NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/09/2006)
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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 30 de setiembre de 2006 329161REPUBLICADELPERU EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 228 publicada el 29 de abril de 2006, se aprobó la “Campaña Promocional de Adquisición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defunción a través de Internet”; Que, la citada Ordenanza dispone que la adquisición de partidas deberá ser solicitada ingresando a la pagina web www .miraflores .gob.pe, las mismas que tendrán un valor promocional de S/. 5.00 (cinco nuevos soles), incluida la entrega a domicilio dentro de Lima Metropolitana, efectuando el pago correspondiente através de tarjeta de crédito; Que, vista la demanda e interés de los ciudadanos del distrito, se ha visto por conveniente continuarbrindando mayores facilidades a los vecinos y público en general para la adquisición de las partidas de hechos vitales, quienes podrán solicitarlas desde su domicilio,oficina o cabina pública, lo que permitirá contribuir a seguir implementando nuevas formas de comunicación y acceso a los servicios que brinda la Municipalidad; y, Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar hasta el 31 de octubre de 2006 la “Campaña Promocional de Adquisición de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defunción a travésde Internet”, dispuesta mediante Ordenanza Nº 228, por los considerandos antes expuestos. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 02601-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza que regula la Licencia de Funcionamiento y procedimientos conexos ORDENANZA Nº 172-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de setiembre de 2006, el Informe Nº 1393-2006-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, según el Artículo 194º de la Constitución Política, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Que, los Artículos 79º, Subnumerales 3.6, 3.6.4, y 86º, Sub numerales 3.2 y 3.5, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece como funciónespecífica exclusiva de las municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de apertura de establecimientos comerciales,industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en la jurisdicciónsobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, financiamiento y otros campos a fin de mejorarla competitividad; y promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad en las zonas urbanas; Que, el Plan Urbano Ambiental del distrito de San Isidro 2000-2010, aprobado por Ordenanza Nº 312-MML, Artículo 8º, prescribe como lineamiento específico queorienta el desarrollo urbano del distrito de San Isidro, la protección de las zonas residenciales y la calidad ambiental del distrito; Que, en este contexto, la regulación y control del funcionamiento de locales en los que se ejerce actividades económicas, profesionales y de servicios,tiene como objetivo fundamental garantizar la calidad de vida de los vecinos de una determinada jurisdicción, estableciendo mecanismos que traten de reducir elimpacto de las externalidades negativas que pudiese ocasionar el desarrollo de dichas actividades en su entorno, consecuentemente, la regulación de las mismasno debe ser vista como una barrera sino como una regulación necesaria que incrementa el bienestar social de los vecinos; Que, concurrentemente, para el cumplimiento de los objetivos de la promoción de la inversión privada y el desarrollo local, se debe administrar la regulaciónsobre licencias de funcionamiento con criterio de eficiencia, adoptando acciones que permitan simplificar el procedimiento de su obtención a través de laeliminación de pasos innecesarios o redundantes y el uso de las nuevas tecnologías de la información, a fin de reducir el tiempo y número de pasos que el usuarioinversionista debe seguir para formalizar su localización en el distrito; Que, por tales consideraciones, resulta necesario aprobar una nueva norma sobre Licencia Municipal de Funcionamiento que además se encuentre actualizada con las disposiciones contempladas en la Ley Orgánicade Municipalidades, Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Ley General de la Pequeña y Microempresa, Ley Nº 28015, y suReglamento, aprobado por D.S. Nº 009-2003-TR; Ley Nº 27180 que modifica diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 776, Plan Urbano Ambiental del distrito deSan Isidro 2000-2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 312-MML, y el Reajuste Integral de la Zonificación de Usos del Suelo del distrito de San Isidro, aprobado porOrdenanza Nº 950-MML, entre otros; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, Numeral 8, y 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y PROCEDIMIENTOS CONEXOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad integrar, actualizar y simplificar los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones referidas al funcionamiento deestablecimientos en los que se desarrollan actividades económicas, profesionales y/o de servicios, con o sin fines de lucro; promoviendo el desarrollo económico localordenado y la protección prioritaria del carácter eminentemente residencial del distrito y la calidad de vida de los vecinos. TÍTULO II PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Artículo 2º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como un objetivo fundamental implementar un servicio que facilite a losadministrados el ingreso formal al mercado y brindar asesoría empresarial en el ámbito municipal. Artículo 3º.- OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD