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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (18/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de abril de 2007 343764 TÍTULO V SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL COMERCIO AMBULATORIO Artículo 22°.- Competencias.- Los Órganos de Administración Municipal serán responsables de: a) La aplicación de la presente ordenanza y demás normas municipales. b) Mantener al día el Padrón del Trabajador Autónomo Ambulante (PTAA). c) El control estricto del espacio físico asignado a cada uno de los trabajadores autónomos ambulantes. d) Controlar la permanencia del conductor acreditado en el Padrón del Trabajador Autónomo Ambulante (PTAA) en su puesto como titular (desconociendo traspasos, alquileres u otras modalidades). e) Controlar el mantenimiento, conservación y limpieza general de las zonas autorizadas. f) Conceder permisos, previa comunicación al titular de la entidad, debidamente sustentadas, hasta por un término máximo de 30 días calendario. g) Controlar la calidad, higiene y buen estado de los productos que se expendan, estando los trabajadores autónomos ambulantes obligados a proporcionar las muestras y documentos que se le requiere para sus análisis. Artículo 23°.- Órganos Competentes.- La supervisión, fi scalización y control del comercio ambulatorio será ejercido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Turístico, la Gerencia de Desarrollo Ambiental y Servicios Públicos; con el apoyo de la policía nacional, cuando el caso lo amerite a solicitud de la Municipalidad para el control del orden público. Artículo 24°.- Competencias de la Policía Municipal.- La policía municipal, en sus funciones propias de fi scalización y ejecución de las Ordenanzas Municipales, sobre el control del comercio informal, realiza la retención de todos los módulos y carretas sin autorización, y de triciclos, tableros y tricimotos que no están comprendidos en la presente Ordenanza municipal, haciéndose acreedores de la sanción correspondiente que determina el artículo 9º. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Deróguese las ordenanzas que se opongan a lo normado por la presente. Segunda.- Se excluye las ferias dominicales organizadas por la Municipalidad, enmarcadas según lo que disponga la Gerencia de Desarrollo Económico y Turístico. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 50057-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2007-MPL Mediante O fi cio Nº 048-2007-MPL-OSG, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 025-2007-MPL, publicado en la edición del día 12 de abril de 2007. En el Artículo Segundo:DICE: Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Administración a realizar la contratación del Servicio de Radio Troncalizado Digital hasta por un total de 82 líneas o unidades, conforme al artículo precedente. DEBE DECIR:Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Administración a realizar la contratación del Servicio de Radio Troncalizado Digital hasta por el valor referencial de S/. 96,482.53 (Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos y 53/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados. 49677-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Aprueban nueva Estructura Orgánica Municipal ORDENANZA Nº 001-2007/MDPN Punta Negra, 13 de enero del 2007EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRAPOR CUANTO: Que, la Municipalidad es un Gobierno Local gozando de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Edicto Nº 001-2003-MDPN de fecha 17.1.2003 aprobó el Organigrama Estructural y el Cuadro Orgánico Estructural de la Municipalidad. Que, con la dación de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 28 mayo 2003 se estableció un nuevo marco normativo en materia de funciones y competencias de los funcionarios adoptándose una estructura gerencial bajo los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente entre otros. Que, según el Art. 9º inciso 3, de la Ley Orgánica regula que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Estando a lo expuesto y en ejercicio de la facultad conferida por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y por unanimidad se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL Artículo Primero.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica Municipal, según anexo que forma parte de la presente. Artículo Segundo.- DERÓGUESE el Edicto Nº 001- 2003/MDPN del 17 de enero 2003. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la implementación de la ordenanza aprobada. POR TANTO:Mandese se registre, comuníquese y cúmplase.CARLOS S. LAZO RIOJAS Alcalde