Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (18/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de abril de 2007 343750 Artículo 17º.- El plazo para presentar observaciones y tachas sobre algún nombre de la lista es de tres (03) días útiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista a que se re fi ere el artículo 16º del presente Reglamento. Dichas observaciones o tachas serán cursadas a los interesados para que las absuelvan en el plazo de dos (02) días útiles contados a partir del día siguiente de noti fi cados; con su absolución o sin ésta, la Gerencia General Regional procederá a elevar a la Presidencia del Gobierno Regional los resultados del proceso de inscripción. Artículo 18º.- Vencidos los plazos señalados en el artículo 17º del presente Reglamento, la Presidencia del Gobierno Regional, mediante Resolución Presidencial, aprobará la relación de los Agentes Participantes de la Sociedad Civil acreditados para el proceso del Presupuesto Participativo Regional 2008, a través de nota informativa publicada en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Loreto. Artículo 19º.- El Gobierno Regional de Loreto, deberá promover la aplicación de cuotas de equidad de Género en los Agentes Participantes, representantes de la Sociedad Civil. Asimismo, deberá tenerse en cuenta las cuotas para la Igualdad de Oportunidades. En este sentido el Gobierno Regional, deberá realizar una campaña de sensibilización para que las poblaciones, sectores y organizaciones, representantes de personas excluidas o que se encuentran en situación de vulnerabilidad participen en el proceso. CAPÍTULO CUARTO DE SUS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES Artículo 20º.- Los Agentes Participantes deberán asistir, de manera obligatoria, a los Talleres de capacitación y de trabajo para la elaboración del Presupuesto Participativo. Para este fi n los Agentes Participantes deberán tener en cuenta lo siguiente: • La participación debe ser activa y responsable; puntual e integral. • El diálogo entre los Agentes participantes y el equipo técnico debe ser constante y fl uido. • Es importante fi jar la importancia de los temas a discutir a fi n de garantizar el cumplimiento de los objetivos en procura del desarrollo socio-económico de la población loretana. Artículo 21º.- Antes de asistir a los Talleres y en el curso de su desarrollo, los agentes participantes deberán reunirse con las personas a las que representan para: • Informarles acerca del proceso. • Hacer un análisis del Plan de Trabajo y proponer las modi fi caciones que consideren necesarias. • Establecer las prioridades del sector o territorio que representan, de acuerdo al Plan de Desarrollo. TÍTULO QUINTO ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES Artículo 22º.- Se consideran faltas a las normas de convivencia democrática de los Agentes Participantes ante el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo, las siguientes: • Inasistencia injusti fi cada a los Talleres convocados. • Agresión física y/o verbal a un Agente Participante. • Asistir a los talleres o sesiones en estado etílico o de alteración por consumo de drogas. • Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres y/o sesiones. Artículo 23º .- Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiteración de la o las faltas serán las siguientes: • Por primera vez; llamada de atención en el taller o sesión. • Por segunda vez; comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el Presidente del Gobierno Regional de Loreto dirigida al agente respectivo, haciendo de conocimiento de la organización de la sociedad civil o institución pública a la que representa. • Por tercera vez; denuncia pública de la falta y de ser el caso, el envío de la solicitud a la organización de la sociedad civil o institución pública que presenta, para la sustitución del representante. Artículo 24º .- Al fi nalizar el proceso del Presupuesto Participativo el Presidente del Gobierno Regional, emitirá una Resolución Ejecutiva de reconocimiento a todos los Agentes Participantes de la sociedad civil y del Estado que hayan participado en todo el proceso de elaboración del Presupuesto Participativo Año 2008. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El Gobierno Regional de Loreto, convocará a reuniones de talleres de trabajo de Agentes Participantes teniendo en cuenta las necesidades, condiciones y características de la población; promoverá a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la incorporación de propuestas de inversión que garanticen la cobertura de todos los objetivos estratégicos priorizados en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y asimismo programará los talleres buscando asegurar la fl exibilidad de fechas y horarios, en base a una correcta adecuación al desempeño individual y colectivo de la comunidad regional a fi n de garantizar y facilitar la asistencia del mayor número de representantes de la sociedad civil y de las instituciones del Estado a todas las reuniones de trabajo y asambleas establecidas en el proceso de Presupuesto Participativo Regional Año Fiscal 2008. Segunda.- INCORPÓRESE al Reglamento de Identi fi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Loreto Año Fiscal 2008, el Plan de Trabajo del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008 y el Reglamento de Conformación del Equipo Técnico para la Formulación, Elaboración y Asesoría en el Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008, Tercera.- Todo asunto no previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el Consejo de Coordinación Regional, en estricto cumplimiento de la normatividad vigente . Cuarta.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. IVÁN ENRIQUE VÁSQUEZ VALERA Presidente del Gobierno Regional de Loreto ANEXO II PLAN DE TRABAJO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO AÑO FISCAL 2008 PRESENTACIÓNEl presente documento es una guía técnica de orientación del Proceso Participativo año fi scal 2008 en la Región Loreto. En él se establece criterios que permitan a la población organizada, a través de un proceso de debates y consultas, determinar y decidir el presupuesto y el programa de inversión pública año 2008, propiciando una cultura de responsabilidad fi scal, sobre la base de acuerdos concertados. El Proceso Participativo involucra y compromete a la Sociedad Civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado y sienta además, las bases de una administración transparente y democrática de los recursos fi nancieros, evitando la distorsión y el uso ine fi ciente de los mismos, promoviendo además la participación de una ciudadanía activa, de tal forma que se vean cercanas y reforzadas la relación entre el Estado y la sociedad. Dentro de este marco conceptual, se plantea el presente plan, que comprende desde acciones iniciales de identi fi cación de agentes participantes, de organización, de capacitación y acciones complementarias propias del proceso. La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, órgano de asesoramiento del Gobierno Regional de Loreto, responsable del proceso participativo año fi scal 2008, dentro de su ámbito jurisdiccional, se constituye en el soporte técnico y de apoyo, orientando y desplegando sus capacidades para la ejecución de los presupuestos participativos locales,