Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (19/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2007 343812 dependencias de la misma especialidad en la jurisdicción, informando mensualmente de sus resultados al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Cuarto: Disponer que los órganos jurisdiccionales transitorios, además de la labor de descarga procesal, podrán asumir competencia respecto de determinados actos procesales de nuevas causas, preservando el principio de inmediatez, según corresponda. Articulo Quinto: Los Presidentes de las respectivas Cortes Superiores de Justicia adoptarán las acciones administrativas y de monitoreo que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución, así como con apoyo de la O fi cina Distrital de Control de la Magistratura las medidas administrativas en caso de incumplimiento de las metas propuestas. Artículo Sexto: Dejar sin efecto todas las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Articulo Sétimo: Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Apurímac, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Puno, San Martín, Santa, y Ucayali, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 50626-2 Disponen que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y la Gerencia General del Poder Judicial remitan informe estadístico para evaluar la reubicación del Juzgado de Paz Letrado de Cascas al distrito de Chao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 072-2007-CE-PJ Lima, 4 de abril del 2007VISTO: El Ofi cio N° 201-2007-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el mencionado documento, se informa a este Órgano de Gobierno que en la sesión descentralizada llevada a cabo el día 14 de marzo del año en curso en la ciudad de Trujillo, el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal adoptó acuerdos relacionados a la operatividad del proceso de implementación del nuevo ordenamiento procesal penal en el Distrito Judicial de La Libertad, solicitando se adopten las acciones correspondientes respecto a cada uno de ellos, siendo los siguientes: a) reiterar la propuesta de modi fi cación del artículo 18 del Decreto Legislativo N° 958, según los términos propuestos por la Fiscalía de la Nación; b) reubicar el Juzgado de Paz Letrado de Cascas al distrito de Chao, hasta que se proceda a crear nuevos órganos jurisdiccionales; asimismo, otorgar facultad de Juez de la Investigación Preparatoria a los Jueces de Paz Letrado de Virú y de Chao; quedando el Juzgado Mixto de Virú como Juzgado de Liquidación; c) solicitar que hasta fi n de año sólo una Sala Penal se convierta en Juzgado Penal Colegiado, al haberse proyectado que en los primeros seis meses no habrá mayor carga procesal; d) solicitar que se autorice realizar una pasantía en el Distrito Judicial de Huaura a magistrados y personal auxiliar jurisdiccional; Que, en cuanto al primer acuerdo, mediante O fi cio N° 831-2007-CE-PJ, se remitió opinión a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República respecto al Proyecto de Ley N° 166/2006-CR, solicitándose que se modi fi que el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 958 conforme a la propuesta presentada por la Fiscalía de la Nación; Que, respecto al segundo acuerdo, resulta conveniente que previo al pronunciamiento respectivo, se solicite informe estadístico a la Corte Superior de Justicia de La Libertad y a la Gerencia General del Poder Judicial; Que, en relación al tercer acuerdo, teniendo en cuenta que se requiere mayor número de órganos jurisdiccionales que se encarguen de la liquidación de procesos tramitados bajo las normas del Código de Procedimientos Penales, resulta procedente la petición formulada; Que, en lo referido a la pasantía al Distrito Judicial de Huaura, a que se re fi ere el cuarto acuerdo, mediante resolución de fecha 19 de marzo último, se autorizó la visita de trabajo a dicha sede judicial de dos grupos conformados por tres magistrados y siete auxiliares cada uno; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de licencia, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero: Estése a la opinión emitida en el Proyecto de Ley N° 166/2006-CR que fuera derivada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, mediante O fi cio N° 831-2007-CE-PJ. Artículo Segundo: Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y la Gerencia General del Poder Judicial remitan informe estadístico para evaluar la reubicación del Juzgado de Paz Letrado de Cascas al distrito de Chao, así como otorgar facultad de Juez de la Investigación Preparatoria a los Jueces de Paz Letrado de Virú y de Chao. Artículo Tercero: Disponer que el Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de La Libertad se convierta en la Tercera Sala Penal Liquidadora, continuando con el trámite de las causas iniciadas al amparo del Código de Procedimientos Penales, hasta su conclusión; quedando modi fi cado en este extremo el segundo párrafo del artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 030-3007-CE-PJ, de fecha 6 de febrero del año en curso. Artículo Cuarto: Estése a lo dispuesto por resolución de fecha 19 de marzo del año en curso, que autorizó la visita de trabajo al Distrito Judicial de Huaura de magistrados y personal jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en cada fecha. Artículo Quinto: Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de La Libertad y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 50626-3