Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2007 (20/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

343881

Aprueban la "Campana de Tramitacion y Expedicion del DNI en forma gratuita, para la poblacion damnificada de la provincia de Chanchamayo y del departamento de Junin"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 377-2007/JEF/RENIEC MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Informe Nº 019-2007/PRIAS-GOR/RENIEC, emitido por el Programa de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; el Oficio Nº 000733-2007/GPP/RENIEC, emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 000554-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, durante los dias 21 y 22 de enero del presente ano, se produjo el desborde de los MORDAZA Tulumayo, Huacara y Apulima, ocasionando graves perjuicios a los pobladores de los distritos de San MORDAZA, Vitoc, Perene, Pichanaqui y Chanchamayo de la provincia de Chanchamayo del departamento de MORDAZA, quienes perdieron sus inmuebles y documentos personales, entre ellos sus documentos de identidad; Que, en el MORDAZA de la politica de apoyo social que el RENIEC viene implementando, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 239-2007-JEF/RENIEC, se ha priorizado el otorgamiento del DNI gratuito a personas en 811 distritos considerados en extrema pobreza, segun el mapa de pobreza elaborado por FONCODES, en el cual no se encuentran considerados los distritos afectados de la provincia de Chanchamayo; sin embargo, el desastre natural que asolo dicha region en enero del 2007 ha tornado a la poblacion damnificada en situacion de vulnerabilidad; Que, en ese MORDAZA, el Programa de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social viene realizando campanas de documentacion a personas de los sectores vulnerables, habiendo propuesto a traves del Informe del visto, el desarrollo de una MORDAZA de emision gratuita del Documento Nacional de Identidad para los ciudadanos damnificados de la provincia de Chanchamayo, la cual cuenta con la respectiva cobertura presupuestal, segun lo informado por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el literal h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2007-JEF/ RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la "Campana de Tramitacion y Expedicion del DNI en forma gratuita, para la poblacion damnificada de la provincia de Chanchamayo del departamento de Junin", en sus modalidades de inscripcion, duplicado y renovacion, en numero de 800 beneficiarios, teniendo como fecha de inicio la de publicacion de la presente Resolucion, cuya atencion sera cubierta por la fuente de recursos directamente recaudados. Articulo Segundo.- La MORDAZA que se aprueba con la presente Resolucion, se realizara en coordinacion con la Defensoria del Pueblo, quien colaborara con el financiamiento, desarrollo y seguridad de las actividades. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales, a traves del Programa de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, la

implementacion de la MORDAZA que se aprueba con la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 51520-1

MINISTERIO PUBLICO
Declaran fundada denuncia formulada contra juez del MORDAZA Juzgado Penal y fiscal de la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA por presunto delito de Prevaricato
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 429-2007-MP-FN MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2007 VISTO: El Oficio Nº 086-2006-MP-ODCI-PIURA, remitido por la Oficina Desconcentrada de Control Interno de MORDAZA, elevando el expediente N° 98-2006, que contiene la investigacion seguida de oficio contra los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, y Heldy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial de la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, por presunto delito de Prevaricato; en la cual ha recaido el Informe Nº 07-2006, con opinion de declarar fundada la denuncia; y, CONSIDERANDO: Que se atribuye a los magistrados denunciados haber concedido indebidamente el beneficio penitenciario de semilibertad al interno MORDAZA Huacchillo MORDAZA, quien fuera sentenciado por delito de Violacion Sexual de menor de 14 anos, en MORDAZA contravencion de lo previsto en el articulo 4º de la Ley Nº 27507, cuyo tenor prohibe expresamente, entre otros, el otorgamiento de dicho beneficio a las personas condenadas por el ilicito referido. Que del estudio y analisis de los actuados, y oido el informe oral de la defensa de la doctora MORDAZA MORDAZA, de fecha 25.1.07, transcrito a fs. 324, se advierten suficientes indicios que hacen presumir que los magistrados investigados habrian incurrido en la comision del delito de Prevaricato, previsto en el articulo 418° del Codigo Penal, al haber emitido, indebidamente, la doctora MORDAZA MORDAZA el dictamen Nº 24-03 con fecha 26.7.05 (fs. 181) y el doctor MORDAZA MORDAZA la resolucion de fecha 27.7.05 (fs. 184), opinando y resolviendo, respectivamente, por la procedencia del beneficio penitenciario de semilibertad, sin que dicho derecho corresponda al interno MORDAZA Huacchillo MORDAZA, quien fuera sentenciado por la MORDAZA Sala Penal de MORDAZA a 15 anos de pena privativa de MORDAZA al hallarsele responsable del delito de Violacion Sexual de menor de 14 anos, en agravio de una menor de iniciales L.S.L., en el MORDAZA Nº 2001-865 (fs. 11); por cuanto, dichos pronunciamientos vulneran el texto MORDAZA y expreso del articulo 4º de la Ley Nº 27507, el que prohibe expresamente conceder indulto y los beneficios penitenciarios de liberacion condicional y semilibertad a las personas condenadas por los delitos previstos por los articulo 173º y 173-A, referidos a la Violacion Sexual de menores de 14 anos, ilicito sobre el que verso el caso conocido por los denunciados. Que la vulneracion por parte de los investigados del citado texto legal es inexcusable, porque a pesar de haber sido condenado Huacchillo MORDAZA por un delito recurrente y de gran repercusion social, siendo sus restricciones por demas

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