Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2007 (20/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2007

estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a vivienda, por Decreto Supremo N° 010-2002-MTC, se constituye la Comision de Coordinacion para facilitar la construccion de viviendas, a cuyo efecto, se le encarga entre otras actividades la identificacion de los inmuebles que luego de una evaluacion tecnico legal, son transferidos en reversion a la Superintendencia de Bienes Nacionales, para su posterior adjudicacion al promotor que ejecutara el Proyecto de Vivienda; Que, asimismo, con el objeto de ejecutar proyectos de vivienda a nivel nacional, que permita proponer nuevos procedimientos tecnicos en los procesos de habilitacion MORDAZA y de edificacion, a fin de incorporarlos a la normativa MORDAZA, mediante Decreto Supremo N° 0192002-MTC, se crea el Programa de Proyectos Piloto de Vivienda; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto, es necesario agilizar el MORDAZA de identificacion y transferencia de inmuebles para destinarlos a Proyectos Techo Propio que pudieran ser ejecutados excepcionalmente por el Banco de Materiales SAC - BANMAT; Que, en tal sentido, es conveniente establecer mecanismos de garantia alternativos, a los establecidos en el Reglamento Operativo al MORDAZA Familiar Habitacional a favor del BANMAT, para el desembolso del MORDAZA Familiar Habitacional y del Ahorro en las localidades y proyectos que excepcionalmente senale el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, facilitando asi el acceso al financiamiento complementario al MORDAZA Familiar Habitacional y del Ahorro de los Grupos Familiares que deseen adquirir viviendas de los referidos Proyectos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo N° 560; DECRETA: Articulo 1°.- Banco de Materiales ejecutara excepcionalmente Proyectos Techo Propio El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial establecera los Proyectos de Vivienda Techo Propio a ser ejecutados por el Banco de Materiales SAC - BANMAT de acuerdo a la normativa vigente del MORDAZA Familiar Habitacional. Articulo 2°.- Transferencia de inmuebles Para los proyectos indicados en el articulo 1°, cuando corresponda, el BANMAT solicitara a la Comision de Coordinacion, su conformidad a fin que la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, apruebe la transferencia de dichos inmuebles a titulo gratuito para fines de vivienda al BANMAT, precisandose que dicha transferencia no constituye aporte de capital. Articulo 3°.- Financiamiento El MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, otorgado a los beneficiarios que adquieran viviendas de interes social de los Proyectos Techo Propio que ejecute el BANMAT, se financiara con recursos ordinarios previstos en el Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y otros que se le asignen. Articulo 4°.- Facilidades Crediticias El Directorio del BANMAT podra aprobar lineas de credito a ser otorgadas a las personas beneficiadas con el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, que adquieran las viviendas de interes social de los Proyectos de Vivienda Techo Propio que este mismo ejecute, asi como otros que excepcionalmente apruebe el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial. Articulo 5°.- Directivas El Directorio del BANMAT emitira, en caso de ser necesario, las directivas internas para el cumplimiento de lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo 6°.- Garantias para los desembolsos El Directorio del Fondo MIVIVIENDA S.A. adoptara los acuerdos societarios que se requieran, a fin de establecer mecanismos de garantia alternativos a los establecidos en el Reglamento Operativo al BFH a favor del BANMAT,

por el desembolso del ahorro y del BFH, para la ejecucion de cada Proyecto de Vivienda Techo Propio. Articulo 7°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 51563-6

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en el Distrito de Ventanilla, Distrito Judicial del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 026-2007-CE-PJ MORDAZA, 31 de enero del 2007 VISTOS: El Oficio Nº 9452-2005-P-CSJCL-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, y el Informe N° 015-2006-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de cuatro Juzgados de Paz en las siguientes circunscripciones: Un Juzgado de Paz en Ciudadela Pachacutec MORDAZA Alta I; Un Juzgado de Paz en Ciudadela Pachacutec MORDAZA Baja I ­ La MORDAZA, y; Dos Juzgados de Paz de Primera y MORDAZA Nominacion en el Cercado del Centro Poblado Menor Virgen de las MORDAZA - Mi Peru, del Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional y Distrito Judicial del Callao; a solicitud de las autoridades y pobladores de las referidas localidades; Que, al respecto, es menester precisar que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao efectuo un Taller de Participacion Provincial para la elaboracion de la propuesta de creacion de Juzgados de Paz en la Provincia Constitucional del Callao, con la participacion de diferentes instituciones, organizaciones, autoridades y poblacion en general de la referida provincia; concluyendose que por dificultades de acceso a la justicia, escasos recursos economicos y elevado numero de la poblacion beneficiada, resulta conveniente la creacion de los Juzgados de Paz MORDAZA mencionados; Que, el Informe N° 015-2006-SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en Ciudadela Pachacutec MORDAZA Alta I; del Juzgado de Paz en Ciudadela Pachacutec MORDAZA Baja I ­ La MORDAZA, y, de dos Juzgados de Paz de Primera y MORDAZA Nominacion en el Cercado del Centro Poblado Menor Virgen de las MORDAZA - Mi Peru, del Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional y Distrito Judicial del Callao; asimismo, en dicho informe aparecen las descripciones detalladas de los limites geograficos de los citados Juzgado de Paz; Que, por el elevado numero de habitantes de las circunscripciones a los que beneficiarian los cuatro Juzgados de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar

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