Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2007 (20/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2007

conforme a la politica general del Estado, coordinar las actividades de otros sectores publicos y entidades privadas en las gestiones del Estado en el exterior y reconocer, registrar y autorizar la actuacion en el Peru de Organizaciones No Gubernamentales cualquiera que sea su finalidad; Que, el Poder Ejecutivo ha evaluado y considera conveniente la fusion del Instituto Antartico Peruano INANPE con el Ministerio de Relaciones Exteriores. En tal sentido, se ha determinado que dicha integracion permitira alcanzar una mayor eficiencia en la utilizacion de los recursos del Estado, prevaleciendo el MORDAZA de especialidad, con el objetivo de integrar las funciones y competencias afines; De conformidad con el articulo 13° de la Ley Nº 27658, modificado por la Ley Nº 27899 y el Decreto Legislativo Nº 560, con el informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Fusion por absorcion Apruebese la fusion del Instituto Antartico Peruano - INANPE con el Ministerio de Relaciones Exteriores. La fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole al Ministerio de Relaciones Exteriores la calidad de entidad incorporante. Articulo 2º.- Transferencia de recursos, personal y materiales 2.1 El MORDAZA de fusion concluira en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. En dicho plazo y previa evaluacion por parte de la comision de transferencia a que se refiere el articulo 4º del presente Decreto Supremo, el Instituto Antartico Peruano - INANPE transferira sus bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, pasivos y activos, correspondientes, al Ministerio de Relaciones Exteriores. Culminado el MORDAZA, el Instituto Antartico Peruano - INANPE se extingue. El plazo senalado en el parrafo anterior podra ser prorrogado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual debera contar con la opinion previa favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. 2.2. Toda referencia al Instituto Antartico Peruano INANPE o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, una vez culminado el MORDAZA de fusion al que se refiere el articulo 2.1, se entendera como hecha al Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 3º.- Transferencias Presupuestarias Le corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas la elaboracion y aprobacion del proyecto normativo correspondiente a la transferencia de partidas que se origina como consecuencia de la aplicacion de la presente norma. El proyecto debera ser presentado, en un plazo no mayor de 30 dias calendario. Articulo 4º.- Comision de Transferencia Constituyase una Comision encargada de la transferencia de bienes, recursos, personal y materiales a que se refiere el articulo 2º, integrada por cuatro (4) miembros, dos (2) representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, un (1) reprentante del Ministerio de Economia y Finanzas y un (1) representante del Instituto Antartico Peruano - INANPE. Estos representantes seran designados mediante Resolucion Ministerial del sector correspondiente. La Presidencia de la Comision la ejercera uno de los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Culminadas sus actividades, la Comision presentara a la entidad incorporante con MORDAZA a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado de las acciones desarrolladas durante el MORDAZA de transferencia. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Adecuacion de Reglamento de Organizacion y Funciones El Ministerio de Relaciones Exteriores debera adecuar su Reglamento de Organizacion y Funciones dentro del plazo previsto en el articulo 2º del presente Decreto Supremo. Segunda.- De los regimenes laborales Los trabajadores y funcionarios de la entidad absorbida que MORDAZA incorporados a la entidad absorbente, mantendran su regimen laboral actual. Tercera.- Normas complementarias Facultese al Ministerio de Relaciones Exteriores a dictar, de ser necesario y mediante Resolucion Ministerial, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA de 2007. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones Encargada del despacho de Relaciones Exteriores 51563-2

SALUD
Designan representante del Ministerio ante el Directorio del Proyecto Especial Plan Integral de Salud del Corrientes
RESOLUCION MINISTERIAL N° 322-2007/MINSA MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2007 Visto: el Expediente N° 06-090767-001, que contiene el Oficio N° 8205-2006/DG/DIGESA y el Memorandum N° 079-2007/DG/DIGESA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 366-2006PCM, del 14 de octubre de 2006, la Presidencia del Consejo de Ministros ratifico los acuerdos contenidos en el Acta de Acuerdo suscrita con fecha 13 de octubre del 2006, entre los Apus de las Comunidades Indigenas del Rio Corrientes, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de MORDAZA y la Empresa Pluspetrol Norte S.A.; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 381-2006PCM, del 24 de octubre de 2006, la Presidencia del Consejo de Ministros, modifico la Resolucion Ministerial N° 366-2006-PCM, ratificando los acuerdos contenidos en el Acta de Acuerdo suscrita con fecha 13 de octubre del 2006, entre los Apus de las Comunidades Indigenas del Rio Corrientes, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de MORDAZA y la Empresa Pluspetrol Norte S.A., asi como los acuerdos contenidos en el Acta de Acuerdo suscrita con fecha 22 de octubre del 2006, entre los Apus de las Comunidades Indigenas del Rio Corrientes, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud y la Empresa Pluspetrol Norte S.A.; Que, en el Acta de Acuerdo suscrita con fecha 22 de octubre de 2006, se acordo entre otros, el Plan Integral de Salud, el cual sera ejecutado por la Direccion Regional de Salud-DIRESA MORDAZA, a traves de un Proyecto Especial Plan Integral de Salud del Corrientes, adscrito al Ministerio de Salud-MINSA y a la Direccion Regional de SaludDIRESA de MORDAZA y cuyo directorio estara compuesto por cuatro (4) representantes de las Comunidades Indigenas

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