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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (21/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2007 343983 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban tarifario denominado “Lista de precios cuya prestación no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao” correspondiente a la Gerencia de Sanidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000022 Callao, 31 de marzo de 2007POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 31 de marzo de 2007; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, las municipalidades como órganos del gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, así como en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización cuyo artículo 9, numeral 9.3 se re fi ere a la dimensión de autonomía económica que faculta a los gobiernos locales a crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 9º inciso 9). dice que corresponde al Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley, el cual también concuerda con el inciso 29). del mismo artículo que señala que el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General establece en su artículo 34 ºque todas las entidades elaboran y aprueban su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) el cual contiene todos los procedimientos administrativos de iniciativa de parte requeridos por lo administrados y la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por la Municipalidad y aquellos que no son prestados en exclusividad pueden ser aprobados por Resolución de Alcaldía o por norma de mayor jerarquía normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 000004 del 11 de febrero de 2002, se autorizó al señor Alcalde para aprobar, mediante la norma correspondiente, la Lista de precios de los servicios cuya prestación no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao, Que, mediante el Memorando Nº 314-2007-MPC/ GGSSC de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales remite el tarifario correspondiente al Hospital Chalaco; Que, mediante Memorando Nº 320-2007-MPC/ GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, del 29 de marzo de 2007, remite el proyecto de norma solicitando el informe legal a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación al tarifario denominándolo “Lista de precios cuya prestación no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao” correspondiente a la Gerencia de Sanidad dependiente de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales; Que, mediante el Memorando Nº 314-A-2007-MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación se remite el informe Nº 373-A-2007-MPC-GGAJC-SGAA, ambos del 30 de marzo de 2007, donde indica que debe expedirse la norma legal que aprueba la lista de precios de servicios cuya prestación no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao en la Gerencia de Sanidad, dependiente de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales; Que, en la sesión de Concejo Municipal de la fecha, el señor Alcalde remarcó la importancia que estos precios se han establecido con criterio social para ser obligatorios principalmente en los Hospitales Chalacos, habiendo merecido el análisis, debate y aprobación del Pleno del Concejo; Estando lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL TARIFARIO DENOMINADO “LISTA DE PRECIOS CUYA PRESTACIÓN NO ES EXCLUSIVA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO” CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE SANIDAD DEPENDIENTE DE LA GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES Artículo 1º.- Apruébase el tarifario denominado “Lista de precios cuya prestación no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao” correspondiente a la Gerencia de Sanidad dependiente de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, que forma parte constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Sanidad, dependiente de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao LISTA DE PRECIOS DE LOS SERVICIOS CUYA PRESTACIÓN NO ES EXCLUSIVA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Nº DE ORDENDENOMINACIÓN REQUISITOSPRECIO EN RELACIÓN A LA UITPRECIO EN NUEVOS SOLES GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES GERENCIA DE SANIDAD 1. Orden de atención 2. Recibo de pago TARIFA MÉDICA POR ESPECIALIDAD 1 Medicina general 0.08696% 3 2 Consulta de especialidad 0.14493% 5 3 Toma de presión 0.01452% 0.54 Curaciones simples 0.14493% 5 5 Inyectables 0.02899% 1 6 Inyectable endovenoso 0.14493% 5 7 Aplicación de enema evacuante 0.28986% 10 8 Nebulizaciones 0.28986% 10 9 Vaporizaciones 0.14493% 5 10 Oxigenación (15 min por vez) 0.28986% 10 11 Absorcion de secreciones 0.28986% 10 GASTROENTEROLOGÍA 12 Endoscopía alta 2.31885% 80 13 Colonoscopía alta 8.69566% 300 14 Anoscopía 1.15943% 40 15 Proctoscopia 1.73914% 60 16 Sigmoidoscopía 3.47827% 120